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POLÍTICA
(Documento) La Orden Ejecutiva de Biden que dispone el "Buy American"
WHITE HOUSE/MINING PRESS/ENERNEWS

La trascendente medida de la Casa Blanca 

28/01/2021

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Por la autoridad que me confieren como Presidente la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, se ordena lo siguiente:

Sección 1. Política. Es política de mi Administración que el Gobierno de los Estados Unidos, de conformidad con la ley aplicable, utilice los términos y condiciones de las adjudicaciones de asistencia financiera federal y las adquisiciones federales para maximizar el uso de bienes, productos y materiales producidos y servicios ofrecidos en, los Estados Unidos. El gobierno de los Estados Unidos debería, siempre que sea posible, adquirir bienes, productos, materiales y servicios de fuentes que ayudarán a las empresas estadounidenses a competir en industrias estratégicas y ayudarán a los trabajadores estadounidenses a prosperar. Además, para promover una política de adquisiciones responsable y transparente, cada agencia debe conferir la autoridad de emisión de exenciones al liderazgo superior de la agencia, cuando sea apropiado y de acuerdo con la ley aplicable.

Segundo. 2. Definiciones. (a) "Agencia" significa cualquier autoridad de los Estados Unidos que sea una "agencia" bajo la sección 3502 (1) del título 44, Código de los Estados Unidos, que no sean aquellas consideradas como agencias reguladoras independientes, como se define en la sección 3502 (5 ) del título 44, Código de los Estados Unidos.

(b) "Leyes Made in America" ​​significa todos los estatutos, reglamentos, reglas y Órdenes Ejecutivas relacionadas con las adjudicaciones de asistencia financiera federal o adquisiciones federales, incluidas las que se refieren a "Buy America" ​​o "Buy American", que requieren o proporcionan una preferencia por la compra o adquisición de bienes, productos o materiales producidos en los Estados Unidos, incluido el hierro, el acero y los bienes manufacturados ofrecidos en los Estados Unidos. Las leyes Made in America incluyen leyes que requieren preferencia nacional para el transporte marítimo, incluida la Ley de Marina Mercante de 1920 (Ley Pública 66-261), también conocida como Ley Jones.

(c) “Renuncia” significa una excepción o renuncia a las leyes Made in America, o los procedimientos y condiciones utilizados por una agencia para otorgar una excepción o renuncia a las leyes Made in America.

Segundo. 3. Revisión de la acción de la agencia inconsistente con la política de la administración. (a) El jefe de cada agencia, tan pronto como sea posible y según sea apropiado y consistente con la ley aplicable, incluyendo la Ley de Procedimiento Administrativo, considerará suspender, revisar o rescindir las acciones de la agencia que sean inconsistentes con la política establecida en la sección 1. de este orden.

(b) El jefe de cada agencia, tan pronto como sea posible y según corresponda y de conformidad con la ley aplicable, incluida la Ley de Procedimiento Administrativo, considerará proponer cualquier acción adicional de la agencia necesaria para hacer cumplir la política establecida en la sección 1 de esta orden.

Segundo. 4. Actualización y centralización del proceso de exención Made in America. (a) El Director de la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB) establecerá dentro de la OMB la Oficina Made in America. La Oficina de Made in America estará encabezada por un Director de la Oficina de Made in America (Director de Made in America), quien será designado por el Director de OMB.

(b) Antes de que una agencia otorgue una exención, y a menos que el Director de OMB disponga lo contrario, la agencia (agencia otorgante) deberá proporcionar al Director de Made in America una descripción de la exención propuesta y una justificación detallada para el uso de bienes, productos, o materiales que no hayan sido extraídos, producidos o fabricados en los Estados Unidos.

(i) Dentro de los 45 días siguientes a la fecha del nombramiento del Director de Made in America, y según corresponda posteriormente, el Director de OMB, a través del Director de Made in America, deberá:

(1) publicar una lista de la información que las agencias otorgantes deberán incluir al presentar dichas descripciones de las exenciones propuestas y justificaciones al Director de Made in America; y

(2) publicar un plazo, que no exceda los 15 días hábiles, para el cual el Director de OMB, a través del Director de Made in America, notificará al titular de la agencia que el Director de OMB, a través del Director de Made in America, ha renunció a cada revisión descrita en la subsección (c) de esta sección o notificará al director de la agencia por escrito sobre el resultado de la revisión.

(ii) En la medida en que lo permita la ley y de conformidad con los intereses de confidencialidad de la seguridad nacional y del poder ejecutivo, las descripciones de las exenciones propuestas y las justificaciones presentadas al Director de Made in America por las agencias otorgantes se pondrán a disposición del público en el sitio web establecido de conformidad con la sección 6 de este orden.

(c) El Director de OMB, a través del Director Made in America, revisará cada renuncia propuesta presentada de conformidad con la subsección (b) de esta sección, excepto cuando dicha revisión haya sido renunciada como se describe en la subsección (b) (i) (2 ) de esta sección.

(i) Si el Director de OMB, a través del Director de Made in America, determina que la emisión de la renuncia propuesta sería consistente con la ley aplicable y la política establecida en la sección 1 de esta orden, el Director de OMB, a través de Made in America Director, notificará a la agencia otorgante de esa determinación por escrito.

(ii) Si el Director de OMB, a través del Director de Made in America, determina que la emisión de la renuncia propuesta no sería consistente con la ley aplicable o la política establecida en la sección 1 de esta orden, el Director de OMB, a través de Made in America America Director, notificará a la agencia otorgante de la determinación y devolverá la renuncia propuesta al director de la agencia para su consideración adicional, proporcionando a la agencia otorgante una explicación por escrito de la determinación.

(1) Si el jefe de la agencia no está de acuerdo con algunas o todas las bases para la determinación y devolución, el jefe de la agencia deberá informar al Director de Made in America por escrito.

(2) En la medida en que lo permita la ley, los desacuerdos o conflictos entre el Director de Made in America y el jefe de cualquier agencia se resolverán de acuerdo con procedimientos que son paralelos a los establecidos en la sección 7 de la Orden Ejecutiva 12866 del 30 de septiembre de 1993 ( Planificación y Revisión de Regulaciones), con respecto al Director de la Oficina de Información y Asuntos Regulatorios dentro de OMB.

(d) Cuando una agencia otorgante está obligada por ley a actuar más rápidamente de lo que permiten los procedimientos de revisión establecidos en esta sección, el jefe de la agencia notificará al Director de Made in America lo antes posible y, en la medida de lo posible, cumplirá con los requisitos establecidos en esta sección. Nada en esta sección se interpretará como un reemplazo de las autoridades o responsabilidades de las agencias según la ley.

Segundo. 5. Contabilización de las fuentes de la ventaja de costos. En la medida permitida por la ley, antes de otorgar una exención en interés público, la agencia otorgante pertinente evaluará si una parte significativa de la ventaja de costos de un producto de origen extranjero es el resultado del uso de acero, hierro o manufactura productos o el uso de acero, hierro o productos manufacturados con subsidios perjudiciales. La agencia otorgante puede consultar con la Administración de Comercio Internacional para realizar esta evaluación si la agencia otorgante considera que dicha consulta es útil. La agencia otorgante integrará cualquier hallazgo de la evaluación en su determinación de exención, según corresponda.

Segundo. 6. Promoción de la transparencia en las adquisiciones federales. (a) El Administrador de Servicios Generales desarrollará un sitio web público que incluirá información sobre todas las exenciones propuestas y si se han otorgado dichas exenciones. El sitio web deberá estar diseñado para permitir a los fabricantes y otras partes interesadas identificar fácilmente las exenciones propuestas y si esas exenciones se han otorgado. El sitio web también proporcionará información de contacto disponible públicamente para cada agencia otorgante.

(b) El Director de OMB, a través del Director de Made in America, informará de inmediato al Administrador de Servicios Generales todas las exenciones propuestas, junto con las descripciones y justificaciones asociadas discutidas en la sección 4 (b) de esta orden, y si esas exenciones ha sido consedido. A más tardar 5 días después de recibir esta información, el Administrador de Servicios Generales, en la medida permitida por la ley y de acuerdo con los intereses de seguridad nacional y de confidencialidad de la rama ejecutiva, pondrá esta información a disposición del público publicándola en el sitio web establecido bajo este sección.

Segundo. 7. Exploración de proveedores. En la medida apropiada y consistente con la ley aplicable, las agencias se asociarán con Hollings Manufacturing Extension Partnership (MEP), discutida en la Manufacturing Extension Partnership Improvement Act (título V de la Ley Pública 114-329), para realizar la búsqueda de proveedores con el fin de identificar Empresas estadounidenses, incluidas las empresas pequeñas y medianas, que pueden producir bienes, productos y materiales en los Estados Unidos que satisfagan las necesidades de adquisiciones federales.

Segundo. 8. Promoción de la aplicación de la Ley de Compra de Productos Estadounidenses de 1933. (a) Dentro de los 180 días posteriores a la fecha de esta orden, el Consejo Regulador de Adquisiciones Federales (Consejo FAR) considerará proponer enmiendas para notificación y comentario público a las disposiciones aplicables en el Reglamento de Adquisiciones (FAR), título 48, Código de Regulaciones Federales, de conformidad con la ley aplicable, que:

(i) reemplazar la "prueba de componentes" en la Parte 25 de las FAR que se utiliza para identificar productos finales nacionales y materiales de construcción nacionales con una prueba según la cual el contenido nacional se mide por el valor que se agrega al producto a través de la producción con sede en los EE. UU. o actividad económica de apoyo al empleo en los Estados Unidos;

(ii) aumentar el umbral numérico de los requisitos de contenido nacional para productos finales y materiales de construcción; y

(iii) aumentar las preferencias de precios para los productos finales nacionales y los materiales de construcción nacionales.

(b) El Consejo de las FAR considerará y evaluará los comentarios públicos sobre cualquier reglamento propuesto de conformidad con el inciso (a) de esta sección y emitirá sin demora una regla final, si es apropiado y consistente con la ley aplicable y los intereses de seguridad nacional de los Estados Unidos.

Segundo. 9. Actualizaciones de la Lista de artículos no disponibles. Antes de que el Consejo de las FAR proponga cualquier enmienda a las FAR para actualizar la lista de artículos no disponibles a nivel nacional en la sección 25.104 (a) de las FAR, el Director de la OMB, a través del Administrador de la Oficina de Política Federal de Adquisiciones (OFPP), deberá revisar la enmienda en consulta con el Secretario de Comercio y el Director de Made in America, prestando especial atención a los análisis económicos de los mercados relevantes y la investigación de mercado disponible, para determinar si existe una base razonable para concluir que el artículo, material o suministro no se extrae , producido o fabricado en los Estados Unidos en cantidades comerciales suficientes y razonablemente disponibles y de una calidad satisfactoria. El Director de OMB, a través del Administrador de OFPP, pondrá estos hallazgos a disposición del Consejo de las FAR para su consideración.

Segundo. 10. Informe sobre tecnología de la información que es un artículo comercial. El Consejo de las FAR revisará de inmediato las restricciones existentes sobre la extensión de los requisitos de las leyes Made in America a la tecnología de la información que es un artículo comercial y desarrollará recomendaciones para eliminar estas restricciones para promover aún más la política establecida en la sección 1 de esta orden, como apropiado y consistente con la ley aplicable.

Segundo. 11. Informe sobre el uso de las leyes Made in America. Dentro de los 180 días siguientes a la fecha de esta orden, el jefe de cada agencia deberá presentar al Director de Made in America un informe sobre:

(a) la implementación y el cumplimiento por parte de la agencia de las leyes Made in America;

(b) el uso continuo por parte de la agencia de cualquier exención nacional o de larga data de cualquier ley Made in America, con una descripción escrita de la coherencia de dichas exenciones con la política establecida en la sección 1 de esta orden; y

(c) recomendaciones sobre cómo seguir aplicando la política establecida en la sección 1 de esta orden.

Segundo. 12. Informe semestral sobre leyes Made in America. Semestralmente después de la presentación inicial descrita en la sección 11 de esta orden, el jefe de cada agencia deberá presentar al Director de Made in America un informe sobre:

(a) la implementación continua por parte de la agencia y el cumplimiento de las leyes Made in America;

(b) el análisis por parte de la agencia de bienes, productos, materiales y servicios que no están sujetos a las leyes Made in America o cuando se han renunciado a los requisitos de las leyes Made in America;

(c) el análisis de gastos de la agencia como resultado de exenciones emitidas de conformidad con la Ley de Acuerdos Comerciales de 1979, según enmendada, 19 U.S.C. 2511, separados por país de origen; y

(d) recomendaciones sobre cómo seguir aplicando la política establecida en la sección 1 de esta orden.

Segundo. 13. Asegurar la implementación de la política de administración en la propiedad del gobierno federal. Dentro de los 180 días posteriores a la fecha de esta orden, el Administrador de Servicios Generales deberá presentar al Director Made in America recomendaciones para asegurar que los productos ofrecidos al público en general en propiedad federal se adquieran de acuerdo con la política establecida en la sección 1 de este orden.

Segundo. 14. Revocación de determinadas acciones presidenciales y regulatorias. (a) Orden Ejecutiva 13788 del 18 de abril de 2017 (Buy American y Hire American), sección 5 de la Orden Ejecutiva 13858 del 31 de enero de 2019 (Fortalecimiento de las preferencias de Buy-American para proyectos de infraestructura) y Orden Ejecutiva 13975 del 14 de enero de 2021 (Fomento de las políticas de compra estadounidense para el servicio postal de los Estados Unidos), por la presente quedan revocadas.

(b) Orden ejecutiva 10582 del 17 de diciembre de 1954 (que prescribe procedimientos uniformes para ciertas determinaciones bajo la Ley Buy-America) y Orden ejecutiva 13881 del 15 de julio de 2019 (Maximización del uso de bienes, productos y materiales fabricados en Estados Unidos), se reemplazan en la medida en que sean incompatibles con esta orden.

Segundo. 15. Divisibilidad. Si alguna disposición de esta orden, o la aplicación de cualquier disposición a cualquier persona o circunstancia, se considera inválida, el resto de esta orden y la aplicación de sus otras disposiciones a cualquier otra persona o circunstancia no se verán afectadas por ello.

Segundo. 16. Disposiciones generales. (a) Nada en esta orden se interpretará en el sentido de menoscabar o afectar de otra manera:

(i) la autoridad otorgada por ley a un departamento o agencia ejecutiva, o al jefe de la misma; o

(ii) las funciones del Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.

(b) Esta orden se implementará de acuerdo con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.

(c) Esta orden no tiene la intención de crear, ni crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por cualquier parte contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados. , agentes o cualquier otra persona.

JOSEPH R. BIDEN JR.

THE WHITE HOUSE 25 de enero de 2021.

 


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