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POLÍTICA
No a Piñera: Tribunal Constitucional dio OK tercer retiro de AFP
DIARIOS/MINING PRESS/ENERNEWS

Se vota hoy jueves en Sala hasta total despacho

22/04/2021

Luego de un día de disturbios, quemas y manifestaciones,  se votó este miércoles el tercer retiro del 10% en la Comisión de Constitución del Senado, donde los parlamentarios aprobaron el articulado de la iniciativa y la enviaron a la Sala para ser votada este jueves por todos los senadores, también hasta total despacho . Todo ello, pese a que en paralelo el gobierno ya recurrió al Tribunal Constitucional.

En la Comisión, los parlamentarios ratificaron la universalidad del tercer retiro, rechazando las indicaciones que establecieron que solo podrían retirar fondos de las AFP quienes hayan perdido su trabajo. También ratificaron que se podrá hacer un “retiro” de rentas vitalicias, ya que rechazaron una indicación que pedía eliminar esta parte del proyecto, informó La Tercera

¿Por qué el Gobierno rechaza el retiro del 10 por ciento?

De hecho, este miércoles, lo ratificó la propia autoridad: “Nosotros no vamos al Tribunal Constitucional porque no queremos ayudar a las personas, vamos porque es el último momento para salvar la reforma de las pensiones de los chilenos la forma de salvar las pensiones de los chilenos”. E insistió que la idea “es una muy mala política pública”.

Ossa lideró un punto de prensa, donde estuvo acompañado por el ministro Rodrigo Delgado (Interior) y el ministro Jaime Bellolio (vocero). El Gobierno presentó este requerimiento a través de un documento de 142 páginas. “Si se aprueba esta reforma, se constataría la existencia de dos Constituciones paralelas, con normativas que son contradictorias”, dice el escrito. ¿Por qué? En La Moneda explican que el área en discusión (pensiones) es potestad exclusiva del mandatario, según AS

Asimismo, confirmaron que los retiros no tributarán, ya que los senadores rechazaron por 4 votos en contra y 1 voto a favor la idea de que las personas que saquen fondos paguen impuestos.

Una de las cosas que sí cambiaron, es que si bien la Cámara de Diputados estableció que el pago del retiro se haría en 15 días hábiles desde que se realizó la solicitud en la AFP o la compañía de seguros, ahora se estipuló que serán 30 días corridos, ampliando así el plazo, tal como lo había solicitado la Superintendencia de Pensiones.

En el pago de pensiones alimenticias también hicieron cambios. En primer lugar, se aprobó una indicación que busca hacer más expedito el trámite, estableciéndose que la subrogación será automática cuando el juez informe una retención judicial de estos fondos, para que que no se obligue a las personas a ir nuevamente ante el juez para que se establezca la subrogación.

Además se aprobó que las AFP podrán transferir estos recursos por pensiones alimenticias directamente a los tribunales cuando sean notificados de una medida cautelar u orden de retención, para que en estos casos sea el tribunal competente el que libere los pagos a losios o alimentantes, una vez la liquidación se encuentre firme y ejecutoriada.

El proyecto aprobado contempla un retiro del 10% de los fondos de pensiones que tiene cada persona en su cuenta individual, con un máximo de UF150 y un mínimo de UF35. Quienes tienen menos de ese monto en el total de su cuenta, pueden retirarlo todo.

También se incluye el tema de pensiones alimenticias, y se agrega que los fondos deben ser entregados en un máximo de 30 días corridos desde que se hace la solicitud. Asimismo, se acordó que los retiros no pagarán impuestos, al igual que ocurrió con el primer retiro del 10%.

La moción establece que los pensionados por rentas vitalicias podrán adelantar el pago de sus rentas hasta por el monto equivalente al 10% del valor correspondiente a la reserva técnica que mantenga el pensionado en la aseguradora para cubrir el pago de su pensión, con un máximo de UF150.

También se aprobó que quienes hagan el retiro del 10%, y si así lo desean, podrán cotizar un 1% adicional para restablecer los fondos retirados. Es decir, se establece que quienes quieran, puedan cotizar un 11% del sueldo, en vez del actual 10% que se cotiza para pensión.

La moción también establece que las autoridades no podrán retirar el 10%, con excepción de los trabajadores a honorarios. Esto, porque el proyecto señala que “habrá impedidos de solicitar el retiro a que se refiere a esta disposición las personas que rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de la Constitución”, publicó La Tercera.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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