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ENERGÍA
Energía oficializó el congelamiento la tarifa de gas
ENERNEWS/MINING PRESS
20/05/2024

A través de la Resolución 224/2024, el Ente Regulador del Gas (ENARGAS) oficializó el congelamiento de la tarifa del gas para acompañar el proceso de “desinflación”.

La Resolución 224/2024 publicada en el Boletín Oficial, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dispuso “mantener inalterados los Cuadros Tarifarios de Transición y de Tasas y Cargos por Servicios vigentes desde el 3 de abril de 2024″.

En la primera semana de mayo, el Ministerio de Economía planteó ante la Secretaría de Energía que “con el objeto de consolidar el proceso de desinflación llevado a cabo por el Gobierno, verificado a la fecha, resulta razonable y prudente postergar en el mes de mayo la aplicación efectiva de las actualizaciones dispuestas en las resoluciones de los Entes antes señaladas y los aumentos del PEST correspondiente a energía eléctrica y del PIST en el gas”.

El ministro de Economía, Luis Caputo, avanzó con el congelamiento de tarifas para evitar su consecuente traslado a precios cuando el Gobierno viene de festejar la baja de la inflación del último mes. La inflación de abril marcó una desaceleración al 8,8% después del 11% de marzo, el 13,2% de febrero, el 20,6% de enero y el 25,5% de diciembre tras la devaluación. Sin embargo, el mes pasado el Indec registró un fuerte aumento en el rubro servicios públicos, que saltó 35,6%, acumularon 110,5% en lo que va del 2024 y 311,6% en los últimos 12 meses. La intención oficial es que el IPC general de mayo vuelva a mostrar una merma.

La inflación de abril perforó los dos dígitos por primera vez en seis meses: se desaceleró al 8,8% y en un año acumuló 289,4%, según informó el martes el Indec. De esta forma, encadenó su cuarto mes consecutivo con tendencia declinante, para tocar el dato más bajo desde octubre pasado en términos mensuales.

El ente oficial de estadísticas agregó que el IPC en los primeros cuatro meses del 2024 alcanzó un 65%. La inflación fue del 25,5% en diciembre, y desde ese momento la variación registra un sesgo bajista a 20,6%, 13,2% y 11% en enero, febrero y marzo, respectivamente. El dato oficial mensual fue levemente mejor a lo esperado por analistas que pronosticaban una mediana con alza del 9%, según el REM del Banco Central. 


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 224/2024

RESOL-2024-224-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

 

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-49689698- -APN-GAL#ENARGAS, la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario N° 1738/1992, el Decreto N° 55/23, y las resoluciones tarifarias publicadas el 3 de abril de 2024; y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 55/23, la Resolución N° RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC y los Acuerdos de Adecuación Transitoria de Tarifas suscriptos entre el 26 y 27 de marzo de 2024, esta Autoridad Regulatoria emitió las Resoluciones N° RESOL-2024-112-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-113-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-114-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-115-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-116-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-117-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, RESOL-2024-118-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-119-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-120-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, RESOL-2024-121-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, N° RESOL-2024-122-APN-DIRECTORIO#ENARGAS y N° RESOL-2024-123-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, mediante las cuales aprobó nuevos cuadros tarifarios de transición a aplicar por las Prestadoras (Artículo 1°) y una fórmula de actualización tarifaria mensual que se aplicaría a partir del mes de mayo de 2024 en adelante (Artículo 2°).

Que el 8 de mayo de 2024 el Ministro de Economía de la Nación, mediante Nota N° NO-2024-47529453-APN-MEC, comunicó a la SECRETARÍA DE ENERGÍA que: “Con el objeto de consolidar el proceso de desinflación llevado a cabo por el Gobierno, verificado a la fecha, resulta razonable y prudente postergar en el mes de mayo la aplicación efectiva de las actualizaciones dispuestas en las resoluciones de los Entes antes señaladas y los aumentos del PEST correspondiente a energía eléctrica y del PIST en el gas”.

Que, en ese sentido, el Ministro de Economía sostuvo que: “Frente a ello, y en el marco de las facultades que le fueran conferidas por el artículo 2° del DNU N° 55/2023, se instruye a esa SECRETARIA DE ENERGIA a fin de que le comunique el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) y el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) la medida adoptada por la presente y procedan exclusivamente a la postergación en el mes de mayo de la aplicación de las actualizaciones dispuestas en las resoluciones mencionadas en el primer párrafo de la presente, para los consumos de mayo 2024”.

Que, por último, expresó que: “…en el marco de las facultades que le fueran conferidas por el artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 55/2023, se instruye a esa SECRETARIA DE ENERGIA a no modificar para los consumos del mes de mayo 2024 los valores previstos en las Resoluciones SE N° 7/2024 y 41/2024 correspondientes al PEST y PIST, respectivamente, debiendo adoptar todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a ello”.

Que también el 8 de mayo de 2024, y mediante Nota N° NO-2024-47637531-APN-SE#MEC, el Secretario de Energía comunicó a esta Autoridad Regulatoria la instrucción impartida por el Ministro de Economía.

Que, en la nota NO-2024-47637635-APN-SE#MEC el Sr. Secretario de Energía -respecto de las localidades abastecidas por gas propano indiluido por redes- instruyó a mantener el valor incluido en los cuadros tarifarios actualmente vigentes, no aplicando lo indicado en el artículo 8º de la Resolución SE N° 41/24.

Que, asimismo, indicó que: “Al respecto, se solicita tenga a bien notificar de la misma a las Empresas Licenciatarias de transporte y distribución de gas natural, adoptar todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo allí dispuesto y, en su caso, celebrar los acuerdos correspondientes en los estrictos términos de la Nota NO-2024-47529453-APN-MEC”.

Que, en atención a ello, y siguiendo expresas instrucciones, esta Autoridad Regulatoria procedió a notificar e informó a las Licenciatarias del Servicio Público de Transporte y Distribución de gas y a REDENGAS S.A. que no se procedería con la actualización tarifaria prevista para el mes de mayo de 2024, por lo que se mantendrían vigentes y sin modificaciones los cuadros tarifarios publicados en el Boletín Oficial el 3 de abril de 2024.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde postergar la actualización tarifaria prevista para el mes de mayo de 2024 según lo establecían las Resoluciones S.E. N° 41/24 y las Resoluciones tarifarias emitidas por esta Autoridad Regulatoria y publicadas en el Boletín Oficial el 3 de abril de 2024.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente del ENARGAS.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 52 inciso f) de la Ley N° 24.076, el Decreto N° 55/23, y la Resolución N° RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Mantener inalterados los Cuadros Tarifarios de Transición y de Tasas y Cargos por Servicios vigentes desde el 3 de abril de 2024 en virtud de los Considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Notificar a las Licenciatarias del servicio público de Transporte y Distribución de gas y a REDENGAS S.A. en los términos del Artículo 41 de Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 3: Registrar; comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.

Carlos Alberto María Casares

e. 20/05/2024 N° 30436/24 v. 20/05/2024

 

Fecha de publicación 20/05/2024


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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