Crítica
La Justicia Federal avaló que las empresas de energía eléctrica Edenor, Edesur y Edelap cobren tarifas por los períodos en los cuales se haya detectado el robo de luz por parte de los usuarios, es decir en los que se hayan detectado irregularidades en la medición o apropiación de energía eléctrica.
Según informaron fuentes judiciales, así lo determinó la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal en una causa donde Edesur S.A. comprobó que en la casa de una usuaria había una manipulación en el equipo de medición que generó la falta de registro de un 90% del servicio.
La Cámara revocó una resolución de la Secretaría de Energía que había admitido el cobro del servicio adulterado pero solo desde la última medición anterior a la que se detectó la irregularidad, al considerar que la empresa tenía la responsabilidad de realizar los controles.
"La Secretaría ha priorizado en su deber de garantizar la buena fe en las transacciones en el mercado eléctrico, el deber impuesto a las distribuidoras frente a la malicia de los usuarios que con su actuar doloso realizan un fraude a aquellas", sostuvieron los jueces Guillermo Galli y Jorge Morán en el fallo al que accedió DyN.
Los magistrados avalaron el argumento de la empresa, en cuanto a que el personal que lee los medidores no son técnicos, sino personal administrativo, a quien no se le exige un particular conocimiento en la materia.
"De haber existido la mentada deficiencia en la instrucción del personal cabría, eventualmente, una sanción a la empresa, pero de ningún modo se puede llegar a la consecuencia de favorecer a quien delinque creando una suerte de prescripción o caducidad de la acción de la empresa para perseguir su ilicitud", agregaron los camaristas.