Profesionales de SEGEMAR formaron parte del equipo de trabajo de donde surgió el documento técnico elaborado para el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM)
La nueva norma de Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) 16015, Productos minerales “Determinación de oro y plata en bullón, por copelación” ya es una realidad.
Para su concreción resultó muy importante el aporte del Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR) a través de Raúl Uribarri del laboratorio químico de la Sede Segemar Buenos Aires y Ricardo Parra del Centro SEGEMAR Salta, quienes contribuyeron con su conocimiento y experiencia, no solo con asistencia a las reuniones, sino también en los ensayos interlaboratorios que aportaron datos sustanciales, según informó el sitio web oficial de gobierno argentino.
Las normas son documentos que surgen del trabajo de un grupo de expertos que acuerdan las condiciones mínimas que debe tener un producto, servicio o sistema de gestión.
Tanto la norma IRAM 16015, como las correspondiente al análisis de metal dorado, bullón, oro y plata y la de muestreo de concentrado de minerales (IRAM 16013 e IRAM 16014, respectivamente) se llevaron a cabo con la participación de universidades públicas, representantes técnicos de empresas, profesionales del SEGEMAR, y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y las aduanas correspondientes, organismos que tendrán a su cargo la fiscalización de las normas con el objetivo de que el muestreo de productos minerales sea apto para la exportación, los análisis estén normalizados y asegurar los mejores datos analíticos.
El trabajo de elaboración de estas normas comenzó en el año 2015 en el marco de la Mesa de Sustitución y Homologación Minera de la ex Secretaría de Minería del Ministerio de Planificación Federal.
En aquel momento, especialistas del SEGEMAR y técnicos del Instituto del IRAM constituyeron un comité de trabajo para la elaboración de normas vinculadas al muestreo de minerales y su análisis, dado que a escala nacional e internacional no existía un método de análisis ni normativa que regulara este tipo de actividad.