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DESIGNACIONES
Nadav Rajzman, Director Nacional de Promoción y Economía Minera
MINING PERSS/ENERNEWS
25/01/2022

A través de la decisión administrativa 44/2022 (ver completa abajo) el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, designó al economista Nadav Rajzman como Director Nacional de Promoción y Economía Minera

Egresado de la Universidad de Buenos Aires, con un magister en Economía de la Universidad Nacional de General Sarmiento y un posgrado en Big Data de la Universidad de San Andrés, Rajzman se desempeñó como consultor y economista en instituciones privadas y desde 2020 se desempeñó como especialista minero en el Centro de Estudios para la Producción (CEP XXI)

 


Cómo enfrentará Argentina el desafío del cobre

NADAV RAJZMAN */EL ECONOMISTA

Economista Nadav Rajzman: Cómo enfrentará Argentina el desafío del cobre -  Mining Press

 

La última semana, el precio del cobre registró los U$S 10.724 por tonelada y alcanzó así un nuevo récord histórico. La suba actual está motivada por una combinación de factores que incluyen la reactivación de la actividad global por un lado y restricciones de la oferta, por el otro. No obstante, incluye también las expectativas sobre el papel del cobre en la revolución tecnológica y productiva que tendrá lugar en la década que comienza.

China, que consume más de la mitad del cobre del mundo, ya importó, durante los primeros cuatro meses de 2021, 10% más que durante el mismo período 2020, lo cual habla de la recuperación de la demanda.

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En cuanto a la oferta, esta se concentra en Chile y Perú -ambos países latinoamericanos suman el 40% de la oferta de cobre de mina-, donde particularmente el último de estos experimentó retrocesos importantes en su producción el año pasado y aún no ha logrado recuperar sus niveles previos.

La producción chilena tampoco se encuentra en plena forma y durante el primer trimestre del año retrocedió 2%. Las huelgas recientes anunciadas en los yacimientos pertenecientes a la empresa australiana BHP añadieron presión a los precios.

 

Hacia el futuro, las expectativas han empezado a jugar un papel cada vez más relevante. Esto se debe a que el cobre se encuentra presente en la mayoría de las iniciativas para reducir emisiones de carbono.

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Los vehículos eléctricos representan una proporción menor del parque automotor actual, aunque la International Energy Agency (IEA) proyecta que en diez años promedien una tercera parte de las ventas. Esto incrementará significativamente la demanda de cobre, ya que los vehículos de nueva generación cuadruplican su uso.

Lo mismo sucede con las iniciativas que permiten avanzar hacia una matriz energética más limpia, ya que tanto los parques solares como eólicos demandan entre tres y cinco veces más cobre por watt generado que las tradicionales.

Por otro lado, gracias a los desarrollos en torno a las baterías de litio -otro mineral que se encuentra en el centro de esta transición-, la energía renovable podrá ser almacenada en dispositivos especiales, pudiendo ser utilizada en momentos que no sople el viento con la intensidad necesaria o bien sea de noche.

En las celdas necesarias para baterías de almacenamiento, el cobre es también indispensable como conductor eléctrico.

A la suba de los precios de referencia, se sumó la revisión de las proyecciones de precios futuros. Una nueva publicación del Banco Mundial de abril estima alzas de entre 24% y 37% para la próxima década. A comienzos de año, el subsecretario de Minería chileno, Edgar Blanco, elevó la proyección promedio 2021 del precio del cobre en 14%. Para el país vecino estas son, sin dudas, buenas noticias, ya que la minería constituye uno de los principales ingresos a las arcas públicas.

Rodrigo Cerda, ministro de Hacienda de Chile, anunció que “solo por el mayor precio del cobre, estamos proyectando ingresos adicionales por cerca de US$ 4.000 millones para el fisco, respecto a lo proyectado en el informe anterior”. No solo eso, las proyecciones alcistas del precio del cobre han despertado el debate en torno a modificaciones en el royalty que se le cobra a la minería, en búsquedas de una mayor apropiación pública de los aumentos.

En definitiva, durante los próximos años la necesidad de nueva producción en mina será creciente: para 2030 podría superar los 3 millones de toneladas y para 2035 rondaría los 8 millones de toneladas.

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Sin embargo, Argentina no cuenta con ningún proyecto minero de cobre desde que Minera Bajo La Alumbrera cesó sus operaciones en 2018. De igual manera, la ubicación relativamente baja del país en la distribución de reservas mundiales de cobre no se debe a falta de potencial, sino al bajo nivel de exploración de su territorio, tal y como lo demuestra los importantes resultados anunciados recientemente en Filo del Sol (su última campaña de perforación fue la mejor de su historia reciente).

Compartimos la cordillera de Los Andes con Chile, principal país minero de la región y existen evidencias de similitudes geológicas que nos pueden acercar bastante a ese nivel de riquezas minerales.

A pesar de que una parte considerable de este potencial se encuentra aún por descubrir, el país cuenta ya con una importante cartera de al menos diez proyectos avanzados, que suman necesidades de inversión por cerca de US$ 20.000 millones.

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Desde su asunción, el Gobierno ha prestado especial atención al desarrollo de proyectos de cobre y no por nada: únicamente Josemaría -el proyecto de cobre más avanzado, ubicado en San Juan-, prevé exportar US$ 19.800 millones durante sus 19 años de vida proyectados, es decir, unos US$ 1.150 millones por año, un valor más que significativo para un Gobierno que necesita generar divisas para afrontar vencimientos de deuda externa y sostener el equilibrio de la siempre problemática balanza comercial argentina.

Además, estos proyectos de grandes dimensiones, implican desembolsos de inversión extranjera directa que no muchos emprendimientos pueden presumir. La puesta en marcha de Josemaría demandaría US$ 3.091 millones, que no solo se destinarán a la construcción de la operación, sino al desarrollo de infraestructura complementaria.

Es así que el proyecto requiere la construcción de 244 kilómetros de carreteras para transportar el mineral hasta la ciudad de San Juan, tendidos eléctricos de alta tensión y otras mejoras que benefician la constitución de polos de actividad, alejados de los principales centros urbanos (Josemaría se ubica a 460 kilómetros de la capital provincial).

Otro aspecto relevante para las provincias es el empleo. La construcción de Josemaría va a requerir 3.000 personas en promedio y durante su operación se van se crearán 650 empleos directos (cabe recordar, las remuneraciones en minería son de las más elevadas del país), además de 1.000 adicionales, vinculados de manera indirecta como proveedores. El proyecto estima que, para operar, va a gasta US$ 364 millones promedio cada año.

Cerca de la mitad corresponden a energía y combustibles, pero también se requiere una estructura importante logística aparejada al transporte de minerales (irán en camiones hasta la capital provincial de San Juan y en tren hasta el puerto de Rosario), servicios de ingeniería, repuestos de bienes complejos, servicios de mantenimiento y muchas otras oportunidades vinculadas.

La gran cantidad de proyectos de cobre en etapas de desarrollo avanzado a lo largo del mundo (existen alrededor de 50 proyectos en instancias similares a las de Josemaría) señala que la concreción de los prospectos locales requerirá de esfuerzos en pos de compatibilizar factores que afectan la competitividad internacional con objetivos de desarrollo local, sustentabilidad, cuidado del medio ambiente, desarrollo de proveedores, y generación de nuevos conocimientos y capacidades.

Para ello, Argentina requerirá superar importantes escollos, entre los que se pueden nombrar no solo la inestabilidad de su entorno macroeconómico, sino alcanzar un marco regulatorio que se sostenga en el tiempo o mejorar su articulación federal, entre algunos de los más relevantes.

Finalmente, la minería deberá despejar de una vez por todas las dudas que concita en la opinión pública. Para ello, tendrá que concientizar respecto a las numerosas oportunidades de desarrollo que brinda a regiones muchas veces postergadas, así también sobre los elevados estándares de protección ambiental y tecnificación que se utilizan en la minería moderna.

Lo último no recae únicamente sobre las empresas: el Estado y las provincias deben acompañar, demostrando eficiencia y severidad en sus controles y promoviendo la mejora continua.

*Economista

 


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

Decisión Administrativa 44/2022

DECAD-2022-44-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Promoción y Economía Minera.

 

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-103951008-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del 10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 882 del 23 de diciembre de 2021 y la Decisión Administrativa N° 1080 del 19 de junio de 2020 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la citada Jurisdicción.

Que por la Decisión Administrativa N° 1080/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado Ministerio.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a Nacional de Promoción y Economía Minera de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1° de noviembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al licenciado en Economía Nadab RAJZMAN (D.N.I. N° 30.639.749) en el cargo de Director Nacional de Promoción y Economía Minera de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir el licenciado en Economía RAJZMAN los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de noviembre de 2021.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Matías Sebastián Kulfas

e. 25/01/2022 N° 2603/22 v. 25/01/2022

 

Fecha de publicación 25/01/2022


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