MARCELO MARDONES Y RODRIGO CASTILLO *
En la edición del día 19 de diciembre pasado, los abogados Claudio Moraga y Diego Perales expusieron sus razones para defender la autonomía del Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) frente a las críticas identificadas por dichos autores.
Lamentablemente, la columna citada yerra en identificar el fondo de la discusión: nadie ha puesto en duda los atributos de autonomía e independencia del CEN, sino la manera en que éste ha ejercido últimamente sus funciones.
Dichos atributos en caso alguno liberan a ese organismo del cumplimiento estricto del principio de juridicidad, dado que este se encuentra dispuesto en términos amplios por la Constitución respecto de todos los órganos del Estado -calidad de la que participa el CEN-, sin que quepan excepciones al mismo, ni siquiera a pretexto de circunstancias extraordinarias o de seguridad.
Dicho principio obliga al CEN a someter todas sus actuaciones a la regulación vigente, incluso aquellas respecto de las cuales tiene cierta discrecionalidad técnica, como es la dictación de sus estatutos y Procedimientos Internos, respetando íntegramente el sistema de fuentes normativas implementado particularmente tras la Ley de Transmisión.
“La discusión del último tiempo nada tiene que ver con la autonomía del CEN, sino con la implementación urgente de mecanismos que aseguren los correctos controles y equilibrios en su actuar”.
Adicionalmente, y también como expresión del sometimiento al derecho vigente y a los principios que rigen a los órganos del Estado, según lo indica expresamente la LGSE, el CEN se encuentra subordinado al principio de transparencia, el cual se erige como un importante mecanismo de control del correcto y legal actuar del citado organismo.
Está de más señalar que la seriedad del mercado eléctrico descansa en esas premisas fundamentales.
Así, la discusión del último tiempo nada tiene que ver con la autonomía del CEN, sino justamente con la indispensable contrapartida de esos niveles de libertad, por medio de la implementación urgente de mecanismos que aseguren los correctos “checks and balances”, anglicismo que se refiere a los controles y equilibrios de su actuar, que, a partir de una verdadera transparencia en el obrar de dicho organismo hagan exigible de manera efectiva el cumplimiento irrestricto de la normativa y las responsabilidades del caso, evitando que la autonomía e independencia devengan en arbitrariedad e impunidad.
Al día de hoy, los mecanismos existentes no han logrado asegurar lo anterior, generando una especie de “inmunidad de poder” totalmente indeseada.
Todo lo expuesto es lo que ha venido planteando buena parte de la comunidad interesada, a través de los requerimientos, presentaciones formales y expresiones de opinión que la mencionada columna mira inexplicablemente con extraña sospecha.
De hecho, las críticas que se han venido repitiendo en el último tiempo y a las que se refieren genéricamente Moraga y Perales, son del todo habituales en relaciones entre Coordinador y Coordinados, y forman parte del juego democrático propio de un Estado de Derecho, máxime cuando nos situamos ante un organismo que, por ley, justamente, es responsable de todos sus actos como natural contrapartida de la autonomía e independencia que tanto valoramos.
Por eso, en momentos en que nuestro sector eléctrico está experimentando desafíos tan relevantes, en lugar de preocuparnos de interpretar las críticas como atentados a la autonomía, debiésemos poner el foco en el fondo del debate y dar curso a una evaluación seria respecto de la actual gobernanza del CEN, la que, en nuestra opinión, tiene grandes espacios de mejora en términos de transparencia y rendición de cuentas, y, en fin, de control.
* Abogados especialistas en regulación eléctrica