Francisco Lloreda, líder gremial, indicó que es necesario garantizar la disponibilidad de recursos para lograr una transición energética
Francisco Lloreda, presidente ejecutivo de la Asociación Colombiana del Petróleo y Gas, pidió al gobierno de Petro sostener la exploración y producción de hidrocarburos. En línea con el reclamo el Consejo de Estado negó la demanda que buscaba tumbar las reglas que emitió el Gobierno a través del Ministerio de Minas y Energía que le dieron vida al fracking con la reglamentación para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales a través de la técnica.
Para la asociación, no solo se busca sostener la producción actual y mantener planes exploratorios en procura de nuevos yacimientos. Se trata, ante todo, de contribuir al equilibrio fiscal del país, continuar con los aportes a las regiones productoras y adaptar a la Nación en el camino de la transición hacia energías más limpias.
El directivo agregó que, si se modifican radicalmente estas acciones, Colombia vería desplomarse en un corto plazo la producción de petróleo y gas, lo que implicaría su importación y dependencia de mercados externos y, posiblemente, mayores costos para la ciudadanía.
Francisco Lloreda manifestó que “teniendo petróleo y gas lo que uno considera es que se desarrolle esos recursos de manera responsable y que no se pierda la autosuficiencia, el país es exportador de petróleo, recibe US$ 13.000 millones, recursos que le ayudan a la nación y regalías a las zonas productoras, debemos hacer un transición energética que sea realista y responsable”, según informó el Sistema Integrado de Información.
"El presidente electo ha señalado que debe darse un transición gradual y estamos de acuerdo, pero hay que precisar que se entiende por gradualidad, una gradualidad forzada y costosa o una gradualidad relista y responsable, esa transición no debe ir sola, son tres tracciones, energética, macro económica y fiscal y la transición productiva y financiación de las regiones que dependen de esta industria”, puntualizó Lloreda.
La industria en el Huila y Tolima representa el 5% de la producción diaria nacional, en estos departamentos se cuenta con unas reservas probadas de 63 millones de barriles que equivalen al 5% de las reservas probadas del país, el promedio de producción entre 2013 y 2022 es de 42.000 BDPD promedio, a pesar que la producción ha venido bajando, esta genera importantes recursos para la región.
En esta zona se cuentan con más de 30 bloques con contratos en exploración y producción de hidrocarburos, Neiva, Aipe (Huila) y Melgar (Tolima) son los principales productores en la región con casi 20 BDPD.
En cuanto a regalías: Para el bienio actual, hay asignaciones indicativas por más de 500.000 millones de pesos. De los cuales más de la mitad corresponden a Neiva, Aipe y Melgar.
Asimismo, para el bienio 2021-2022 se tiene presupuestado que en asignaciones directas del SGR (incluyendo las anticipadas), el departamento del Huila recibirá 324.000 millones y para el Tolima por 185.000 millones.
FRACKING, SIGUE
La demanda decía que esas normas representaban un perjuicio y afectación para los recursos naturales y la salud humana, animal y vegetal, sin embargo la Sección Tercera indicó que las normas eran “un reglamento técnico”, por lo cual su función como juez no es decir qué debe hacer la administración sino verificar que las normas estén ajustadas a derecho.
En ese sentido, el Consejo de Estado estableció que esas normas no exceden lo que está permitido en la ley y la constitución frente a la obtención de hidrocarburos.
“La función como juez de legalidad se circunscribe a determinar, con fundamento en las razones jurídicas de la demanda, si este vulnera las normas de mayor jerarquía indicadas por el actor (…) es un llamado a la acción regulatoria, de manera que no se concreta en una proscripción a las autoridades para establecer los requisitos técnicos que deben cumplir quienes adelanten determinadas actividades comerciales y que tienen una incidencia ambiental jurídicamente relevante”, dijo la decisión.
El Consejo de Estado también dijo que la demanda “no demostró que las normas acusadas no satisfacían las exigencias jurídicas del principio de precaución. No probó que fueran contrarias, ajenas o irrazonables de cara al conocimiento científico o de la disciplina correspondiente”.
Así mismo el Consejo de Estado concluyó que “tampoco probó que sus reglas sean arbitrarias, inadecuadas o irrazonables para mitigar los riesgos de la actividad regulada”.
Este proceso cumplió más de cinco años en estudio. Llegó al Consejo de Estado en el 2016 con la demanda que pide tumbar el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014.
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Los demandantes aseguraban que la técnica trae consigo monumentales e irremediables daños ambientales al perforar los suelos y extraer los minerales de la tierra, sin dejar de lado los perjuicios para la salud de las personas y los animales.