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POLÍTICA Y MINERÍA
Zonificación: Los cambios y la infaltable movida judicial
DIARIOS/MINING PRESS

Entre los desacuerdos y las trabas judiciales el debate por el Desarrollo Productivo de Chubut sigue sin tener tratamiento.

04/02/2021
Documentos especiales Mining Press y Enernews
ZONIFICACIÓN CHUBUT: EL PROYECTO DE LEY

(Especial desde Chubut para Mining Press) Finalmente este viernes 5 de febrero no habrá sesión extraordinaria por la cuestión minera chubutense. Los diputados de la Comisión de Desarrollo Económico, Recursos Naturales y Medio Ambiente no se pusieron de acuerdo en la redacción del texto del dictamen.

Así, se abrió un nuevo cuarto intermedio que alarga el suspenso acerca de la suerte de la Zonificación Minera en la Meseta Central.

Los cambios al proyecto

RAÚL FIGUEROA/ADN Sur

Se eleva el Bono Compensador del 2 al 4 por ciento y se crea un derecho de ingreso equivalente a una décima parte de la inversión total de cada proyecto. ADNSUR tuvo acceso al nuevo borrador y analiza en este informe los principales cambios que se discutirán en los próximos días.

Diputados oficialistas que integran la comisión de Recursos Naturales introdujeron una serie de cambios al proyecto 128, de zonificación minera, que motivó la suspensión de la sesión extraordinaria en que se iba a tratar la iniciativa este viernes, para dar tiempo al análisis de las modificaciones. Entre las más salientes, se eleva el bono compensador minero al doble del monto original y se crea un canon inicial de entre 5 y 10% de la inversión total de cada proyecto. Además se da participación a sindicatos y se eleva el monto para municipios que apoyen la iniciativa. Y se reservan fondos para pago de deuda provincial.

 

Uno de los artículos modificados es el número artículo 55, sobre el Bono de Compensación Minera, que en el texto original de la iniciativa se establecía en “hasta un 2%”, lo que implicaba que podría ser menor a ese tope. En el nuevo texto, ese monto se eleva a un 4 por ciento de manera fija, estipulándose que la mitad de ese aporte corresponderá a la empresa provincial Petrominera, “en su carácter de herramienta estratégica del desarrollo de las políticas minera, hidrocarburífera y energética de la Provincia del Chubut”.

Al duplicarse el valor del bono, se dispone además una finalidad más específica de los fondos a distribuir: sobre los 2 puntos restantes, el 70% corresponderá al Tesoro provincial; el 19 por ciento hacia los municipios y comunas rurales de los departamentos Gastre y Telsen (previa adhesión a la ley); el 1% hacia los municipios de esos departamentos que no adhieran a la ley. Y el restante 10%, a los municipios y comunas rurales ubicadas en un radio de 170 kilómetros de la ejecución del proyecto minero correspondiente, en proporción a su cantidad de habitantes. 

Es necesario aclarar que el “Bono Compensador”, que deberán pagar las empresas mineras de manera mensual con el 4% sobre su producción, es independiente del canon de regalías mineras, que es del 3% sobre el valor de boca de mina  del mineral extraído (previo al procesamiento de los metales). En este caso, no hay modificaciones sobre el porcentaje, pero sí se introduce de forma taxativa el modo en que se distribuirán esos fondos.  

En la redacción original de este artículo, bajo el número 52, se establecía que el 80 por ciento corresponde al Estado provincial; el 15 por ciento para los municipios y comisiones de fomento o comunas rurales que adhieran a la ley; un 2,5 por ciento para la autoridad de aplicación de la ley (Ministerio de Hidrocarburos) y otro 2,5 para los controles ambientales. 

En la nueva redacción, se mantiene el 80 por ciento de la regalía minera a favor del Estado provincial; se reduce al 14% la participación de municipios y comunas rurales que adhieran a la ley, reservándose un punto para los municipios que no adhieran. Y se reducen al 1,5 por ciento la participación de Hidrocarburos y Ambiente, de lo que surge un remanente de 2 puntos, que se destinan a los sindicatos involucrados en la actividad, como pueden ser mineros, construcción y camioneros: “Estos aportes estarán destinados a realizar obras de infraestructura destinadas al bienestar social y la salud de sus afiliados”, señala el artículo referente a los gremios.

Otra de las novedades introducidas al proyecto original se observa en el artículo 59: “Adicionalmente al Bono de Compensación minera previsto en el presente artículo, los titulares de emprendimientos mineros deberán abonar por única vez, un Valor de Ingreso al Yacimiento, que será determinado en forma fundada por la autoridad de aplicación de conformidad a las pautas establecidas en la reglamentación de la presente Ley y que no podrá ser inferior al cinco (5%) ni superior al diez por ciento (10%) del total del plan de inversiones a efectuar en los primeros diez años del proyecto”.  

Por ejemplo, en uno de los proyectos en danza se habla de una inversión del orden de los 1.300 millones de dólares, por lo que el Valor de Ingreso se fijaría entre US$ 65 y 130 millones sobre ese proyecto en particular. 

Un 2% de ese valor será coparticipado a los municipios, con mayor proporción a los adherentes a la ley (95 por ciento de lo recaudado) y el resto para los municipios que no adhieran a la norma.
“Los fondos provenientes de este derecho que reciban los municipios serán destinados exclusivamente a obras de infraestructura productiva”, añade el proyecto.

También se establece un cambio en el denominado “Fondo Fiduciario de Infraestructura Económica”, que es un aporte que deberán hacer los concesionarios para financiar obras en los municipios involucrados.

Mientras en el proyecto original se fijaba un valor del 2% sobre la Renta Operativa Industria (ROI), en el nuevo proyecto se eleva al 3 por ciento, entendiéndose a la ROI como la diferencia entre las Ventas Industriales Mineras (“VIM”), el costo de producción y los gastos operativos.  

Otra modificación aparece en relación al Fondo Fiduciario de Sustentabilidad, que si bien estaba contemplado en el proyecto original, aparece en el articulado la creación de un “fondo de reserva para el pago de la Deuda Provincia”, asignando un 17 por ciento del importe total del Fondo Fiduciario de Sustentabilidad.

Minería: suspendieron la sesión y una jueza hizo lugar a una cautelar

DIARIOR JORNADA

Legislatura frenó la Extraordinaria para seguir discutiendo. Pero una decisión judicial abrió las puertas a un conflicto entre poderes.

La sesión extraordinaria de la Legislatura de Chubut que se iba a realizar hoy desde las 8 de manera virtual, en la que el tema central era el debate del proyecto de ley de zonificación minera, fue suspendida sin fecha luego de que la Comisión de Receso dictaminara un “cuarto intermedio”.



Ahora se abre un compás de espera con múltiples posibilidades: en el Gobierno confiaban ayer en que la semana próxima se avanzaría con el tema, pero otros creen que deberá profundizarse el debate con algunos sectores políticos para conseguir que el proyecto tenga más adhesiones.

Otro aspecto que no se puede soslayar es el papel que empezará jugar la Justicia, sobre todo luego de que ayer se conociera la decisión de la jueza de Esquel Alicia Arbilla, que hizo trascender que fue ella quien ordenó suspender la sesión de la Legislatura para atender un reclamo de sectores antimineros, aunque sin embargo la sesión extraordinaria ya estaba suspendida antes de que ella tomara una decisión.


Poroteo

La decisión de dictaminar el cuarto intermedio causó sorpresa porque era sabido de antemano que estaban los votos favorables en la Comisión de Desarrollo Económico, Recursos Naturales y Medio Ambiente de la Legislatura para emitir un dictamen sobre el proyecto de Ley N°128/20, que “establece las bases para la ampliación sustentable de la matriz productiva de la Provincia del Chubut”, conocida como de zonificación minera.

Sin embargo, las fuertes presiones alrededor del tema que vienen haciendo sectores de la oposición al Gobierno provincial terminaron por impedir que la comisión integrada por María Andrea Aguilera (UCR); Sebastián López (exPRO); Carlos Eliceche, Tatiana Goic y Mario Mansilla (Frente de Todos); Carlos Gómez y Roddy Ingram (Chubut al Frente); y Mariela Williams y Rossana Artero (Interbloque), tomara una decisión y obligara a suspender la sesión.

El proyecto tenía la mayoría de esos nueve votos de la Comisión pero, igualmente, no se aprobó un dictamen.

Por el momento no se ha fijado una nueva fecha para que los legisladores chubutenses traten el proyecto, que había generado muchas convocatorias en todo Chubut con movilizaciones y vigilias de sectores pro y antimineros, por lo cual el Ministerio de Seguridad había ordenado a la Policía un operativo especial para evitar incidentes.

Algunos legisladores admitieron en privado que habían recibido amenazas y ese punto habría incidido ayer también para frenar la sesión extraordinaria.

Quién es la jueza

Varias horas después de que la sesión fuera levantada, trascendió un escrito de la jueza Civil, Comercial y Laboral de Esquel, Alicia Arbilla, que hizo lugar a una cautelar presentada por vecinos que se oponen a la minería en la ciudad cordillerana, y decretó de oficio como medida cautelar “la suspensión del tratamiento del Proyecto de Ley 128/20 hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo (arts. 36, 206 y cctes. Del CPCyC. y 1710 del CCCN)”, reza textualmente el fallo de Arbilla, que además ordena notificar al Poder Legislativo y al Ejecutivo de tal medida.

Arbilla había recibido el pedido de los antimineros hace varias semanas y se declaró incompetente, y lo trasladó al Superior Tribunal de Justicia para que resuelva. Pero el STJ lo devolvió a su Juzgado por considerar que era un tema que le correspondía resolver a la jueza, que ahora actuó con inusitada celeridad.

La decisión de Arbilla, igualmente, fue extemporánea. Es decir, se tomó cuando la sesión ya había sido suspendida. Pero ahora le agrega un condimento judicial al tema que hasta ahora no estaba contemplado.

Arbilla es la misma jueza que tiene un pedido de juicio político y fue imputada a finales de diciembre por la fiscal de Esquel, María Bottini, quien abrió una investigación e imputó penalmente a la magistrada y a un grupo de abogados encabezados por el presidente del Colegio de Abogados de Esquel, José María Venancio, por delitos vinculados a una maniobra de estafa y por el intento de desapoderamiento de activos del Grupo Indalo.

Los hechos apuntan a diversas acciones contra el frigorífico Establecimiento Santa Elena SA -con aval judicial- que, enmascaradas en presuntas demandas laborales, le permitieron a la organización investigada hacerse de bienes a través de remates y embargos que ahora están bajo la lupa.

A continuación el texto completo del fallo

Esquel, febrero de 2021.-

AUTOS Y VISTOS:

Que en el día de la fecha he tomado conocimiento del oficio N° 006/CSA/2021 comunicado a la suscripta mediante INODI N° 211207-0 donde se informa que el Superior Tribunal de Justicia se declaró incompetente y dispuso devolver el expediente al Jugado de Origen, el cual aún no ha sido recibido.-

Por otra parte, en el día de la fecha, la parte actora presentó un escrito en formato papel (ya que el sistema no permite el ingreso de escritos digitales cuando el expediente se encuentra fuera del Juzgado) con pedido de pronto despacho, informando que el Gobernador, Sr. Mariano Arcioni, habría convocado a sesión extraordinaria para el día 5/2/2021 a las 8 hs. para que la Legislatura trate de manera virtual el Proyecto Ley 128/20, cuya nulidad se pretende en autos conforme se visualiza en las piezas digitalizadas en el sistema Libra que tengo a la vista en este acto. Por esta razón solicita que se resuelva la medida autosatisfactiva planteada.

Que más allá de la recepción del INODI ya mencionado, lo cierto es que aún no se cuenta con el Expediente físico ni con la totalidad de la prueba aportada por la actora, necesaria a los fines de tratar la cuestión de fondo.

Además no puedo dejar de señalar que la rapidez del proceso nunca puede implicar el desprecio del principio de contradicción, razón por la cual entiendo necesario garantizar un mínimo e indispensable contradictorio.

Es que, si bien en algunos excepcionales supuestos pueden resolverse las medidas autosatisfactivas inaudita parte, por ejemplo en casos donde se requieren prácticas médicas urgentes, en el caso de autos es posible dictar una medida cautelar de oficio que garantice los derechos de ambas partes y el resguardo del debido proceso.-

No puedo dejar de señalar que resolviéndose la cuestión de fondo sin haber escuchado a la otra parte, como lo pretenden los actores, se corre el riesgo de vulnerar cuanto menos dos derechos de raigambre constitucional: el de ser oído y el debido proceso (arts. 16, 18 , 75 inc. 22 y cctes. de la Constitución Nacional y art. 8° del Pacto de San José de Costa Rica). En consecuencia, a fin de evitar de evitar situaciones como las señaladas, una vez recibido el expediente físico y la documental del STJ se proveerá el traslado respectivo.-

En razón de todo lo expuesto, teniendo en cuenta además el deber de prevención del daño que impone el art. 1710 del CCCN y no encontrándose aún el expediente físico en este Juzgado, ni el pen drive que fue ofrecido como prueba, y en atención a la proximidad de la sesión extraordinaria que se menciona en el escrito en despacho, SE DECRETA DE OFICIO COMO MEDIDA CAUTELAR la suspensión del tratamiento del Proyecto de Ley 128/20 hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo (arts. 36, 206 y cctes. Del CPCyC. y 1710 del CCCN). NOTIFIQUESE POR OFICIO AL PODER LEGISLATIVO Y EJECUTIVO. Asimismo, en virtud de la urgencia podrá notificarse la presente medida en el teléfono fijo, teléfono móvil, Email o whatsapp, por Secretaría. A cuyo fin la parte actora deberá informar las direcciones electrónicas o números de teléfonos donde se practicará la notificación correspondiente. (Acuerdo Plenario N° 4870/2020; 4881/2020 y ccdtes). Habilítese día y hora para la notificación de la medida ordenada.-

Hágase saber que ya se encuentra habilitada la recepción de escritos digitales en los presentes autos, razón por la cual la parte actora deberá digitalizar el escrito presentado en el día de la fecha en formato papel.-

Resérvese en Secretaría el escrito y la copia de la presente resolución para ser agregado en la oportunidad que el Expediente sea remitido a este Juzgado.-

 


PUBLICADO AYER

Ayer comenzó el tratamiento en la Comisión de Recursos Naturales de la Legislatura de Rawson, para analizar un único punto incluido en la convocatoria de sesión extraordinaria para este viernes, que fue el proyecto 128/20 de Desarrollo Productivo de la Meseta que habilita la minería a partir de la zonificación del territorio.

Mientras tanto, en el "conteo de porotos", los mentidores de la política chubutenses arriesgaban que la ley impulsada por Mariano Arcioni podía contar hasta con 17 votos a favor, según los pronósticos más optimistas del oficialismo y 14, según los augurios más conservadores.

No hubo tiempo y cerca de las 21, los legisladores pasaron a un cuarto intermedio y hoy se podrá saber si hay o no dictamen para aprobar o rechazar la propuesta del gobierno y cuáles serían las reformas consensuadas entre el oficialismo y la oposición.

Los 88 artículos enfrascaron a los diputados, con foco en dos cuestiones: el control medioambiental de las explotaciones mineras - léase Navidad - y el reparto de la renta minera.

La comisión está integrada por nueve diputados: además del presidente, que es el justicialista Eliceche, la radical Andrea Aguilera; el madrynense Sebastián López; los justicialistas Tatiana Goic y Mario Mansilla; y los cuatro miembros de Chubut al Frente, Carlos Gómez, Roddy Ingram, Mariela Williams y Rossana Artero.

Voces. Según ADNSUR, Artero, ex intendente de Rawson, dijo que no es antiminería pero que necesitaba más tiempo para analizar las reformas. Excusas remanidas en la historia reciente de Chubut.

REFORMAS

Nuevos repasos a los mapas de “exclusión absoluta de los ríos Chubut y Telsen” y análisis de la cadena de valor y rentas. Es clave la reglamentación del compre local y empleo local para operarios sino y profesionales.

La idea es fijar un index de "antigüedad" a los fines de incorporarlos como "proveedor local"; e incorporar un Retorno de la inversión (ROI) del 2% y mecanismos diversos: Bono de Compensación Minera, Fondo Fiduciario para Infraestructura y Fondo Fiduciario de Sustentabilidad.

 

También el rol de Petrominera en la distribución de los fondos de regalías a través del fondo de compensación para fortalecer y organizar el área minera; y mecanismos que permitan la participación de Petrominera en las explotaciones mineras que se habiliten.

Todo eso está presente en estas conversaciones de toma y daca.

Controles medioambientales y sociales

Otro punto es el control por parte de universidades e instituciones científico- técnicas como apoyo a la Secretaría de Ciencia y Tecnología e Innovación, dentro de los centros que conforman el observatorio; Incorporar al artículo 30 al colegio de profesionales. Y la formación de un "Centro de Investigación para el desarrollo de la actividad Minera", dijo ADNSUR.

Aquí aparece otra vez el reparto de la renta minera estatal: Los fondos de regalías solventarísn tres centros del Observatorio (artículo 25 y 69). Además de garantizar la atención eficaz de los mineros en accidentes graves en zonas remotas que contemple la posibilidad de realizar traslados aéreos; capacitaciones articuladas con los colegios profesionales de Chubut.

Todo profesional alcanzado por esta ley deberá estar matriculado en el Colegio profesional respectivo. 

Y se debate la creación  de una unidad denominada Fiscalía ambiental.

Un matiz de esta ley es que los municipios que quieran usufructuar regalías y fondos mineros deberán adherir a esta norma. Es decir, no se podría rechazar con una mano y recibir gabelas con la otra.

Linares, persona no grata en el PJ de la Meseta

La jugada audaz de Carlos Linares parece estar terminando como un gesto solitario. Muchos creen que su rechazo tuvo que ver mucho con un adelanto mal calculado de sus apetencias electorales, utilizando la minería como pretexto. Así se lo hicieron saber, en un duro comunicado, los peronistas de la Mesta Central de Chubut:

"Linares debería ser el primero en estar defendiendo los intereses de la Meseta”, condenó Marina Barrera, exintendenta de Las Plumas y Congresal Nacional del PJ.  “Si nuestro partido no escucha a los referentes locales, estamos en serios problemas”.“estamos totalmente en contra de lo que ha expresado el presidente del partido. Sí es tiempo de apuro, porque la meseta pasa una situación muy desesperante”, dijo en alusión al documento “No es tiempo de apuros” que difundió en nombre del Partido Justicialista.

“La iniciativa de impulsar minería está respaldada por el gobierno nacional, mediante el Plan Estratégico de Desarrollo Minero que propone Alberto Fernández. No entendemos por qué cuando gobernaba Macri y vino Aranguren a Telsen, Linares junto a muchos intendentes estuvieron en esa Cumbre pidiendo por minería, y ahora que gobierna el peronismo no. No se entiende esta posición de negarse a apoyar este proyecto, que tanto se necesita”.

Movilizaciones antis

Mientras tanto, la tensión está puesta en lo que puedan hacer los simpatizantes de la anti minería, en Esquel, donde tienen su bastión más fuerte y otras ciudades. Aunque la sesión de mañana viernes a las 8 de la mañana se realizará bajo la modalidad de videoconferencia, como ha venido ocurriendo en anteriores ocasiones, habrá manifestaciones callejeras. Que intentarán torcer el rumbo que pareciera estar tomando la política de Chubut con respecto al aval a la reclamada minería en la Meseta. 


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