El Ejecutivo nacional extendió el régimen de excepción para los segmentos de generación, transporte y distribución eléctrica.
La medida cubre las actividades de generación, transporte y distribución de electricidad bajo jurisdicción federal, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027 para equipararla de forma estricta con el esquema temporal fijado para el sector del gas natural.
De acuerdo con los considerados de la norma, la decisión administrativa responde a que persisten los riesgos técnicos, operativos y financieros que impiden dar por superadas las causas de la emergencia. Los informes de las áreas técnicas explicitan que el Sistema Argentino de Interconexión (SADI) opera bajo condiciones de vulnerabilidad estructural, registrando un margen de reserva operativa reducido de apenas el 4,4% frente al pico de demanda de potencia máxima de 30.257 megavatios (MW) computado en febrero de 2025. Asimismo, el parque generador térmico presenta un elevado nivel de envejecimiento y las principales estaciones transformadoras de la red nacional anotan niveles de utilización superiores al 90%, mientras que en el sector de distribución más del 60% de las fallas se localizan en alimentadores con más de 25 años de antigüedad. Frente a este panorama, las ampliaciones de transporte concretadas durante el año 2025 alcanzaron únicamente 154 kilómetros de líneas y 1.580 megavolt-amperios (MVA) de capacidad de transformación, cifras consideradas insuficientes ante las necesidades estructurales de la red.
La sustentabilidad operativa del sistema eléctrico se encuentra vinculada de forma directa con la reconfiguración del sistema de transporte de gas natural normada por la Resolución 66/2026, dado que este fluido constituye el insumo crítico para las centrales térmicas, con un consumo promedio que alcanzó los 42,3 millones de metros cúbicos por día (Mm3/día). El DNU 585/2026 pondera los efectos de la rescisión del Contrato de Transporte Firme sobre el Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno suscripto entre ENARSA y CAMMESA el pasado 27 de abril de 2026, lo que obliga a adecuar la programación del despacho económico a las nuevas capacidades de transporte vigentes en el país.
Las empresas generadoras señalan que la estabilidad regulatoria durante esta transición se mantendrá sujeta a la ejecución efectiva de los planes de contingencia y obras de expansión de infraestructura de alta tensión. El Gobierno nacional mantiene activas las herramientas transitorias de la Resolución 294/2024 y los Acuerdos de Almacenamiento por el Servicio de potencia adjudicados a través de la Resolución 155/2026 (Convocatoria AlmaSADI) para mitigar las restricciones en nodos críticos, en tanto se completan los procesos de estructuración y financiamiento de las obras prioritarias de las líneas de 500 kV Río Diamante - Charlone - O´Higgins, Puerto Madryn - Choele Choel - Bahía Blanca y el sistema AMBA I declaradas bajo el esquema de la Ley 17.520. La Subsecretaría de Energía Eléctrica preservará sus facultades como comitente de los contratos vigentes tras la disolución del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (FFTEF) dispuesta por el Decreto 234/2025.