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ACTUALIDAD
Barrick: no hubo más derrame. Oritja: 10 días para remediar. Más pruebas
06/11/2015

Desde Barrick salen al cruce de versiones periodísticas

Diario de Cuyo

No se volcó mas solución cianurada de la informada, ha habido una intención de generar pánico sobre los informes de la empresa. Nosotros hemos mantenido una posición muy firme de ir transparentando toda la información", declaró esta mañana el gerente de Comunicaciones de Barrick, Miguel Martín

Las declaraciones del directivo de la minera apuntan a una serie de notas que se han publicado en el portal Infobae y que por ejemplo hacen mención a que Barrick informó que se derramó un volumen de solución cianurada a la Justicia y otro a la sociedad. 

"Lo que viene haciendo sistemáticamente el diario Infobae apunta a generar tensión", dijo Martín; y agregó, "hace alusión, porque no es un secreto, de un informe que se le entregó a la Justicia sobre el cálculo de lo que pasó por la válvula y que era más de 5.000 m3 que fueron contenidos en un 80% sobre el Valle de Lixiviación y el resto (1.072 M3) se volcó sobre el río Potrerillos, no es que le informemos una cosa a la Justicia y otra a la comunidad" 

En cuanto a la resolución judicial del juez Pablo Oritja, fechada el 31 de octubre y que intima por el término de 10 días a la empresa a que baje el nivel del Valle de Lixiviación (hoy con 'código rojo'), Martín dijo que "se prevé que cuando hay deshielo no adicionar más agua a la solución cianurada, y esto lo venimos aplicando desde fines de mayo, de incorporar nuevas zonas del Valle se vaya trasladando a otras zonas para ir bajando esos valores".

 


 

Para la Justicia, los análisis de Barrick indican contaminación

LA NACION

El juez de la Segunda Circunscripción Judicial de San Juan, Pablo Oritja, dictó una resolución sobre dos amparos presentados por un particular, Enrique Alfredo Marín Acosta, y otro de carácter colectivo presentado por el municipio de Jáchal. En la resolución, se insta a la empresa Barrick Gold a que en el plazo de 10 días, a partir del 29 pasado, normalice su situación en cuanto al exceso de agua utilizada en el proceso de separación del mineral de la roca, conocido como lixiviación. En caso de no hacerlo, se le exige que deje de usar el cianuro en este proceso.

Pero no es el único eje del fallo judicial, sino que revela que efectivamente hubo daño ambiental, contrariamente a lo que había sostenido la empresa. Ese daño se registra en los porcentajes de cianuro detectados en análisis hechos sobre muestras de agua tomada de los ríos cordilleranos. Es decir, a partir del derrame de un millón de litros de solución cianurada el 12 de septiembre pasado en la mina Veladero

Los análisis presentados por la empresa fueron realizados por la firma SGS y detectaron que a partir del 13 de septiembre había altos porcentajes concentrados de cianuro y mercurio. Según el juez, "evidentemente fueron consecuencia del derrame ocasionado en la explotación minera". El magistrado se basa en que en el resumen de los análisis realizados por la empresa se mide la presencia de cianuro y mercurio y los porcentajes detectados están muy por encima de lo permitido por el Código Alimentario Argentino. Estos datos fueron aportados por la propia demandada.

Según la resolución, Barrick Gold queda en evidencia porque todo lo que negaba en una parte del descargo se transforma en letra muerta una vez que se procede a la lectura de los resultados de los análisis de laboratorio. Sin embargo, el juez también cita informes de las universidades Nacional de San Juan y Nacional de Cuyo, los que "no detectaron la presencia de cianuro ni de mercurio en el agua potable, y solo algo de mercurio en una bajísima concentración en el agua del río", y recordó además que históricamente las aguas del río Jáchal fueron malas en calidad con niveles altos de metales pesados, independientemente de este derrame.

Dentro de la resolución judicial hay un párrafo concluyente, en el que se lee que "es la incorporación a los cuerpos receptores de sustancias sólidas, líquidas o gaseosas, o mezclas de ellas, siempre que alteren desfavorablemente las condiciones naturales del mismo, o que puedan afectar la salud, la higiene o el bienestar del público y desde este punto de vista debo concluir que el accionar propio de los responsables de la empresa minera en las operaciones del valle de lixiviación, que permitieron que la fuga de la sustancia cianurada llegara al río Potrerillos, ha lesionado el bien jurídico protegido por la normativa constitucional (art. 41 CN) por cuanto se ha vulnerado el deber de preservación del patrimonio natural de la región donde impacta indefectiblemente el proyecto minero".

También Oritja asegura que "es importante destacar que aún no es posible determinar la existencia y el alcance de los daños que ese derrame ha ocasionado, esto porque en estricto rigor el daño ambiental es por sus particularidades incierto en ocasiones, futuro, difuso y determinable; pero dicha indeterminación actual no puede ser argumento suficiente para negar el reconocimiento y la protección, a través de medidas concretas, del derecho colectivo cuya vulneración resulta innegable".

Otro de los puntos que deja mal parada a la minera es que en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) se dispone que la solución lixiviante en valle no debe superar los 3926 metros sobre el nivel del mar; sin embargo, el informe que entregó la policía minera determinó que el nivel actual de líquido lixiviante se encuentra en la cota de los 3934,36 metros sobre el nivel del mar, pasando a ser un "alerta amarillo", según se desprende de la DIA.

En el análisis de los motivos que originaron el derrame, el juez apuntó a dos cuestiones importantes, una compuerta abierta en el sector del llamado canal del norte y la rotura de una válvula. Para arribar a esta conclusión se basó en la aplicación de un llamado "código rojo", previsto para ocasiones como cuando hay demasiada solución circulante, lo que en este caso venía ocurriendo desde el 17 de agosto pasado. La empresa mantuvo en el tiempo estas condiciones de operatividad y por lo tanto se podría haber tornado en una anomalía peligrosa.

En un comunicado, la empresa expresó: "Los niveles altos de agua detectados en el valle de lixiviación corresponden al proceso natural del derretimiento de nieve típico de la primavera. No se debe a que en el proceso la compañía haya incorporado agua sino que es agua que se incorpora naturalmente. Esto sucede todos los años en esta época porque el proceso es a la intemperie. Esto no implica ningún tipo de compromiso medioambiental. Lo que el juez nos solicita es no incorporar cianuro al proceso, cosa que hemos hecho, hasta tanto resolvamos bajar los niveles de agua a pedido del juez".

Cronología de un accidente ambiental

12 de septiembre

El derrame

A las 20, en la mina de Veladero, descubrieron una fuga de solución cianurada. El mensaje de un obrero se refirió a 15.000 litros

23 de septiembre

Muchos más litros

Luego de informar que habían sido 224.000 los litros vertidos, Barrick Gold reconoció que el derrame era de un millón

25 de septiembre

Imputados

El juez Pablo Oritja, que investiga el derrame, confirmó que nueve empleados de Barrick Gold fueron imputados en la causa

23 de octubre

Represión en Jáchal

Efectivos de Infantería reprimieron y detuvieron a 23 vecinos de Jáchal, que mantenían cortado el ingreso a la mina

4 de noviembre

Para Gioja, un accidente

El gobernador sanjuanino José Luis Gioja dijo que la fuga no produjo ningún tipo de daño ambiental


 

Derrame de cianuro: Barrick Gold confirmó en la Justicia
lo que públicamente negó

INFOBAE

En un duro fallo contra la minera canadiense Barrick Gold, el juez sanjuanino Pablo Oritja hizo lugar a dos recursos de amparo y le dio a la empresa 10 días para volver a trabajar en condiciones normales, ya que el exceso de agua cianurada con el que opera desde el 17 de agosto habría provocado el derrame de más de un millón de litros de esa solución en la mina Veladero. La sentencia revela, además, los resultados de los monitoreos encargados por la firma tras la fuga, que confirman que se produjo un daño ambiental en la zona.

Los amparos fueron impulsados por un vecino y por el municipio de Jáchal y acumulados en un mismo expediente, el mismo en el cual se dispuso el cese de actividades de la mina Veladero tras el derrame ocurrido el 12 de septiembre. El fallo sacó a la luz varias cuestiones. La primera es lacontradicción de la empresa, que públicamente afirmó que no hubo daño ambiental, pero que presentó los resultados de los análisis de laboratorio encargados a la firma SGS, que acredita la presencia de altas dosis de cianuro en la zona.

El magistrado advirtió que aguas arriba del dique Cuesta del Viento "se detectó desde el 13 de septiembre la presencia de cianuro y mercurio en concretaron altas y que evidentemente fueron consecuencia del derrame ocasionado en la explotación minera".

Por ejemplo, la empresa SGS detectó 64 partes por millón (ppm) de cianuro en el río Potrerillos y 9 ppm en el río Las Taguas, muy por encima las 0,10 ppm de cianuro que el artículo 982 del Código Alimentario establece como máximo para el agua potable.

"Estos aportes hechos por la propia demanda acreditan fehacientemente la contaminación que la actividad de la empresa ha producido", advirtió el magistrado, que consideró que "se vulneró el deber de preservación del patrimonio natural", y concluyó: "El derrame pone en riesgo real e inminente el derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano".

A la hora de analizar las causas del derrame, el magistrado apuntó contra la empresa. Una investigación interna de Minera Argentina Gold (subsidiaria de Barrick Gol) concluyó que la fuga se produjo por la combinación de dos circunstanciasla rotura de una válvula y la apertura de una compuerta que tenía que estar cerrada.

Este último aspecto es fundamental. ¿Por qué estaba abierta la compuerta? El juez no tiene dudas: se lo atribuye al "exceso de agua circulante en el sistema de lixiviación", que es el proceso que se aplica para separar la roca del mineral a través del rociado de cianuro. Esa anomalía comenzó el 17 de agosto, cuando la planta declaró el "código rojo" y comenzó a implementar un plan de emergencia.

"La existencia de esta situación anómala incrementa el riesgo de que por factores externos e imposibles de manejar se produzca un aumento aún mayor de la cota (nivel) del sistema de lixiviación y que éste llegue al nivel de vertedero y vuelque su contenido hacia el subdren potrerillos", señala el juez.

¿Qué quiere decir esto? La Declaración de Impacto Ambiental de Veladero establece que la solución lixiviante no debe superar los 3926 metros sobre el nivel del mar (msnm). Pero desde el 17 de agosto la planta está trabajando por encima de esa altura y actualmente se encuentra en 3934 msnm, a menos de 9 metros de alcanzar el máximo operativo. Frente a esa circunstancia, el 6 de septiembre la empresa decidió abrir una compuerta para evitar que el agua siga ingresando al valle de lixiviación. Esa decisión terminó provocando el derrame. Si esa compuerta hubiera estado cerrada, la rotura de la válvula no hubiera provocado mayores inconvenientes.

"Si bien la fuga de solución lixiviante obedeció a una falla técnica (rotura de una válvula de venteo), que no tenía que ver con la anomalía del exceso de agua en el sistema de lixiviación, la condición determinante para que dicha fuga llegara al Valle de Potrerillos (compuerta abierta) sí se encontraba directamente relacionada con dicho problema", subrayó el juez Oritja.

La pregunta que queda flotando es por qué había un exceso de agua. En el fallo hablan de un exceso de nieve, que efectivamente cayó en grandes cantidades en agosto y que se sumaría a un sistema deficiente. Pero en la asamblea de vecinos temen que la causa sea otra. "La cota sube o baja según el nivel de explotación. Al día de la sentencia, Veladero llevaba 68 días cerca del desborde así. ¿Por qué? Porque estaban sobreexplotando el yacimiento, para acortar el plazo de explotación, agotarlo lo antes posible y reducir los costos", explicó aInfobae el abogado Diego Seguí, que intervino en varias causas vinculadas a la megaminería.

Si esa hipótesis se confirma, habría un giro en la causa que investiga las responsabilidades penales del derrame y que está a cargo del mismo juez. "Si hubo sobreexplotación y una decisión de llevar la cota al máximo, el delito ya no sería culposo, sino dolo eventual o dolo directo. Hay alguien que decidió llevar la cota arriba y abrir la compuerta", evaluó. Y puso un ejemplo: "El colectivo no se estrelló porque se rompió un neumático, sino porque pisaron el acelerador e iban a 150 kilómetros por hora".

Frente a esta situación, el juez intimó a la Minera Argentina Gold SA a que "en el plazo de 10 días contados a partir del dictado de la presente resolución restituya las condiciones operativas en los términos de la Declaración de Impacto Ambiental" y aclaró que "de no resultarle posible, deberá dejar de incorporar cianuro en el proceso de lixiviación hasta tanto desaparezcan las anomalías".

Ayer hubo un temporal histórico en la zona. En algunas zonas de la ciudad de Jáchal cayeron hasta 50 centímetros de granizo. Todavía no hay novedades sobre cómo repercutió el clima en Veladero, pero los especialistas advierten que en este contexto sería imposible bajar la cota del valle de lixiviación.

Por lo pronto, el juez ordenó que la desfinanciada policía minera realice inspecciones semanales a la mina junto a dos miembros de las comunidades de la zona hasta que desaparezcan las anomalías y les pidió que filmen su trabajo, en un claro gesto de desconfianza hacia el ente que debería controlar la minería, pero que los vecinos denuncian que ha estado más atento a los intereses de Barrick Gold que al cuidado del medioambiente.

 

 

 


 

La Barrick tiene 10 días para volver a trabajar en condiciones
óptimas después del derrame

LOS ANDES

 La minera canadiense Barrick Gold tiene 10 días para volver a trabajar en condiciones óptimas de seguridad, debido a que el exceso de agua cianurada con el que opera desde el 17 de agosto habría provocado el derrame en la mina Veladero de más de un millón de litros de esa solución.

Así lo determinó el fallo del juez sanjuanino Pablo Ortijta, quien hizo lugar a dos recursos de amparo impulsados por un vecino y por el municipio de Jáchal y que fueron adosados al mismo expediente en el cual se dispuso el cese de actividades de la mina Veladero tras el derrame ocurrido el 12 de septiembre.

La sentencia revela además los resultados de los monitoreos encargados por la firma tras la fuga, que confirman que se produjo un daño ambiental en la zona.

Así, el fallo sacó a la luz varias cuestiones. La primera es la contradicción de la empresa, que públicamente afirmó que no hubo daño ambiental, pero que presentó los resultados de los análisis de laboratorio encargados a la firma SGS que acreditan la presencia de altas dosis de cianuro en la zona.

El magistrado advirtió que aguas arriba del dique Cuesta del Viento "se detectó desde el 13 de septiembre la presencia de cianuro y mercurio en concentraciones altas y que evidentemente fueron consecuencia del derrame ocasionado en la explotación minera".

"Estos aportes hechos por la propia demanda acreditan fehacientemente la contaminación que la actividad de la empresa ha producido", advirtió el magistrado.

Además consideró que "se vulneró el deber de preservación del patrimonio natural", y concluyó: "El derrame pone en riesgo real e inminente el derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano".

Una investigación interna de Minera Argentina Gold concluyó que la fuga se produjo por la combinación de dos circunstancias: la rotura de una válvula y la apertura de una compuerta que tenía que estar cerrada. El juez atribuyó la compuerta abierta al "exceso de agua circulante en el sistema de lixiviación", que es el proceso que se aplica para separar la roca del mineral a través del rociado de cianuro.

Esa anomalía comenzó el 17 de agosto, cuando la planta declaró el "código rojo" y comenzó a implementar un plan de emergencia. "La existencia de esta situación anómala incrementa el riesgo de que por factores externos e imposibles de manejar se produzca un aumenta aún mayor de la cota (nivel) del sistema de lixiviación y que éste llegue al nivel de vertedero y vuelque su contenido hacia el subdren potrerillos", señaló el juez.


 

Veladero: cuatro laboratorios analizarán nuevas muestras de agua

DIARIO HUARPE

Por una resolución del juez Pablo Oritja, de la Segunda Circunscripción Judicial, y a raíz del incidente que tuvo lugar en la mina Veladero, se conformó el Comité Evaluador el cual tiene como función la toma y control en el agua de los afluentes a Jáchal e Iglesia. De la reunión participaron representantes tanto de la Asamblea Jáchal No se Toca, el municipio de Jáchal, la empresa Barrick, la UNCuyo, OSSE y la Secretaría de Gestión Ambiental y Control Minero.

Este pasado miércoles 4 se consensuó entre todas las partes que conforman el Comité, la toma de un total de 19 nuevas muestras de agua de diferentes puntos como son la Cuenca alta en la mina Veladero y otros más abajo, como en la cuenta del Río Jáchal, Colangüil, Angualasto, río La Palca, el río Blanco (a la altura del puente Nueva Esperanza), en San Roque en lo que es la vertiente de Agua Negra y también en la plaza de Jáchal.

Lo novedoso de esto, es que todos estos muestreos de agua serán analizados por cuatro laboratorios distintos. Las muestras de los 19 puntos elegidos a consenso serán analizados por igual en los laboratorios de la Universidad Nacional de San Juan y la UNCuyo. La Policía Minera se encargar de analizar las muestras en otro laboratorio y por último Barrick hará lo mismo en un centro que elijan.

Esto se ha consensuado con todas las partes. Por parte de la Policía Minería estuvo Marcelo Ghiglione, de la Universidad Nacional de San Juan estuvo Alejandra Pitaluga, también participó la gente de Barrick, con sus abogados y personal técnico. Esto se consensuó entre las comunidades, la UNSJ, la UNCuyo, Barrick y la Policía Minera“, afirmó el asambleísta Saúl Zeballos a DiarioHuarpe.com.

Zeballos también explicó que las muestras se tomarán recién el día lunes 16 de noviembre y la otra toma de muestras recién será a los 15 días. Los resultados de los análisis efectuados por los cuatro laboratorios estarán recién dentro de 30 días cada uno y dependiendo del resultado, se podrían repetir o no.

Se han pedido tomas de varias vertientes que dan agua a varias comunidades. En un principio hubo observaciones de que no existían en esos lugares estudios previos para comparaciones, pero el juez Oritja dijo que se debían hacer igual. Estos nuevos análisis van a contemplar la toma de metales disueltos y metales totales“, finalizó Zeballos.


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