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POLÍTICA Y ENERGÍA
Pluspetrol Norte: OEFA resiste laudo arbitral
ENERNEWS/Gestión

“Con esta respuesta, OEFA se ha ratificado una vez más en el desacato a la ley ambiental peruana y al laudo arbitral”, manifiesta la empresa

06/01/2021

La compañía Pluspetrol Norte sostuvo que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y dos ministerios no están respetando el laudo emitido en el marco del arbitraje internacional sostenido entre Perupetro y Pluspetrol Norte, e insiste en imputarle pasivos ambientales ajenos a ella.

Luego de que Pluspetrol Norte anunció la liquidación de sus operaciones en el Lote 192 y Lote 8, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Energía y Minas y el OEFA informaron que de acuerdo al marco legal peruano, “corresponde a Pluspetrol Norte asumir los derechos y obligaciones del cedente en razón a la cesión de posición contractual asumida por Pluspetrol” respecto a dichas operaciones.

 

“El comunicado con el que dos ministerios y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) han respondido al anuncio público de liquidación de Pluspetrol Norte S.A. tergiversa el contenido del laudo arbitral al que hace referencia como centro de su argumentación”, señaló la empresa este lunes.

Según precisó, el párrafo decisivo del laudo arbitral allí mencionado declara que “Pluspetrol no asumió contractualmente responsabilidad u obligación de remediar Afectaciones Ambientales Históricas causadas con anterioridad al 30 de agosto de 1985 ni causadas entre el 30 de agosto de 1985 y el 8 de mayo de 2000, pero únicamente asumió contractualmente una obligación general de cumplir la normativa ambiental y de acatar las decisiones de las autoridades competentes”.

 

Pluspetrol Norte sostiene que los organismos estatales omiten deliberadamente la primera parte del citado texto, es decir que la empresa “no asumió contractualmente responsabilidad u obligación de remediar Afectaciones Ambientales Históricas causadas con anterioridad al 30 de agosto de 1985 ni causadas entre el 30 de agosto de 1985 y el 8 de mayo de 2000.

“El Estado puede emitir una resolución para invalidar lo que el mismo laudo también dice: que PPN no asumió contractualmente los pasivos de operadores anteriores a ella (...). De esta omisión se vale OEFA no solamente para resistirse al cumplimiento de un laudo arbitral con calidad de cosa juzgada- sino para imputar indebidamente a PPN los “1500 impactos” y más de 4000 UITS en multas a que hace referencia el comunicado”, manifiesta la compañía.

 

Agrega que no existieron derrames durante el tiempo de operación de Pluspetrol Norte que no fueran contenidos o remediados oportunamente, incluyendo los producidos por vandalismo a sus ductos.

“Con esta respuesta, OEFA se ha ratificado una vez más en el desacato a la ley ambiental peruana —la cual claramente establece el principio general “el contaminador es el pagador”— y al laudo arbitral dictado por un tribunal internacional en donde se ratificó que la empresa no asumió una obligación que la exceptuara de la ley”, concluye.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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