La variedad de especulaciones lanzadas en torno a la implementación del denominado “dólar petróleo” tienen asidero en el decreto nacional 1.277, que admite la interpretación de la potestad de Nación para fijar un tipo de cambio diferencial para la industria. La OFEPHI sostiene que tal determinación no puede tomarse de modo inconsulto a las provincias, propietarias del recurso.