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La iniciativa que busca entregar un apoyo a los hogares vulnerables, además de un apoyo a pymes, servicios sanitarios rurales y electrodependientes, ahora continuará su segundo trámite legislativo

14/01/2025

Otorgar un apoyo adicional a las familias de menores ingresos, a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), así como a los operadores de servicios sanitarios rurales, para enfrentar las alzas de las cuentas de suministro eléctrico durante los próximos semestres. Esa es la finalidad del proyecto (boletín 17064) aprobado por la Sala de la Cámara y enviado a segundo trámite.

La medida es una respuesta del Ejecutivo para palear la citada alza derivada de la aplicación de nuevas normas vigentes para el sistema eléctrico a través de la Ley 21.667 (estabilización tarifaria).

Para sus fines, la iniciativa triplica el número de hogares beneficiados por el subsidio eléctrico. Así, se alcanzaría la totalidad del 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares. Junto a esto, se aumenta el monto para aquellos hogares vulnerables pertenecientes a sistemas medianos.

El texto también establece un subsidio adicional para hogares en que habiten personas electrodependientes. Asimismo, extiende a 2027 el subsidio eléctrico que expiraba en 2026. Adicionalmente, disminuye las tarifas a un determinado grupo de clientes.


CARGOS A LAS ELÉCTRICAS
El proyecto obliga al Ministerio de Hacienda a hacer aportes anuales al Fondo de Estabilización de Tarifas (FET). Para 2025 y 2026, el monto será de $115 mil millones. Para 2027, será de $95 mil millones. Los dineros podrán incrementarse en estos años en $70 mil millones cada año, en tanto opere una sobretasa por emisiones de CO2. Estos dineros tendrán como única finalidad el financiamiento del subsidio transitorio.

En línea con lo anterior, se establece una sobretasa al impuesto a las emisiones de CO2 a las fuentes emisoras que correspondan a empresas eléctricas. Se aplicará en 2025 y 2026 y será equivalente a US$5 por cada tonelada emitida.

Se excluyen de este gravamen aquellas compañías que operen sobre la base de biomasa. De igual modo, las que operen exclusivamente en un sistema eléctrico cuya capacidad instalada de generación sea inferior a 200MW.

Junto a lo anterior, se definía para los años 2025, 2026 y 2027 un “cargo FET” que fue eliminado en las votaciones. Este iba a aplicarse a todos los retiros que realizaran las empresas generadoras desde los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 MW a efectos de comercializarla con distribuidoras o clientes finales, estuvieran o no sujetos a regulación de precios.

El Cargo FET tenía por objeto financiar el subsidio eléctrico, el que iba a recaudarse mensualmente por el Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional y traspasado para estos efectos al FET.


MÁS FISCALIZACIÓN AL SISTEMA ELÉCTRICO
La propuesta obliga a las empresas distribuidoras a implementar, en forma eficaz y oportuna, las mejores soluciones técnicas disponibles para mitigar los efectos de interrupciones de suministro eléctrico generados por fallas masivas, causadas por eventos de la naturaleza, climáticos o cualquier otro que determine la normativa vigente.

El texto, en adición, faculta a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a requerir e instruir a las personas y entidades fiscalizadas las adecuaciones que aseguren la mitigación de riesgos e integridad de redes de distribución, transmisión y transporte.

Asimismo, la presentación de planes de acción destinados a regularizar el desempeño insuficiente de las instalaciones de generación, producción, almacenamiento, transporte, transmisión o distribución de recursos energéticos.

En general, se incluyen variados perfeccionamientos a las medidas de fiscalización y supervigilancia de la SEC. La idea es mejorar la calidad del servicio de los clientes finales.


EJECUTIVO Y VOTACIONES
En representación del Ejecutivo intervino el ministro de Energía, Diego Pardow. Remarcó que la propuesta se presentó ante la Sala tras seis meses de trabajo prelegislativo y dos meses de labor en comisiones de la Cámara.

Recalcó que la iniciativa permitirá cuadruplicar la ayuda a las personas electrodependientes. Junto a ello, se permitirá reducir las cuentas de las pymes y APR entre un 20 a 35%. Además, observó que el proyecto incluyó medidas que fueron solicitadas por el centro político y la derecha, como la entrega de paneles solares y beneficios para las mipymes.

Por otra parte, dijo que los cargos impositivos no implicarán cambios significativos en la industria. Asimismo, expresó la voluntad del Ejecutivo para llegar a nuevos acuerdos en torno a este proyecto.

Al momento de votarse, el texto se aprobó en general por 97 votos a favor, 25 en contra y 4 abstenciones. Luego, hubo nueve votaciones relacionadas con el articulado. De ellas, el grueso del texto mantuvo su redacción. Las excepciones estuvieron dadas en los siguientes aspectos:

+ Incluir el año 2024, de manera retroactiva, para la aplicación de la sobretasa transitoria por emisiones de CO2.

+ Agregar una norma que obliga a dar atención al cliente proporcionada por una persona y no una máquina, frente a determinadas situaciones.

+ Adicionar una disposición que garantiza la cobertura automática del subsidio a las personas electro dependientes que se encuentren inscritas en el registro de la respectiva empresa concesionaria.

+ Restitución de dos artículos transitorios que se habían eliminado en la Comisión de Minería y Energía. Entre sus alcances, se define un precio preferente para pymes que deberán considerar las concesionarias.

+ Se eliminó el “cargo FET”, explicado más arriba.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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