En el recurso de protección se busca que el decreto -que declara a la empresa como empresa estratégica- sea declarado sin efecto por, entre otras, "falta de fundamento"
CONSTANZA CARRILLO
La Empresa Nacional de Minería (ENAMI) presentó un recurso de protección contra el gobierno, específicamente contra el Ministerio del Interior, tras ser declarada como empresa estratégica bajo el Decreto Ley 3.607.
En concreto, se trata de la Planta Matta, Planta Salado y Planta Vallenar de ENAMI. Esto quedó establecido en el decreto “secreto” del pasado mes de noviembre de 2023.
De esta manera, las mineras tendrían que contar con su propio servicio de guardias privadas. De esta manera, esto podría ser el inicio de un debate de la autotutela en cuanto a materia de seguridad.
Así, se establecía que -una vez notificada- la minera tendría que presentar, en un plazo de 60 días, un estudio vinculado precisamente a la seguridad “acerca de la forma en que se estructurará y funcionará su organismo de seguridad interno y su oficina de seguridad”.
De esta manera, se facultaba a las empresas a contar con armas de fuego y defenderse con estas mismas al interior de sus instalaciones, algo similar a lo que sucede con otras instituciones calificadas como empresa estratégica.
LA ACCIÓN JUDICIAL DE ENAMI CONTRA EL MINISTERIO DEL INTERIOR
Una vez notificada, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la ENAMI presentó una acción judicial para dejar sin efecto el Decreto Exento N° 3310 emitido por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Lo anterior, según argumentan, porque el documento -firmado también por Carabineros- presenta “diversas vulnerabilidades que aquejan a las plantas de la entidad, producto de su ubicación geográfica”.
“Su fácil acceso, la ausencia de cierres perimetrales, medidas mínimas de seguridad, almacenamiento de material procesado y el alto flujo de personas, instalaciones y empresas contratistas”, agrega el documento.
Por lo que se pide que “el decreto reclamado debe ser dejado sin efecto por falta de cumplimiento de requisitos formales esenciales”, pues “en subsidio, el decreto reclamado debe ser dejado sin efecto por falta de fundamento”.