Con la nueva Ley Bases, a la espera de su regulación, se modifica el objetivo de la política energética de Argentina. Ya no será el autoabastecimiento lo que guiará las decisiones en materia de hidrocarburos sino que se prioriza la maximización de la renta petrolera.
Francisco Macías, socio de Marval O'Farrell Mairal, analizó los cambios sustanciales que introducirá la nueva ley bases en la política energética de Argentina y marcó cuatro puntos claves: a libre disponibilidad, las modificaciones a la política energética, el abandono del autoabastecimiento, la no intervención del Estado y la libertad de comercio exterior.
Las modificaciones impuestas en la Ley Bases implican un cambio de 180 grados en aspectos centrales y viene a cambiar un régimen legal caracterizado por una alta intervención del Estado, que se traduce en vulnerables regulaciones, tarifas congeladas, precios concertados y subsidios a los factores. "El cambio de un esquema como el vigente anterior a la sanción de la Ley de Bases, y al que propone la Ley de Bases es sin duda una tarea no fácil", dijo Macías.
Según explicó el socio de Marval, la Ley de Bases introduce una serie de modificaciones que van en contra de otras normas, algunas de las cuales son leyes y que son de un alcance más específico. "Por lo tanto, la regulación que venga a establecer el Poder Ejecutivo y de la que depende la operatividad de muchos de estos cambios, va a tener que establecer mecanismos de transición para que el paso de un régimen como el actual, al régimen que propone la Ley de Bases, se realice de la manera más eficiente y evitando lo más posible los conflictos que se puedan plantear entre actores privados y entre estos y el Estado", enfatizó.
Las modificaciones que introduce la Ley de Bases en materia energética procuran, por un lado, la integración de la Argentina a nivel internacional, y con ello, el acoplamiento de los impuestos internos a los precios internacionales. Y, por otro lado, incrementan la participación, o procuran incrementar la participación de privados, en detrimento del Estado.
"En este sentido estos cambios van a promover el libre comercio, tanto a nivel interno como externo, la libre competencia, organizando el ingreso de nuevos jugadores, y el establecimiento de un marco jurídico que permita el desarrollo de infraestructura energética a través de capitales privados", afirmó Macias.
LOS CAMBIOS QUE TRAE LA LEY BASES
Una de las modificaciones principales es reemplazar el autoabastecimiento por la maximización de la renta petrolera para que sirva de motor a las inversiones y promover el acoplamiento de los precios internos con los internacionales. "Esto implica que de ahora en más la demanda interna no deberá necesariamente abastecerse de forma prioritaria con producción de gas. Además la ley limita sustancialmente el rol del Estado en ese sector.", remarcó Macías.
De un lado establece la libre comercialización de hidrocarburos y derivados y por otro lado reafirma esto limitando la potestad del poder ejecutivo para intervenir en el mercado y fijar precios.
En materia de comercio exterior se establece la libre exportación e importación de hidrocarburos y derivados. En el caso de las exportaciones van a quedar sujetas a la no objeción por parte de la Secretaría de Energía y las importaciones van a seguir siendo libres sin necesidad de una autorización. La excepción a este principio son las exportaciones de gas natural licuado que si van a requerir una autorización por parte de la Secretaría de Energía que primero debe analizar disponibilidad de gas natural para abastecer el mercado interno y los proyectos de exportación.
El experto de Marval O'Farrell Mairal destaca que dos características fundamentales de estas autorizaciones son su estabilidad y firmeza y el plazo de otorgación de 30 años.
La estabilidad y la firmeza implican que sus titulares van a poder exportar de manera continua y sin restricción de direccionamientos los volúmenes autorizados día por día. Además van a poder acceder, sin restricciones ni interrupciones, tanto al suministro de gas natural para abastecer estos proyectos como a la capacidad de transporte y procesamiento necesaria para implementar. Y, por otro lado, no se van a ver afectadas estas autorizaciones por las modificaciones, marcos regulatorios que se introduzcan con posterioridad.
Cualquier exportación de GNL, bajo el RIGI, o no, va a gozar de estas garantías bajo las autorizaciones que se otorguen de acuerdo con esta región.
La Ley de Bases amplía el ámbito de aplicación de la Ley de Hidrocarburos al incorporar el procesamiento y el almacenamiento subterráneo de gas natural dentro de las actividades que están sujetas a su reglamentación y que se suman a la exploración, explotación, transporte y comercialización que ya estaban reguladas por esta ley.
En cuanto al upstream, es decir a la exploración y producción, las principales modificaciones vienen por el lado de la eliminación de la necesidad de un permiso para empezar la exploración superficial. Y en cuanto a las concesiones de explotación, se acota o se limita el derecho de los concesionarios titulares de concesiones de explotación convencional a pedir la reconversión total o parcial de esas concesiones hasta el 31 de diciembre de 2028.
"En línea con la eliminación del autoabastecimiento como objetivo de la política energética, se elimina la maximización de la producción como criterio para determinar las obligaciones de inversión de los concesionarios. Se faculta a las autoridades de aplicación, nacionales y provinciales, para otorgar concesiones por plazos distintos a los que estaban previstos en la ley de hidrocarburos, pudiendo apartarse hasta 10 años de esos plazos", explicó Macías.
Y agregó que también se modifica el régimen de prórrogas de las concesiones que se otorguen a partir de la entrada en vigencia de la Ley.
Las regalías sí bien serán determinadas caso por caso, en el proceso de adjudicación o en una licitación pública, los oferentes van a poder, desde una base del 15%, poner aumentos o disminuciones a esa alicuota base como una variable de su oferta. Y el resultado se va a ir ajustando conforme a la evolución que registren los precios internacionales de los hidrocarburos. No se modifica, esto es importante, el pago de las regalías conforme a su orden.
Los cambios en el midstream, actividades de transporte, procesamiento y refinación, están orientadas fundamentalmente al ingreso de nuevos agentes y al desarrollo de nueva infraestructura a través de la participación de capitales.
Los actuales cuellos de botella se generan por la falta de infraestructura suficiente para transporte, procesamiento y liquefacción. En este sentido, la ley de bases crea las figuras de la autorización de transporte, la licitación de procesamiento de hidrocarburos y la autorización de almacenamiento subterráneo de gas natural.
La autorización de transporte otorga a su titular el derecho a transportar hidrocarburos a través de oleoductos, gasoductos, instalaciones de almacenamiento y procesamiento y a instalaciones portuarias. "Pero se aclara que las construcciones vigentes van a seguir rigiéndose por los términos y condiciones existentes al momento de su toma".
La autorización de almacenamiento subterráneo de gas natural va a permitir a sus titulares inyectar, depositar y retirar gas natural de yacimientos o reservorios. "A diferencia de las concesiones que existían bajo la ley hidrocarburos las nuevas autorizaciones y habilitaciones se otorgarán en forma directa a quienes cumplan los requisitos de solvencia y experiencia, pero sin necesidad de realizar una licitación pública. No van a estar sujetas a plazo y en caso de extinguirse, las instalaciones no van a revertir al Estado Nacional o a las provincias según donde se encuentren".
Al igual que las concesiones de transporte, las autorizaciones de transporte y las habilitaciones de procesamiento van a estar sujetas a open access. "Es decir, que la capacidad no utilizada en el caso de las autorizaciones de transporte va a tener que ser puesta a disposición de terceros en los mismos precios a condiciones similares y siempre y cuando esto no afecte la utilización de esa capacidad por parte de su equipo".
En el caso de las habilitaciones de procesamiento se prevé que este open access esté limitado al 5% de la capacidad de procesamiento de las instalaciones. Por su parte, las habilitaciones de almacenamiento no van a estar sujetas a open access y hay obligación de almacenar gas de terceros.
En materia ambiental para el sector hidrocarburos puntualmente, retoma la disposición de la ley de 17.007 que prevén que el Estado, el Poder Ejecutivo, junto con las provincias, elaboren una normativa uniforme aplicándola en todo el territorio, que adapte las mejores prácticas en materia ambiental para que el desarrollo se realice de conformidad con un nivel adecuado de protección.
Las licencias de transporte y distribución de gas natural tendrán una extensión del plazo de prórroga de 10 a 20 años, "lo cual, en el marco de las renegociaciones de las licencias que fueron aceptadas por la emergencia declarada por la Administración, resulta procedente contemplar esta prórroga por el plazo anterior", concluyó el socio experto en energía de Marval O'Farrell Mairal.