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MINERÍA
SONAMI en la Convención Constituyente: Minería tiene "rol clave" en el bienestar de Chile
MINING PRESS

Diego Hernández, presidente de SONAMI, abordó la baja contribución que recibe la segunda región por parte del Fisco e insistió en que los impuestos que aplican a la utilidad o al margen operacional evitan afectar la inversión

29/12/2021
Documentos especiales Mining Press y Enernews
CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL: DIEGO HERNÁNDEZ (SONAMI)

El presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Diego Hernández, expuso ante la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico de la Convención Constitucional, ocasión en que destacó “la relación virtuosa entre gran, mediana y pequeña minería, capital estatal y privado, sin conflictos de interés y con cada sector aportando de acuerdo a sus características y fortalezas”.

En la oportunidad, enfatizó que la minería es el principal sustento económico en importantes regiones del norte del país. Pero también, que "debería tener un rol clave para seguir incrementando los niveles de bienestar de la sociedad chilena y jugar un importante papel en el período post pandemia".

 La Sociedad Nacional de Minería - SONAMI - representa a todas las empresas mineras pequeñas, medianas y grandes, metálicas y no metálicas, y fue fundada el 26 de septiembre de 1883, por Decreto firmado por el Presidente de la República Domingo Santa María. 

LA MINERÍA Y CHILE, CHILE Y LA MINERÍA

Según las declaraciones de Hernández, el sector que representa ha jugado un rol clave en el crecimiento económico y social de Chile, particularmente en los últimos años , lo que ha demostrado de manera especial durante la pandemia al mantener su continuidad operacional . Como resultado de este esfuerzo conjunto, dijo, "no se interrumpió la cadena de pagos y ni bajó la producción a través de la implementación de protocolos sanitarios estrictos y de medidas preventivas para disminuir los riesgos".

En este gran desafío el sector tuvo la colaboración de todos los trabajadores, quienes mostraron ser una fuerza laboral madura y comprometida con el devenir de nuestra industria y sus empresas. Como resultado de este esfuerzo conjunto, no se interrumpió la cadena de pagos y ni bajó la producción. Ello demuestra que el sector cuida a sus proveedores y garantiza los puestos de trabajo de miles de personas.

+ La minería es una actividad productiva que ha estado presente en la historia de nuestro país desde siempre y hoy es el principal sustento económico en importantes regiones del norte del país. Ha sido fuente de identidad cultural, desarrollo social y económico y debería tener un rol clave para seguir incrementando los niveles de bienestar de la sociedad chilena y jugar un importante papel en el periodo post pandemia. 

 

CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DE LA MINERÍA

Largo plazo

entre el descubrimiento de un yacimiento y la puesta en operación de una mina suelen transcurrir varias décadas, durante las cuales no hay retorno alguno a la inversión en exploración ni construcción

+ Intensidad de capital: la evaluación del inversionista necesariamente abarcará una proyección del futuro y un análisis de probabilidad acerca de la estabilidad de las condiciones que sientan las bases de dicho retorno esperado.

+ Altos riesgos: la inversión en exploración tiene una tasa de éxito en torno al 1%. Cuando el proyecto se desarrolla, es muy largo el período de maduración de la inversión.

+ Se realiza en zonas remotas: la actividad minera suele ocurrir en lugares aislados, lejanos de centros urbanos, sin conectividad vial, energética ni hídrica. Por lo tanto el desarrollador del proyecto debe asumir la construcción de infraestructura que permita el transporte y cuidado de su personal, la provisión de sus insumos, y la entrega de sus productos. 

En la minería chilena participan tres segmentos, complementarios y fuertemente interdependientes como pilares productivos. Han logrado conformar una arquitectura de la minería chilena admirada en el extranjero, y que es necesario preservar y promover.

Esta triada corresponde a:

+ CODELCO, la gran empresa estatal.

+ Gran minería privada, internacional y nacional.

+ Mediana y Pequeña minería nacional.

+ Es importante señalar la relación virtuosa entre gran, mediana y pequeña minería, capital estatal y privado, sin conflictos de interés y con cada sector aportando de acuerdo a sus características y fortalezas.

+ La Empresa Nacional de Minería (ENAMI) ha sido un factor relevante que ha permitido el desarrollo y la continuidad operacional de la pequeña y mediana minería, a lo largo de muchos años, algunos de bonanza y otros de estrechez.

 

GARANTÍAS CONSTITUCIONALES GENERALES

+ El poder realizar cualquier actividad económica lícita cumpliendo las normas legales que la regulen;

+ La garantía de un trato justo, equitativo, proporcional y no discriminatorio en materia económica y tributaria;

+ El derecho de propiedad, que permita confiar que se obtendrán los beneficios de la actividad económica lícita que se emprende. 

+ Un adecuado equilibrio entre dichas garantías y aquellas otras que justificadamente puedan establecerse, como la protección del medioambiente o el reconocimiento de los pueblos indígenas, a fin de no paralizar innecesariamente emprendimientos y obras de desarrollo que vayan en beneficio sustentable de todo el país; y

+ La seguridad de que los preceptos legales que regulen tales garantías o las limiten en los casos que la Constitución lo autorice, no afecten los derechos en su esencia ni impidan su libre ejercicio.

 

NORMAS CONSTITUCIONALES ESPECÍFICAS PARA LA MINERÍA 

+ El dominio especial del Estado sobre todas las minas, distinguiéndose ese dominio del dominio sobre el predio superficial en cuyas entrañas se encuentran los yacimientos.

+ Que la explotación de las sustancias concesibles se haga a través de concesiones de origen judicial.

+ Dominio del titular sobre su concesión minera.

+ Que tanto la constitución de dichas concesiones mineras como todos los aspectos relacionados con su caducidad o extinción queden entregados de manera exclusiva a los tribunales ordinarios de justicia.

+ Que las causales de extinción y sus efectos sean aquellas establecidas en la ley al momento de otorgarse la concesión, a fin de proveer la certeza necesaria para las enormes inversiones involucradas.

+ Que la explotación de las sustancias que la ley declare no concesibles podrá hacerse mediante concesiones administrativas o contratos especiales de operación;

+ Que la regulación de los demás aspectos fundamentales asociados a la propiedad minera quede entregado a una ley de quórum superior, como la actual Ley Orgánica Constitucional

+ Que el Rango constitucional de CODELCO, para que tanto su carácter de empresa estatal como las restricciones a la venta y enajenación de sus concesiones mineras quede protegido. 

 

LEY DE QUÓRUM SUPERIOR

+ La duración de las concesiones mineras, asegurándose la duración indefinida para las concesiones de explotación y una temporalidad razonable para las de exploración.

+ La determinación de los derechos y obligaciones esenciales asociados a las concesiones mineras, como:

+ El derecho a imponer en forma expedita las servidumbres mineras necesarias para su desarrollo,

+ De ejercer las acciones protectoras eficaces en defensa de la concesión y la actividad minera a realizar, y

+ De poder extraer el agua hallada durante las labores mineras, a fin de poder desaguar en forma expedita la mina y permitir su segura exploración y explotación.

+ Su régimen de amparo, manteniéndose el régimen de amparo indirecto por pago de una patente, que se aplica desde el Código de Minería de 1888.

+ La determinación de las causales de caducidad o de extinción del dominio de la concesión, que no podrán tener efecto retroactivo; y

+ La forma en que se debe calcular la indemnización en caso de expropiación de la concesión minera, manteniendo el método actual sobre la base del valor presente de los flujos netos de caja que generen las reservas comprobadas en la misma. 

 

NORMAS LABORALES

+ Si bien la minería se rige por la normativa laboral vigente y aplicable a todos los sectores económicos, cabe destacar que sus características particulares hacen especialmente relevante la posibilidad de establecer un sistema excepcional de distribución de jornada y descanso, regulado en el Art. 38 del Código del Trabajo

+ Es así como los sistemas de turnos son de uso común en esta actividad, en particular, los más utilizados son 4x4 y 7x7, y se encuentran legitimados por acuerdos colectivos con los respectivos sindicatos. En faenas de construcción de proyectos mineros, donde los trabajadores suelen venir de regiones más alejadas, también se utilizan turnos de mayor duración, negociados con sus sindicatos de montaje y construcción industrial, y debidamente aprobados por la autoridad laboral.

"Aun cuando la teleoperación de maquinaria y equipos mineros, y el teletrabajo, son cada vez más comunes en la minería chilena, los sistemas de turnos son un aspecto clave para el correcto desarrollo de esta actividad", destacó

Lo abordado en materia tributaria fue recogido por el constituyente Pablo Toloza, según informó DF quien consultó por una propuesta para que el desarrollo económico quede también en las regiones donde se produce propiamente tal la minería. Al respecto, el líder de la Sonami aclaró que "a la minería no le corresponde definir la distribución de los impuestos" y que "en Chile todos sabemos que tenemos un sistema muy centralizado donde todos los impuestos recolectados vienen al centro y desde el centro se distribuyen a las regiones ".

Esto, dijo, es más marcado en la segunda región, ya que la contribución hacia el Fisco es enorme y lo que éste último le devuelve vía presupuesto de operaciones e inversiones en la región, es un porcentaje muy bajo. A modo de ejemplo, recordó que cuando trabajaba en BHP, realizó un cálculo en el cual concluyó que Escondida pagó impuestos en seis meses lo equivalente a 10 años del presupuesto de operación y de inversión de la segunda región.

"Creo que en esta Constitución probablemente ustedes van a abordar ese tema y el país debería organizarse de una manera un poco distinta", deslizó.

Consultado si las próximas generaciones encontrarán minerales a futuro, el dirigente aseguró que están absolutamente conscientes del carácter no renovable de este negocio. Eso sí, explica que cada vez más se recicla en el caso del cobre y en el futuro se seguirá haciendo. Además, el plomo, que es un metal que tiene un mercado bastante menor que el del cobre, alrededor de 80% del plomo que se usa, sobre todo en batería, es reciclado.

"La minería tiene que generar ese inventario de cobre que se va a usar y cada vez más vamos a tener la economía circular y vamos a poder reciclarlo. Esa es una de las características del cobre que es un material reciclable", destacó, agregando que en Chile siempre el ejemplo es el salitre y la oportunidad que se perdió de poderlo explotar de mejor manera.

NORMATIVA TRIBUTARIA

+ El régimen tributario de un país puede tener una incidencia importante en la decisión de inversión. Aquellos ad-valorem, esto es, que no tienen relación con el margen ni la utilidad de la compañía minera, tienen el efecto de encarecer los costos operacionales, lo que afecta las decisiones de inversión en yacimientos de menor calidad, particularmente en períodos de bajos precios.

"Los impuestos que aplican a la utilidad o al margen operacional evitan afectar la inversión y recargar los costos de la explotación minera durante los períodos de bajos precios. Adicionalmente, elevan el ingreso fiscal durante los períodos de bonanza", destacó en su presentación.

+ Dadas las características de plazos largos y grandes niveles de inversión de capital del sector, el Estatuto de la Inversión Extranjera (DL 600) tuvo gran relevancia en el sector, mientras estuvo en operación.

En efecto, las garantías que consagraba, especialmente la no discriminación con respecto a inversionistas nacionales, el acceso al mercado cambiario, la indemnización en caso de expropiación y la estabilidad tributaria, fueron de gran importancia para atraer las grandes sumas que se invirtieron en la minería chilena desde fines de la década de 1980. 

"Aquellos ad valorem, esto es, que no tienen relación con el margen ni la utilidad de la compañía minera, tienen el efecto de encarecer los costos operacionales, lo que afecta las decisiones de inversión en yacimientos de menor calidad, particularmente en periodos de bajos precios ", dijo.

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