Alarma en el mundo de la energía renovable teniendo en cuenta que se deberá alrededor del 4,5% de la facturación
Puerto Madryn, 16 de noviembre de 2020
COMUNICADO
ATRAER INVERSIONES Y RADICAR EMPRESAS
La Cámara Industrial y de Comercio exterior de Puerto Madryn y Región Patagónica (CIMA) en concordancia a sus permanentes manifestaciones sobre los Sistemas Impositivos que gravan la totalidad de las actividades productivas y comerciales, considera necesario expresar su desacuerdo con la actual aplicación de la Ordenanza Municipal Nro. 11.349.
La última ampliación del Ejido Urbano incluyó las superficies en las que se encuentran ubicados los Parque Eólicos esto marca un hecho contraproducente que cambia las condiciones contributivas previas de las empresas, afectándolas de forma directa con el agravante que la modificación fue introducida luego que las empresas concretaron las inversiones, esta situación es un pésimo antecedente que pulveriza cualquier esfuerzo por atraer inversiones o radicación de empresas en la ciudad.
Introduciendo esta ampliación, pudo gravar sus existencias mediante la aprobación una Tasa en conceptos de “Habilitación; Inspección; Seguridad e Higiene y por Control Ambiental”. Bajo los mismos conceptos que el común de las empresas radicadas.
A la fecha, y desde el concepto original de la Tasa, se ha de gravar al producido de energía (KW-h) de los Parque Eólicos. Por ende, trasladable a su mercado comprador, que somos todos los consumidores particulares e industriales.
Una vez más, las imposiciones fiscales ponen en riesgos de continuidad las inversiones de diferentes y múltiples sectores de la producción y desarrollo; del logro de una mejor y sustentable matriz de producción de energía y la creación de los más variados y necesarios puestos de trabajo.
Nuevamente es el Estado quien antepone su necesidad de recaudación por sobre los conceptos de producción; desarrollo y competitividad. Nos posiciona como comunidad de frente a un previsible planteo judicial con la posibilidad que el costo finalmente recaiga sobre toda la comunidad madrynense.
Parecía chiste de memes en redes sociales. Pero el Concejo Deliberante de Puerto Madryn lo hizo: creó el impuesto al viento. Eso de que el aire es gratis ha pasado a ser una fantasía en aquel rincón de la Patagonia Norte.
Desde enero, y según lo aprobado por los concejales esta semana, las empresas que tienen molinos de viento plantados en esa comarca deberán pagar una tasa municipal sólo por el mero hecho de que las aspas se muevan. La medida desató la alarma en el mundo de la energía renovable. No es para menos, el monto que se deberá pagar es de alrededor del 4,5% de la facturación.
La historia de gravar el soplido del viento empezó hace tiempo, cuando varios parques eólicos se instalaron en zonas cercanas. Varios se frotaron las manos al ver que gran parte de la inversión en energías renovables que impulsó en gobierno de Mauricio Macri se localizaba en esa parte de la meseta patagónica. Pero más allá de los impuestos provinciales, no había demasiado qué cobrarles a esos emprendimientos ubicados en zonas rurales.
Pocas cosas suelen ser impositivamente tan peligrosas como ediles apurados por mejorar los ingresos. El ingenio de la política local, conjugado con el estado de insolvencia de la provincia, generó una alternativa para mejorar la recaudación.
A fines del año pasado, el Honorable Concejo Deliberante local decidió pensar en grande, planear el futuro, tirar los primeros palotes en la planificación de la ciudad que vendría. Entre noviembre y diciembre de 2019, con estas inversiones instaladas, el municipio decidió extender su potestad tributaria sobre los parques eólicos de la zona.
Pero el tema no era sencillo. Si bien los campos donde se instalaban los molinos estaban cerca, el poder de imposición de la Municipalidad no llegaba, ya que los emprendimientos eólicos se habían instalado en tierras cercanas a Puerto Madryn, pero fuera de su ejido territorial.
Entonces llegó la innovación. La legislatura provincial aprobó duplicar la extensión del ejido municipal (que hoy tiene 33.000 hectáreas, contra 20.000 de la Ciudad de Buenos Aires) y los emprendimientos quedaron dentro del territorio sometido a jurisdicción municipal. De esta manera, los dos principales, uno de Aluar y el más grande, de Genneia, una empresa del grupo Macro, empezaron a ser objeto de impuesto.
Así empezó la maniobra para cobrar el impuesto al viento. La norma se aprobó pese a que el artículo 225 de la Constitución de Chubut establece que la determinación territorial del municipio "tiene en cuenta especialmente la zona en que se presten total o parcialmente los servicios municipales" y que en esos campos no hay ninguna prestación municipal.
El terreno, literalmente, estaba preparado. Entonces llegó "la tasa". Mediante la ordenanza 11.349, la municipalidad extendió a los titulares de los parques eólicos la responsabilidad por el pago de dos tasas.
La primera, por Habilitación, Inspección, Seguridad e Higiene y Control Ambiental. De acuerdo al artículo 173 del Código Tributario, esta tasa supuestamente retribuye "los servicios municipales, de inscripción, habilitación, inspección, contralor, salubridad, seguridad e higiene y control ambiental, que tiendan al bienestar general de la población (.) aun cuando el ejercicio de la actividad comercial, industrial, profesional o de servicio no requiera de un establecimiento habilitado", dice un informe técnico de un estudio de abogados contratado por las cámaras. La segunda, por Construcción de Obras Particulares y Obras realizadas por empresas nacionales y provinciales, por la que se obliga a pagar esta tasa a los parques eólicos cuyas obras "se encuentren en ejecución o a ejecutarse a la fecha de entrada en vigencia de la norma el 24 de abril de 2020".
Esta semana hubo un cambio: la primera de las tasas, que se calculaba en función de los metros cuadrados del predio, como cualquier otra empresa, varió su base de cálculo. Ahora, los parques eólicos, en vez de pagar por superficie, pasarán a hacerlo dependiendo de la producción. Se consagró el impuesto al viento.
La norma puso en alerta a la Cámara Eólica Argentina. No es para menos. El nuevo régimen de tasas significa alrededor de 4,5% de la facturación de los emprendimientos de energía limpia. "Como dijo la Corte Suprema de la Nación, al cobro de una tasa debe corresponder siempre la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio relativo a algo no menos individualizado (bien o acto) del contribuyente. Por estas razones, las llamadas 'tasas' constituyen en realidad verdaderos impuestos, vedados por el régimen constitucional general de reparto jurisdiccional en materia impositiva", dice una carta enviada por la cámara a la Legislatura de la provincia de Chubut.
Fuentes de Aluar, una de las empresas que tiene un parque eólico que entrega energía al sistema interconectado, además de utilizar una parte de la producción para consumo de la planta de aluminio, dijeron a LA NACION que "esta nueva modalidad dictaminada es mucho más preocupante y gravosa que el formato de tasa incorporado a principios de este año, el cual no corresponde para este tipo de proyectos".
Habrá reclamos judiciales, incluso acompañados por la cámara. "El departamento de Legales está estudiando los pasos a seguir en base a esta nueva normativa", confirmaron en Aluar. El principal argumento de las empresas es que la energía limpia, según el artículo 17 de la ley 27.191, eximió a "el acceso y la utilización de las fuentes renovables de energía" de "cualquier clase de tributo específico, canon o regalía".
En Chubut las cuentas no cierran y la provincia no puede hacer frente ni siquiera a los sueldos de estatales o docentes. Incluso, varios de los nuevos impuestos tienen un fuerte apoyo de los gremios estatales, afectados por la falta de dinero para pagar salarios, destacó Diego Cabot en La Nación.
Desde la Cámara Eólica Argentina (CEA) se advirtió que “la ordenanza afecta inversiones de muy largo plazo que necesitan de una absoluta estabilidad fiscal.” Las firmas más afectadas son los predios que tienen Aluar y Genneia, la firma que conduce Jorge Brito hijo.
La Cámara Eólica Argentina presentó dos informes técnicos en los que se determinaba la inaplicabilidad de estos gravámenes. La pesquera Conarpesa dejó Puerto Madryn y se mudó a Caleta Olivia por un gravamen. La entidad también envió una carta a la Legislatura de Chubut en la que se queja porque “como dijo la Corte Suprema de la Nación, al cobro de una tasa debe corresponder siempre la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio relativo a algo no menos individualizado (bien o acto) del contribuyente”.
Es decir, este gravamen es en realidad un impuesto y no una tasa ya que no dan una contraprestación y, además, los impuestos municipales son anticonstitucionales. Además, cuando se incentivó por ley la instalación de estos parques se indicó expresamente que estaban eximidos de “cualquier clase de tributo específico, canon o regalía”. Las firmas más afectadas son los predios que tienen Aluar y Genneia, la firma que conduce Jorge Brito hijo.
La falta de recursos que sufren las provincias y los municipios los lleva a “rascar la olla” para sacar fondos de donde puedan. Esto les está trayendo problemas con las empresas instaladas en sus territorios. Por ejemplo, y también en Chubut, la pesquera Conarpesa decidió abandonar el municipio de Puerto Madryn e instalarse en Caleta Olivia por un nuevo gravamen que le impuso el Concejo Deliberante, publicó Perfil.