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Debate
INDEBIDA DELEGACIÓN DE FACULTADES
05/05/2006

INDEBIDA DELEGACIÓN DE FACULTADES

(Editorial Diario La Nación)
La ley que habilitó al Poder Ejecutivo a crear cargos en las facturas de gas y de electricidad para financiar obras de infraestructura por medio de fondos fiduciarios es una renuncia del Congreso a su facultad de controlar el destino de los recursos públicos. Las tasas específicas destinadas a sustentar las obras energéticas no serán otra cosa que aumentos de tarifas, pero con otro nombre.

Según el Gobierno, el aporte lo harán los grandes consumidores, aunque nada impide que también lo tengan que hacer tanto los usuarios industriales como los residenciales, siempre que se beneficien con las obras.

La norma fue sancionada tras un extenso debate durante el cual la oposición la identificó como un aumento de tarifas encubierto, además de calificarla como un cheque en blanco en favor del Gobierno para que decida cuánto cobrará y qué obras se financiarán con esos recursos. En efecto, la ley otorga amplias facultades al Poder Ejecutivo para imponer cargos a los usuarios de gas, gas licuado de petróleo y electricidad, cuyo destino serán los fondos fiduciarios existentes o por crearse. Estos se encuentran fuera del presupuesto nacional, por lo cual el Congreso no tiene posibilidad de opinar sobre su utilización.

A partir de esta norma, de aquí en más será el Estado el que asuma la responsabilidad de expandir los servicios de gas y electricidad, obligación que hasta ahora correspondía a las empresas privatizadas. Pero los fondos para esas inversiones serán aportados por los usuarios, a través de tasas que se aplicarán en las facturas de consumo.

La ley sancionada genera condiciones para que, por la falta de controles y la discrecionalidad de la que gozará el Gobierno en el manejo de los fondos, se puedan producir actos de corrupción. A partir de ahora la determinación de cuál obra de energía o gas se realizará, en qué lugar del país, quién la deberá pagar, qué monto, por cuánto tiempo, qué empresa ejecutará la obra y quién la administrará, quedará en manos de unos pocos funcionarios públicos. Estos manejarán los recursos con total discrecionalidad y sin los controles establecidos por la legislación vigente.

No son éstos los únicos cuestionamientos que merece la ley. Los usuarios comenzarán a pagar los llamados cargos específicos mucho antes de que empiecen a percibir los beneficios. En efecto, un párrafo añadido a último momento faculta al Gobierno a aplicarlos con la sola existencia de un proyecto aprobado. Hay en el país suficientes antecedentes de obras que luego de ser lanzadas tardan años en concretarse o se llevan a cabo parcialmente. El de Yacyretá es el caso emblemático.

Además, el Poder Ejecutivo no sólo podrá fijar el monto de los cargos, sino que fue facultado para ajustarlos en la medida en que resultase necesario. Semejante vaguedad implica que si, por la razón que fuese, los costos de la inversión superan los calculados inicialmente, las tarifas serán aumentadas. Está previsto también que los cargos regirán hasta cubrir el costo de la obra, lo cual permite inferir que serán de larga duración, pues la Argentina necesita imperiosamente de obras en infraestructura energética. No deja de llamar la atención el hecho de que no haya un solo punto del nuevo régimen que prevea la participación de las entidades de consumidores en las decisiones que se adopten.

El Gobierno alegó que no se trata de un aumento de tarifas encubierto y que la administración de los fondos fiduciarios será transparente y controlada por la Sindicatura General de la Nación (Sigen) y la Auditoría General de la Nación (AGN).

Para despejar las dudas y el clima de sospecha en torno de estas amplias facultades delegadas al Poder Ejecutivo, sería deseable que para la determinación de cuanto esté relacionado con los cargos específicos –monto, obras, empresas que participen– se dejase de lado el manejo discrecional y se realizase, además de severos controles contables, una oportuna y pormenorizada rendición de cuentas de los recursos aportados por los contribuyentes.

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