Las facturas de gas en todo el país volverán a registrar un aumento a partir de la suba del recargo que financia los subsidios al consumo residencial en las regiones más frías.
La resolución 718/2025 del Ministerio de Economía eleva de 6% a 6,2% el porcentaje que se aplica sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), un componente que impacta directamente en las boletas de los usuarios.
La resolución establece que "el recargo previsto en el artículo 75 de la ley 25.565 y sus modificatorias será equivalente al seis coma veinte por ciento (6,20 %) sobre el precio de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico (m³) de nueve mil trescientas kilocalorías (9.300 kcal) que ingrese al sistema de ductos en el Territorio Nacional, correspondiendo al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), organismo descentralizado actualmente en la órbita de la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía, ajustar los procedimientos para su facturación en el ámbito de su competencia. El mismo porcentaje de recargo será aplicable a los volúmenes involucrados en el autoconsumo".
El incremento apunta a reforzar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que cubre parte del costo del servicio en aquellas zonas geográficas que, por sus condiciones climáticas, requieren mayores niveles de calefacción. El recargo es trasladado a todos los consumidores del país, sin distinción de categoría o ubicación, a través de los cuadros tarifarios vigentes.
Según se fundamenta en la resolución firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo, la suba del recargo busca cubrir una mayor necesidad de fondos proyectada para el régimen de compensaciones, en un contexto en el que el Estado nacional procura reducir gradualmente los subsidios financiados directamente con transferencias del Tesoro.
El Fondo Fiduciario se creó en 2002 mediante la ley 25.565 y sus posteriores modificaciones, con el objetivo de subsidiar el consumo residencial de gas en zonas frías. Su financiamiento proviene de este recargo sobre el precio del gas en el PIST, que las empresas distribuidoras y comercializadoras trasladan a los usuarios en la facturación mensual.
De acuerdo con el texto oficial, el nuevo porcentaje se aplicará tanto al consumo regular como al autoconsumo de las empresas del sector. La resolución establece que el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) deberá ajustar los procedimientos de facturación para garantizar la correcta aplicación del recargo.
La medida se enmarca en la política de transición hacia un esquema de subsidios energéticos más focalizado. En ese sentido, el decreto 465/2024 había establecido un período de transición, que fue prorrogado hasta el 31 de mayo de 2025, con el fin de concentrar la asistencia estatal en los usuarios más vulnerables.
El nuevo ajuste en el recargo se suma a los aumentos que las tarifas de gas vienen registrando en los últimos meses, como parte del proceso de reestructuración del sector energético iniciado por el Gobierno. Esto se da en un marco en el que, según se explica en el texto de la normativa, el Estado nacional se encuentra “imposibilitado de continuar realizando dichos aportes que funcionaron como un subsidio generalizado a toda la demanda”.
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) será el encargado de definir los detalles operativos para la aplicación de este nuevo esquema en la facturación. Las empresas distribuidoras y comercializadoras deberán adecuar sus sistemas para reflejar el aumento del recargo en las boletas correspondientes a los consumos futuros.
La resolución aclara que las disposiciones serán aplicables a los consumos realizados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de los procedimientos específicos que establecerá el Enargas.