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Editorial
LA SITUACIÓN DEL DIRECTORIO DEL EPRE
26/01/2006

LA SITUACIÓN DEL DIRECTORIO DEL EPRE

(Editorial Diario Los Andes, Mendoza)
El directorio del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) está integrado por tres personas, un presidente y dos vocales, elegidos según un mecanismo reglado por la ley competente y designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. Hace algún tiempo se venció el contrato de uno de los dos vocales, pero en las votaciones de este directorio no se produce empate porque el presidente tiene doble voto para resolver en este caso, de manera que la conducción institucional del EPRE pasó, de pronto y por simple inacción del Poder Ejecutivo, a convertirse en una intervención donde el presidente, Mario de Casas, no necesitaba ni siquiera consultar a su colega pues con su doble voto podía tomar las decisiones que le parecieran pertinentes. O sea que desapareció la conducción colegiada que quiere la ley.

Cuando la Constitución o la ley determinan una forma de dirección en un ente colegiado de derecho público, la norma tiene que ser obedecida sin importar la opinión del Poder Ejecutivo ni de cualesquiera otros poderes del Estado. Si no se toman medidas en tiempo y según el ordenamiento legal para cumplimentar los nombramientos, el Gobierno está faltando a la normalidad institucional, más allá de las intenciones -que pueden ser excelentes- y de las personas involucradas que podrían ser reputadas de intachables. Lo que importa es el cumplimiento de la ley.

Por un lapso, después de la renuncia de los vocales -especialmente del primero- De Casas tomó decisiones que comprometen al ente con sus solos dos votos de los que está investido para solventar un empate y no para ejercer la conducción de manera personal.

Para emparchar la crisis, el vicegobernador de la Provincia, Juan Carlos Jaliff, firmó un decreto por el cual nombró a Sabino Ramón González y a Miguel Ulderico Montalto nuevos vocales interinos para integrar el directorio.

Para el observador desapasionado resulta difícil entender que no se haya obviado toda esta complicación innecesaria simplemente extendiendo el mandato del vocal Omar López Arnedillo que contaba con el aval del Senado, al tiempo que se ponía en marcha con toda urgencia el mecanismo para designar al nuevo directivo según la ley. En cambio, ahora, con dos vocales interinos -sobre tres miembros- nombrados a dedo con mandato transitorio y sin acuerdo del Senado, todo el proceso podría ser cuestionado por la oposición.

El decreto 124/06 por el que el vicegobernador Juan Carlos Jaliff designó a los directores interinos expresa que “las designaciones tendrán validez hasta tanto el Poder Ejecutivo Provincial proceda a designar a los profesionales que resulten elegidos en el procedimiento de selección legalmente establecido”.

¿Interinatos sin término concreto para cargos que deben contar con el aval del Senado? No parece muy adecuado y más bien algún mal pensado podría sospechar que el Vicegobernador está entregando a la oposición un conflicto innecesario en bandeja de plata.

El Gobierno y los legisladores radicales podrán pensar y expresar lo que mejor les parezca del propósito de los senadores justicialistas de defenestrar a De Casas y de la iniciativa de los demócratas de nombrar una comisión investigadora para evaluar el desempeño del presidente del EPRE, pero no parece muy adecuado ni ajustado a las normas y formas de convivencia política que el Vicegobernador -en ejercicio del Poder Ejecutivo- firmante del decreto nombrando dos directores interinos y presidente natural del Senado, acuse a los senadores de la oposición (¿a quienes otros si no?) de que “evidentemente, algunos hablan como si fueran representantes de las empresas”. Si esto quiere decir lo que entiende el hombre de la calle, se estaría ante una acusación o juicio u opinión que perseguiría esterilizar a la oposición no sólo en este caso sino toda vez que se exprese contrariamente a las decisiones del Ejecutivo. ¿Quiere abrir el Gobierno otro frente de batalla en la larga guerra que está librando con tantas personas e instituciones?

Se pueden dar todos los argumentos que se crean convenientes, pero la verdad es que la ley quiere que un directorio de tres personas con aval del Senado conduzca el EPRE. Cualquier otra interpretación podría ser tachada de -por lo menos- subjetiva y, quizás, caer en las previsiones del artículo 43 de la Constitución Provincial que ordena que “los nombramientos de funcionarios (...) que hagan los poderes públicos prescindiendo de los requisitos enumerados o exigidos por esta Constitución son nulos (...)”. Lo que se aplica por supuesto a lo reglado por las leyes constitucionales de la Provincia.

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