Tal como estaba previsto, el Senado dio media sanción a la Ley de Glaciares con ocho cambios al proyecto que ingresó y ahora será el turno de Diputados.
Con manifestaciones ambientalistas en la puerta del Congreso, el proyecto logró la aprobación con 40 votos afirmativos y 31 en contra y 1 abstención.
El proyecto introduce precisiones técnicas y conceptuales al régimen vigente, con el argumento de fortalecer su aplicación y reducir los márgenes de ambigüedad que, según distintos actores del sector jurídico y productivo, han generado conflictos de interpretación y controversias judiciales en los últimos años.
LOS CAMBIOS
Artículo 2 (sustituye al 3° de la Ley N° 26.639): “Créase el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán los glaciares y las geoformas periglaciales existentes en el territorio nacional que actúen como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas”.
Artículo 3° bis a la Ley N° 26.639: “En virtud del principio precautorio, todos los glaciares y geoformas periglaciales que se encuentren incluidos en el Inventario Nacional de Glaciares serán considerados como parte del objeto protegido de la presente ley hasta tanto la autoridad competente verifique la inexistencia de las funciones hídricas mencionadas en el primer párrafo del artículo 1°.”
“A partir del momento en que la autoridad competente constate, sobre la base de estudios técnico-científicos, que un glaciar o geoforma periglacial incluida en el Inventario Nacional de Glaciares no cumple con las funciones previstas en el primer párrafo del artículo 1°”.
Artículo 4° : “El inventario y monitoreo del estado de los glaciares y de las geoformas periglaciales”.
La autoridad competente que detectare en su territorio un glaciar o geoforma periglacial que cumpla con alguna de las funciones hídricas previstas en el primer párrafo del artículo 1°”
Artículo 5°.- Sustitúyese el artículo 6° de la Ley N° 26.639 por el siguiente: ARTÍCULO 6° — Actividades prohibidas. En los glaciares y en el ambiente periglacial identificados por la autoridad competente de la jurisdicción respectiva conforme a lo dispuesto por el apartado 1) del artículo 8°, quedan prohibidas las actividades que puedan alterar de modo relevante , en los términos del artículo 27 de la Ley General del Ambiente N° 25.675, su condición natural o las funciones hídricas señaladas por el artículo 1°, incluyendo las que impliquen su destrucción o traslado, o interfieran en su avance,
Artículo 6°: “Las evaluaciones deberán garantizar una instancia de participación ciudadana de acuerdo a lo establecido por los artículos 19, 20 y 21 de la Ley General del Ambiente N° 25.675.”
Con el artículo 7° la autoridad competente de las provincias deberá “notificar” al IANIGLA sobre los glaciares y geoformas periglaciares existentes.
Por otro lado se dio una incorporación de última hora al Dictamen OD 700.
EL DEBATE
"Esta ley es profundamente política porque hablamos de ideas respecto a cómo crece, se desarrolla y se construye la riqueza en Argentina. Los recursos van a seguir enterrados con esta concepción retrógrada de no poder explotar los propios recursos naturales", señala Patricia Bullrich.
"Esto no es una modificación técnica a la Ley de Glaciares. Esta es una ley que flexibiliza estándares ambientales, es un retroceso y un cambio de paradigma. Pasamos de un paradigma científico, técnico y rígido a un criterio discrecional y político", advierte Anabel Sagasti.
"El objetivo de la reforma es compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo productivo y las competencias provinciales. Es una irresponsabilidad declamar bandera sin conocer la norma, ni las realidades en donde convive la actividad minera", afirmó el senador Flavio Fama.
"En las provincias no es la decisión política de un gobernador la que habilita o no un proyecto. Eso es faltarle el respeto a los cuerpos técnicos de muchas provincias, donde hay técnicos capaces. Qué les hace creen que los técnicos de Nación son mejores", explicó Flavia Royon.
Agregó que "Se quiere mostrar como si se le entregara la llave a los gobernadores. Acá en esta Cámara tenemos exgobernadores y conocen perfectamente que no es la decisión política de un gobernador lo que habilita un proyecto”, disparó. Y siguió: “Es faltarle el respeto a los equipos técnicos. ¿Qué nos hace creer que los cuerpos nacionales son mejores que los de las provincias? Seamos responsables cuando hacemos este tipo de declaraciones”. Terminó su argumentación con un encuadre numérico. Dijo que en la provincia de San Juan el 94% del agua se destina al agro, el 4% al consumo humano y el 1,2% a toda la industria. “El gran consumidor de agua es el agro, no la minería”
"Estamos ante una discusión del país que queremos construir y del equilibrio que debemos garantizar. No podemos hipotecar nuestros recursos estratégicos. Cuando el desarrollo sostenible se apoya sobre una sólida institucionalidad, es posible", Sonia Rojas Decut.
"Entendemos que este proyecto está muy mal redactado y eso va a generar muchas interpretaciones. No quiero que esa interpretación quede en manos de ningún gobernador. Como estaba la Ley de Glaciares anterior es mejor que esta, por eso votaremos en contra", explica José María Carambia.
"Esta ley no vulnera ninguna garantía consagrada, ni destruye parámetros, solamente establece la posibilidad cierta y concreta para que las provincias puedan ejercer un derecho natural que le consagra la Constitución", explicó Luis Juez.
"Existe tensión entre la preservación de ecosistemas y el progreso económico. Los países con alto nivel de desarrollo la solucionaron con instituciones sólidas, controles eficaces y reglas que cumplen. Estudié este proyecto y no tiene una mirada de equilibrio", advierte Maximiliano Abad.
"Si hay un gobierno que impulsó en Argentina inversiones mineras ha sido el peronismo. La atracción de la minería para el desarrollo fue durante el peronismo. La compatibilidad entre inversiones mineras y preservación del ambiente es fuente del desarrollo", señala Jorge Capitanich.
Tras la aprobación, el gobernador de San Juan, Marcelo Orrego manifestó que "Hoy damos un paso importante para el federalismo y el desarrollo de nuestra provincia. Esta ley reconoce facultades constitucionales de San Juan y fortalece un esquema donde la evaluación ambiental se basa en ciencia y conocimiento del territorio. Somos una provincia de montaña. Vivimos del agua y la cuidamos todos los días. Como sanjuanino defiendo una minería responsable que genere trabajo y que sea parte de la transición energética".