Empresa de energía, ¿para qué?
Los Andes
Cuando hace dos años la
Cámara de Diputados de la Provincia dio media sanción, a un proyecto enviado por el
Poder Ejecutivo, creando una empresa provincial de energía decíamos que era una “iniciativa innecesaria y riesgosa de un gobierno sin plan ni política en serio”. Es difícil encontrar qué factores económicos o políticos se han modificado en la provincia que justifiquen hoy lo que parecía superfluo ayer.
Si bien el proyecto aprobado en aquel entonces sufrió algunas modificaciones importantes, como la exclusión de la minería en sus objeto y cumplimiento obligatorio de la normativa vigente, en lo esencial sigue lo lineamientos del proyecto original, una réplica de la Empresa Nacional de Energía -
ENARSA.
Bajo la denominación de Empresa Mendocina de Energía Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (
EMESA), se crea una empresa que se regirá por la Ley 19.550 y específicamente por el capítulo referido a que la mayoría accionaria está en manos del Estado.
La composición originaria es 90% de las acciones para el Estado Provincial y 10% para los Municipios. Del 90% la Provincia podrá vender el 19% en oferta pública, no pudiendo ninguna persona titularizar más del 5% del total de las acciones de dicha clase.
El objeto de la sociedad es amplísimo y similar al de ENARSA. “El estudio, investigación, prospección, administración, exploración y explotación de toda clase de recursos energéticos”.
“La producción, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización e industrialización de todos los productos, subproductos y derivados directos e indirectos, obtenidos de la explotación de recursos energéticos”. “La generación, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica”. En fin, podrá realizar obras de todo tipo en materia de energía.
Dos aspectos en la Ley son de interés especial por sus posibles efectos. Uno establece que cuando Emesa decida distribuir dividendos, los fondos que se transfieran al Estado Provincial deberán ser afectados al menos en un 50% a la ejecución de la política energética provincial. El otro establece que en los casos en que EMESA “participe en la explotación de áreas petroleras, sea por sí, por terceros, en asocio a terceros o bajo cualquier modalidad, él o los titulares de la concesión deberán abonar al Gobierno de la Provincia, además del 12% en concepto de regalías petrolíferas, al menos el 3% en concepto de canon extraordinario”.
Establece una “petición de principios”: Emesa deberá mantener un gasto operativo racional que asegure su eficiente desenvolvimiento, conforme a estándares internacionales.
Decíamos hace dos años respecto de Enarsa, el modelo que se replica, que no ha producido en todos esos años ni un metro cúbico de petróleo y gas, que no genera energía eléctrica.
Habiéndose limitado a la importación de estos productos. Hoy la situación es mucho más grave dado el fenomenal descalabro existente en materia de déficit de combustibles y energía. Frente al interrogante de ¿para qué?, la ley expresa que las amplias facultades de la empresa se desarrollarán “teniendo como principal fin la ejecución de la política energética establecida por los órganos competentes del Estado Provincial”.
Convendría recordar que, desde el descubrimiento del petróleo hace un siglo, la política energética la manejó el Gobierno Nacional. Ninguna provincia ha tenido posibilidad de desarrollar, más que marginalmente, política al respecto. Ahora menos luego de la re estatización de YPF SA, donde las provincias con representación en el Directorio deben votar como lo haga el Gobierno Nacional.