A través del Decreto 271/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo promulgó la modificación de la norma vigente desde 2010.
El Boletín Oficial de la República Argentina publicó el Decreto 271/2026, mediante el cual el Gobierno Nacional oficializa la promulgación de la Ley 27.804. Esta normativa introduce modificaciones sustanciales al marco regulatorio de los glaciares y el ambiente periglaciar, vigente en el país desde hace más de 15 años.
La reforma apunta a actualizar los criterios científicos y técnicos bajo los cuales se rige el Inventario Nacional de Glaciares, un tema que ha sido objeto de debate en el Congreso y en los sectores industriales, mineros y ambientales durante el último año.
Alcances de la modificación
La Ley 27.804 busca armonizar la protección del recurso hídrico —objetivo central de la ley original (Ley 26.639)— con una mayor precisión técnica en los estándares de medición y zonificación. Según el texto promulgado, los cambios principales se concentran en tres ejes:
+ Refinamiento de definiciones técnicas: Se establecen criterios de mayor precisión científica para distinguir entre formaciones de hielo con valor hidrológico y aquellas que, por su escala o naturaleza, no cumplen con dicha función en las cuencas.
+ Metodología de Inventario: La nueva ley instaura mecanismos para la actualización dinámica del inventario, utilizando tecnologías de monitoreo satelital y estudios geológicos de mayor resolución, permitiendo que la categorización de las áreas sea revisable ante cambios en las condiciones climáticas o geológicas.
+ Gestión de zonas periglaciales: Se introduce una distinción más clara sobre el "ambiente periglaciar", orientando la regulación hacia la gestión de riesgos y la protección del permafrost con función hídrica, en sintonía con las mejores prácticas internacionales en jurisdicciones mineras.
Desde el Ejecutivo, se subrayó que la reforma no implica una relajación de las medidas de protección ambiental, sino una "adecuación técnica necesaria" para otorgar seguridad jurídica a las provincias, que son las dueñas originarias de los recursos naturales. El objetivo declarado de la modificación es evitar interpretaciones discrecionales que, en el pasado, generaron litigios administrativos y detuvieron el desarrollo de actividades productivas en áreas donde no existía evidencia científica de afectación glaciar.
La norma establece que la autoridad de aplicación deberá trabajar en conjunto con las provincias para validar los relevamientos técnicos, promoviendo un enfoque basado en datos empíricos y estudios de impacto ambiental específicos para cada proyecto.
Próximos pasos
Con la promulgación efectivizada, el foco se traslada ahora a la reglamentación de la ley. El Poder Ejecutivo deberá definir en los próximos meses los plazos para que el IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales) y las autoridades provinciales ajusten los inventarios vigentes a los nuevos criterios establecidos por la Ley 27.804.
El sector minero ha recibido la noticia con expectativa, señalando que la claridad normativa es un paso indispensable para reactivar la exploración en la cordillera, permitiendo una planificación de proyectos a largo plazo bajo estándares ambientales que sean tanto rigurosos como técnicamente aplicables.