La discusión por la reforma de la Ley de Glaciares sumó un nuevo capítulo en la Cámara de Diputados, donde comenzaron a delinearse los criterios que podrían redefinir el alcance de la protección ambiental en zonas cordilleranas y su impacto sobre actividades productivas como la minería.
El debate se da luego de que el Senado otorgara media sanción a la iniciativa, que propone modificar el régimen vigente desde 2010 y avanzar hacia un esquema con mayor participación de las provincias en la definición de áreas protegidas.
Nuevos criterios: foco en la función hídrica
Uno de los ejes centrales del proyecto es la redefinición del objeto de protección. A diferencia del marco actual, que resguarda de manera amplia a los glaciares y al ambiente periglacial, la nueva propuesta pone el foco en aquellos cuerpos de hielo que cumplan una “función hídrica efectiva”.
Esto implica que no todos los glaciares quedarían automáticamente protegidos, sino únicamente aquellos que sean considerados estratégicos para la provisión de agua o la recarga de cuencas.
En esa línea, el texto establece que serán las autoridades provinciales las encargadas de identificar, con base técnica, qué áreas cumplen ese rol, reforzando así el principio de dominio provincial sobre los recursos naturales.
Más poder a las provincias
El avance del proyecto consolida un cambio de enfoque: de un esquema de presupuestos mínimos nacionales a uno con mayor margen de decisión para las jurisdicciones locales.
Cada provincia podrá definir qué glaciares y geoformas periglaciales quedan bajo protección y en cuáles podrían habilitarse actividades económicas, siempre que no se afecte la función hídrica comprobada.
Este punto es clave para provincias cordilleranas que buscan atraer inversiones en minería e hidrocarburos, sectores que hoy enfrentan restricciones en amplias zonas del territorio.
Qué cambia respecto a la ley vigente
La Ley de Glaciares actual establece la protección de estos cuerpos como reservas estratégicas de agua dulce y prohíbe actividades como la minería, la explotación hidrocarburífera o la construcción de infraestructura que pueda alterar su estado natural.
Con la reforma en discusión, esas restricciones se mantendrían, pero solo en los casos donde se verifique la relevancia hídrica del glaciar o del ambiente periglacial.
Esto abre la posibilidad de habilitar proyectos en áreas que hoy están alcanzadas por la normativa, pero que no serían consideradas críticas desde el punto de vista del recurso hídrico.
Debate abierto: ambiente vs. desarrollo
El proyecto genera posiciones encontradas. Desde el oficialismo y sectores productivos sostienen que la modificación permitirá “ordenar” el marco normativo y destrabar inversiones en zonas actualmente restringidas.
En cambio, organizaciones ambientalistas advierten que la iniciativa podría reducir la superficie protegida y debilitar el espíritu original de la ley, al dejar en manos de las provincias la determinación de los límites de protección.
Con el debate ya en marcha, la Cámara de Diputados se encamina a una discusión clave que podría redefinir el equilibrio entre desarrollo económico y preservación ambiental en la Argentina.