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POLÍTICA Y MINERÍA
Brasil abre la exploración de uranio
CÁMARA.LEG.BR/MINING PRESS

Diputados incluyeron otros puntos en el texto, como la reformulación del Fondo Nacional Minero Fonte

05/12/2022

EDUARDO PIOVESAN

La Cámara de Diputados aprobó la Medida Provisional 1133/22, que permite que el sector privado opere en la investigación y explotación de minerales nucleares, pero mantiene el monopolio de la actividad en Indústrias Nucleares do Brasil SA (INB), conforme a lo previsto en la Constitución. El MP será enviado al Senado.

La medida fue aprobada en forma de del relator, diputado Vicentinho Junior (PP-TO), quien agregó varios otros temas al texto, como la reformulación del funcionamiento del Fondo Nacional de Minería (FUNAM).

También incluyó la paridad salarial para los empleados de las agencias reguladoras; regulaciones mineras; y aplicación de recursos hidroeléctricos en investigación y desarrollo.

Si bien el gobierno defiende que las alianzas sólo se darán en la investigación y explotación de estos minerales, el texto que se refiere a contratos con personas jurídicas abre la posibilidad de realizar otras actividades, como tratamiento de minerales nucleares, desarrollo de tecnologías para la uso de minerales nucleares, enriquecimiento, producción y comercio de materiales nucleares.

 

REMUNERACIÓN
Según el texto aprobado, las empresas privadas podrán ser remuneradas en dinero por la sociedad con el INB, a través de un porcentaje del monto recaudado en la comercialización del producto minero, por cesión del derecho de comercialización del mineral asociado o del derecho de compra la extracción del producto con exportación previamente autorizada.

El mineral asociado es el que se mezcla en las rocas extraídas de la mina y en el que también se encuentra el uranio, un elemento naturalmente radiactivo. Generalmente, el uranio se descubre cuando se investiga el potencial de otros minerales (hierro, cobre, estaño, etc.) para los cuales se ha otorgado licencia en un determinado yacimiento por parte de la Agencia Nacional de Minería (ANM).

 

VALOR ECONÓMICO
Luego de la comunicación al INB por parte del minero sobre la presencia de elementos químicos nucleares en la sustancia investigada o extraída en el yacimiento, la empresa estatal deberá realizar estudios sobre la viabilidad técnica y económica de la exploración.

Si el valor económico de los minerales nucleares es superior al de otros minerales, la exploración del yacimiento sólo se realizará mediante una asociación entre INB y el propietario del yacimiento o con la transferencia de los derechos mineros a INB.

Actualmente, la ley no permite esta asociación entre la empresa pública y el minero. En caso de cesión del derecho minero, se deberá indemnizar al minero, el cual deberá considerar el estudio de factibilidad técnica y económica para la definición de la prima por descubrimiento y el reintegro de los gastos efectivamente incurridos y aún no amortizados, actualizados monetariamente.

Si el valor económico de la cantidad del elemento nuclear es inferior al valor del mineral que se extrae, se mantendrá la autorización de investigación o la concesión minera.

En esta situación, si existe factibilidad técnica y económica, las partes definirán la forma de entrega al INB del elemento nuclear contenido en el mineral extraído, con compensación por gastos adicionales. Pero si esto no es factible, el propietario de la mina deberá disponer de los relaves obtenidos durante la separación de los elementos en un destino final ambientalmente adecuado, conforme a lo previsto en la legislación.


INVESTIGACIÓN Y MINERÍA
La MP 1133/22 pasa de la Agencia Nacional de Seguridad Nuclear (ANSN) a la ANM la atribución de regular, normalizar, autorizar, controlar y supervisar las actividades de investigación y extracción de minerales nucleares en el país.

La ANSN, sin embargo, continuará regulando las materias de seguridad nuclear y protección radiológica, ya sea en la minería o en la producción, uso, procesamiento, almacenamiento, transporte y comercio de minerales, minerales y materiales nucleares.

La exportación de minerales nucleares, sus concentrados y derivados, y materiales nucleares debe ser autorizada por el Ministerio de Minas y Energía.

 

CONTROL
La medida provisional también autoriza a la Empresa Brasileira de Participações em Energia Nuclear e Binacional SA (ENBpar) a asumir el control de INB mediante la transferencia de acciones de la Unión en INB al capital social de ENBPar.

Creada el año pasado, ENBpar es la empresa estatal que asumió las participaciones de Eletrobras, recientemente privatizada, en Eletronuclear e Itaipú.


FUNAM
El aprobado actualiza las reglas de funcionamiento del Fondo Nacional de Minería (FUNAM), especificando que está destinado a financiar las actividades principales de la agencia, estudios y proyectos de investigación relacionados con el desarrollo tecnológico y la innovación en el sector minero, seguridad de presas, cierre de minas, minería sostenible, minería nuclear y seguridad nuclear.

El texto también actualiza los ingresos del fondo, que incluirán los provenientes de los servicios de fiscalización y fiscalización de la ANM; la tasa anual por hectárea prevista en el Código de Minería; fondos provenientes de convenios y convenios celebrados con entidades, organismos o empresas, públicas o privadas, nacionales o internacionales; créditos de la Unión; y el producto de la subasta de bienes y equipos encontrados o incautados como resultado de la actividad minera ilegal.

El dinero del fondo podrá ser gastado en transporte, alojamiento y alimentación de servidores en misión o en operación oficial y en cuotas de indemnización; con el costo de los planes de salud para los empleados; en la construcción, renovación o ampliación de los edificios de la ANM; y en la elaboración y ejecución de estudios y proyectos relacionados con la seguridad de presas, cierre de minas y desarrollo minero sustentable, entre otros fines.

Los gastos en alojamiento y alimentación y en la salud de los servidores se limitarán al 30% de los ingresos totales de la Funam.

Los gastos con estudios de represas, cierre de minas, desarrollo tecnológico del sector mineral y minero e investigación de minerales nucleares deben representar al menos el 30% del fondo.

 

ESTRUCTURA Y REMUNERACIÓN
Vicentinho Junior también incluyó en la medida provisional la ampliación de la estructura de la ANM, creando 349 puestos comisionados en la agencia. La Ley General de Organismos Reguladores (Ley 13.848/19) ahora determinará que los planes de carrera y la remuneración de los cargos efectivos en estos organismos deben ser tratados por igual de acuerdo con la equivalencia de funciones, naturaleza y niveles de los cargos.

El movimiento de funcionarios entre agencias también está permitido por el MP en interés de la administración pública, con uniformidad de remuneración entre todas las agencias.

 

APORTE MINERO
El relator propuso cambios en la distribución de recursos de la Compensación Financiera por Explotación de Recursos Minerales (CFEM) a fin de permitir la asignación de recursos a municipios aledaños a aquellos donde se desarrolla la producción, en ausencia de situaciones de municipios afectados por esta producción por situaciones tales como infraestructura de transporte ferroviario, operaciones portuarias o la ubicación de pilas de relaves, según lo previsto en la Ley 8001/90.

 

INVESTIGACIÓN ENERGÉTICA
Para las distribuidoras de electricidad, el texto amplía del 31 de diciembre de 2022 al 31 de diciembre de 2025 el plazo final para aplicar tasas más bajas de sus ingresos de explotación en investigación y desarrollo en el sector eléctrico. Actualmente, a partir de 2023, el porcentaje aumentará del 0,5% al ​​1%.

Estos recursos también deberán ser aplicados en programas de eficiencia energética en el suministro y uso final de la energía.

La misma prórroga se otorga a los concesionarios y permisionarios cuya energía vendida sea inferior a 1000 GWh/año, pasando la fecha final de enero de 2023 a enero de 2026. En este caso, el porcentaje aumentará del 0,25% al ​​0,5%.

 

ENERGÍA ELÉCTRICA RURAL
En el ámbito de las metas de acceso universal a la energía eléctrica, el texto de Vicentinho Junior establece que, para atender las solicitudes de nueva conexión a una unidad de consumo rural en municipios que ya se consideran universalizados, la distribuidora podrá realizar asistencia temporal a la unidad de consumo en caso de asentamiento u ocupación irregular con predominio de población de bajos ingresos, si se obtiene el consentimiento expreso de la autoridad pública competente.

 

RENUNCIA PARCIAL
El texto del relator introduce modificaciones al Código de Minería en algunos aspectos de la autorización de investigación minera.

+ permite la renuncia parcial a la autorización;

+ aumenta el período máximo de vigencia de la autorización de tres a cuatro años;

+ admite más de una extensión;

+ permite, excepcionalmente, la renuncia de un informe con estudios geológicos y tecnológicos del yacimiento en la renuncia;

+ en lugar de prueba de disponibilidad de recursos para el aprovechamiento económico de la mina, se admitirá declaración de disponibilidad o compromiso de buscar financiamiento;

+ los títulos y derechos mineros pueden ser gravados y ofrecidos en garantía al registrarse ante la ANM.


PUNTOS RECHAZADOS

El Pleno rechazó la enmienda del diputado Reginaldo Lopes (PT-MG) que pretendía vincular la regulación de la aplicación de recursos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en el sector minero por parte de la Agencia Nacional de Minería (ANM) a la participación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovaciones.

Los diputados también rechazaron el énfasis del Psol que pretendía evitar la derogación del dispositivo de la Ley 4.118/62 para mantener bajo el dominio de la Unión, como bienes imprescriptibles e inalienables, minas y depósitos de sustancias de interés para la producción de atómica energía como reservas nacionales.


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