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NEGOCIOS M&E
Corredores de Seguros VIP: La mejor cobertura del Perú en Trabajo de Riesgo
MINING PRESS
01/07/2020

La singular actualidad del Perú ha vuelto a poner de relieve en el mundo empresario la importancia de contar con seguros que brinden tranquilidad y eficiencia.

Una de estas opciones es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) como el que ofrece Corredores de Seguros VIP, la bróker de seguros que opera desde 2003 a partir de la experiencia de más de 40 años de Elizabeth Querol, quien ocupó cargos gerenciales, asesoramiento y corretajes en el mercado asegurador peruano. En 2008, Corredores VIP fue pionera en el Perú en ofrecer cotizadores en línea para facilitar la información a sus clientes.

“Estamos supervisados y aprobados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP con registro J0645 y contamos con operaciones a nivel nacional. Trabajamos con las principales aseguradoras del mercado como La Positiva, Pacífico, Rímac, Mapfre, HDI, CHUBB, entre otras”, detaca Miguel Arana, CEO de Corredores VIP.

“No somos un simple comparador de seguros, somos corredores/broker de Seguros y asesoramos antes de contratar la póliza y al momento de necesitar la cobertura. Tenemos el compromiso de brindar la más alta calidad de servicio, garantizando mejor cobertura, menor costo y atención a nuestros clientes”, explica Arana.

Brindamos un asesoramiento personalizado y flexible que se adapta a las necesidades de cada uno de los clientes, y a las realidades de las pequeñas, medianas y grandes empresas.

SCTR Salud y Pensión

+ Desde S/. 94.40 al mes por todos los trabajadores  SCTR Pensión (incluye IGV)

+ Desde S/. 97.23 al mes por todos los trabajadores SCTR Salud (incluye IGV)

Como al contratar cualquier seguro, hacerlo con Corredores de Seguros VIP no pierde ningún beneficio de hacerlo directamente con la aseguradora y recibe asesoría independiente al momento de la contratación. Además, en caso de accidente, ayudamos en los trámites y velamos por sus intereses ante las aseguradoras.

Coberturas y exclusiones

+ La Cobertura de Salud, la cual es ofrecida por las entidades prestadoras de Salud (EPS).

+ La Cobertura de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio la cual es ofrecida por las Compañías de Seguros.

SCTR Salud: La Entidad Prestadora de Salud (EPS) otorgará al trabajador como mínimo las siguientes prestaciones:

+ Atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera fuere su nivel de complejidad hasta la recuperación total del asegurado, la declaración de invalidez total o parcial permanente o su fallecimiento. y será igual para todos los trabajadores, cualquiera que fuere su nivel remunerativo.

+ Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional a la Entidad Empleadora y a los Asegurados.

+ El asegurado conserva su derecho de ser atendido por el Seguro Social en Salud con posterioridad al alta o la declaración de invalidez permanente.

+ Rehabilitación y readaptación laboral al asegurado inválido bajo este seguro.

+ Aparatos de prótesis y ortopédicos que necesite el asegurado bajo este seguro.

SCTR Pensión: La Compañía de Seguros otorga cobertura de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio otorga las siguientes prestaciones:

 Pensión de Sobrevivencia: La Aseguradora pagará pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado.

Pensión de Invalidez: La Aseguradora pagará pensiones de invalidez al asegurado que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional quedara en situación de invalidez.

Gastos de Sepelio: En caso de fallecimiento de un asegurado, la Compañía de Seguros reembolsará los gastos de sepelio a la persona natural o jurídica que los hubiera sufragado, previa presentación de los documentos originales que sustenten dicho gasto.

Exclusiones en el SCTR

+ Lesiones voluntariamente autoinfligidas o derivadas de tentativa de autoeliminación.

+ Procedimientos o terapias que no contribuyen a la recuperación o rehabilitación del paciente de naturaleza cosmética, estética o suntuaria, cirugías electivas (no recuperativas ni rehabilitadoras) cirugía plástica, odontología de estética, tratamiento de periodoncia y ortodoncia; curas de reposo y del sueño, lentes de contacto. Sin embargo, serán obligatoriamente cubiertos los tratamientos de cirugía plástica reconstructiva o reparativa exigibles como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.

Marco Legal del SCTR

El Seguro SCTR fue creado para cubrir Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales por la Ley 26.790 (de Modernización de la Seguridad Social en Salud) que reemplazó al Seguro por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (SEGATEP) de la Ley 18846 (derogada) que amparaba exclusivamente a los trabajadores obreros y era administrado por el IPSS, ahora EsSalud.

El SCTR está regulado por la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y  su Reglamento; el Decreto Supremo N° 003-98-SA,  las Normas Técnicas del SCTR; el Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal de Salud (Ley N° 29344).

Beneficios del SCRT

Contratar un Seguro SCTR de Trabajo de Riesgo, como el que ofrece Corredores de Seguros VIP, evita multas, incomodidades y demoras. La cobertura puede ser mensual, trimestral, semestral o anual. La opción mensual no necesariamente es por mes entero,  podemos otorgar los 30 días de cobertura desde cualquier día del mes. 

“Las constancias demoran minutos para poder trabajar sin preocupaciones. Le gestionamos con las aseguradoras los mejores beneficios como charlas, capacitaciones presenciales o a distancias, afiches o señales, etc”, dice Arana.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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Corredores de Seguros VIP nace en el 2003 de la experiencia de mas de 40 años en el mercado asegurador de su fundadora, quien llegó a ocupar cargos gerenciales en las principales compañías aseguradoras. Desde 1994 se dedicó al asesoramiento y corretaje de seguros.

Los primeros en el Perú en ofrecer cotizadores en línea para facilitar la información de los clientes. Desde el 2008 los cotizadores online revolucionan el mercado asegurador peruano.

Supervisados y aprobados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP con registro J0645 y cuentan con operaciones a nivel nacional. Trabajan con las principales aseguradoras del mercado como La Positiva, Pacífico, Rímac, Mapfre, Sanitas, CHUBB, Protecta, Quálitas, entre otras.

Especializados en Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, TREC y Seguros Patrimoniales.

 

Contacto/s:
- Miguel Arana
Dirección/es
- Tambo de Oro 154 Santiago de Surco
Provincia
- Lima, Perú
Teléfono/s
- 511-3450008
Rubros
- Seguros

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