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POLÍTICA
Senado de Chile rechazó acusación constitucional contra Piñera
MINING PRESS/ENERNEWS

Durante siete horas de debate, los parlamentarios justificaron su votación aseverando o desestimando los argumentos sobre si infringió la Constitución y las leyes, y si comprometió gravemente el honor de la nación

17/11/2021

Por no alcanzar los 29 votos requeridos para su aprobación,  la Sala del Senado rechazó la acusación constitucional interpuesta en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera.

El primer capítulo referido a que el Mandatario habría infringido la Constitución y las leyes, contó con 24 votos a favor, 18 en contra y 1 abstención, mientras que el segundo capítulo relativo a haber comprometido gravemente el honor de la nación, obtuvo 22 votos a favor, 20 en contra y 1 abstención.

La jornada comenzó temprano con la relación del secretario del Senado, la presentación de argumentos de parte de los diputados acusadores y de la defensa. Luego se realizó la réplica y dúplica de ambas partes (ver nota relacionada).

Pasada las tres de la tarde, cada uno de los senadores comenzó a fundamentar sus voto, sin embargo, los congresistas Carmen Gloria Aravena, Jorge Soria, Juan Pablo Letelier, Juan Castro, Kenneth Pugh, Ena Von Baer, Jacqueline Van Rysselberghe, Alejandro García Huidobro y Ricardo Lagos Weber solo registraron su votación sin argumentar.

Con la relación de la acusación constitucional en contra del presidente de la República, Sebastián Piñera, la Sala del Senado inició esta mañana el conocimiento del libelo acusatorio impulsado por la Cámara de Diputadas y Diputados.

Así el secretario del Senado, Raúl Guzmán relató los hechos desde que se presentó esta causa en la Cámara Baja hasta su llegada al Senado. Mencionó los argumentos jurídicos aludidos por los legisladores acusadores y la defensa, resumiendo los principales conceptos que deberían considerarse al momento de votar.

De acuerdo a lo mencionado por el citado funcionario, al presidente Piñera se le acusa por:

Capítulo 1. “Haber infringido abiertamente la Constitución y las leyes”: por la afectación del principio de probidad. Se plantea que el Primer Mandatario antepuso el interés personal por sobre el colectivo, interviniendo en la aprobación del proyecto Santa Dominga, en el que tenía participación (negociación incompatible).

Capítulo 2. “Haber comprometido gravemente el honor de la nación al incumplir normas internacionales y generar daño reputacional a la presidencia de la República”: se indican las consecuencias de no firmar el acuerdo de Escazú como la afectación a la democracia y los derechos humanos, y a la cooperación ante el cambio climático. A ello se suma la figura de conflicto de interés y actos de elusión tributaria al disponer recursos en paraísos fiscales. Así se faltaría a la Convención Interamericana Contra la Corrupción.

 

Acusadores

La primera diputada en exponer argumentos para sostener la acusación fue Gael Yeomans, quien sentenció que “esta acusación demuestra un notable conflicto de intereses, negociaciones incompatibles y un actuar sin ética”. A su juicio, “no solo la imagen del país se ha visto afectada, sino que ha afectado a nuestra democracia, provocando un daño inconmensurable a la institucionalidad y cómo ella es percibida por la ciudadanía”.

La legisladora relató una serie de actuaciones del presidente de la República y afirmó que “nos negamos a decirles a las futuras generaciones que está bien ser deshonesto, que está bien jugar al límite, porque el poder puede más que la decencia y la dignidad humana. Los senadores tienen la obligación de juzgar en conciencia (…). Si hoy la acusación se rechaza, seguiremos insistiendo, ocupando todos los mecanismos a nivel nacional e internacional”.

Luego, el diputado Leonardo Soto reconoció que “hablaremos todo el día sobre la corrupción pública, de conflictos de interés y también se hablará de impunidad” y llamó a tener “tolerancia cero con la corrupción, con abusos y privilegios, por eso creemos que es un día histórico, donde deberán elegir de qué lado están: del lado de los que aceptan la corrupción o del de los que actúan decididamente contra ella”.

Soto defendió y detalló los alcances del Capítulo 1 y lamentó que el presidente de la República haya actuado “atrapado por conflictos de intereses, indesmentibles, innegables y por cierto también ocultos por mucho tiempo en un paraíso fiscal (…). El conflicto de interés no es solo el personal, sino que también es cuando se beneficia a la familia, hijos, amigos”.

La pérdida de la credibilidad y de la honestidad desde el punto de vista del ejercicio de la función pública, fueron puestos en relevancia por el diputado Gabriel Silber, quien indicó que “los 'Pandora Papers' han marcado un antes y un después” y enfatizó que “en Chile no vamos a permitir estos actos. Lo que está en juego es nada menos que el honor de la Nación”.

“Somos nosotros, esta sociedad, los llamados a darle contenido al honor de una Nación, de un pueblo, pero son principalmente ustedes, a través de su voto y en su fundamento, los llamados a establecer los estándares para el honor de un Estado. (…) Tenemos a un presidente de la República imputado e investigado por corrupción. No podemos dejarlo pasar", sentenció.

 

Defensa

Respondiendo a los argumentos acusatorios, el abogado del presidente, Jorge Gálvez aseguró que existe "la intención de distorsionar los hechos". “El proyecto Dominga es un esfuerzo de un grupo de empresarios donde hay varios inversionistas pasivos, entre los cuales estaba la familia Piñera Morel. Ellos no eran los dueños, ellos no vendieron nada”, hizo ver.

El jurista continuó indicando que “al presidente no solo lo ampara la presunción de inocencia sino que goza de una inocencia jurídicamente establecida, se requieren pruebas de culpabilidad, no como se ha dicho acá. Una investigación del Ministerio Público indica que los hechos que se le imputan no son efectivos. Destituir al presidente de la República es ir en contra de la voluntad democrática que lo eligió en las urnas”.

En cuanto a la acusación en sí misma, Gálvez aseguró que “parte de ella se dedica a hacer una crítica a la trayectoria personal y política del presidente (…) Se nos plantea una falsa disyuntiva (o se hace un juicio político o uno jurídico). El juzgamiento de este tipo es mixto. Esto tiene como sanción 5 años de inhabilidad, así que no puede haber una sanción punitiva en base solo a juicios políticos”.

“Respecto a los capítulos acusatorios, se habla de los atentados a la probidad y el medio ambiente. Esto sería para favorecer al proyecto Dominga. Luego se hace referencia del incumpliendo de tratados internacionales. En una comisión investigadora de la Cámara Baja, la ministra de Medio Ambiente explicó por qué el presidente consideró inconveniente firmar el acuerdo de Escazú, esto no es algo personal”, insistió.

 

Réplica y dúplica

Durante la réplica, el diputado Soto aclaró que el propio director del SII indicó que no se puede asegurar que se hayan pagado impuestos y sobre la alusión a un juicio político, el legislador aludió a la carpeta investigativa desde la Fiscalía por “hechos que podrían ser constitutivos de crímenes”.

En esta misma línea el diputado Silber agregó que el presidente tiene la condición de imputado por cohecho, corrupción o soborno. “Por más que una mentira se repita hasta el cansancio, no se transforma en verdad (…) Lo más importante es dar una señal política”.

Por último, la diputada Yeomans refutó las afirmaciones de la defensa sobre la calidad de socios minoritarios de la familia Piñera Morel y argumentó sobre una acusación jurídico político y la prescripción de los hechos.

Luego el abogado Gálvez respondió indicando que “no se puede imponer un castigo sin pruebas y acá no he escuchado ninguna. No se ha demostrado que no se ha pagado impuestos, el Servicio de Impuestos Internos ha dicho que no hay elusión ni evasión, existe una ignorancia y error manifiesto en materia impositiva en este libelo”.

Asimismo el jurista relató cómo se dio la aprobación técnica del proyecto Dominga en el marco del funcionamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad fundamentando que "no existió por parte del presidente la omisión de la zona de protección ambiental en un área marina costera como se ha planteado".

Agregó que "en cuanto a la no firma del tratado de Escazú, no existe omisión en esto, porque el presidente no tiene la obligación de firmar estas materias. No hay violación de obligaciones internacionales porque para que estos instrumentos sean efectivos, debe cerrarse un proceso en el que participa el Congreso", concluyó.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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