Con acuerdo que permite un desarrollo más sostenible de la producción de litio en el Salar de Atacama
Las partes acordaron modificar el contrato de explotación para mejorar los mecanismos de cálculo de las comisiones que la compañía debe pagar a la Corporación, estableciendo, además, una serie de compromisos para avanzar en el desarrollo de tecnologías de producción más sostenibles, estudios y monitoreos ambientales, investigación y desarrollo, y habilitación de proyectos de valor agregado en el país.
Albemarle tendrá una opción de aumentar su cuota de producción en la medida que implemente nuevas tecnologías de producción. Una vez que la empresa manifieste su interés de ejercer esta opción, Corfo realizará un proceso de Consulta Indígena con las comunidades del Salar y, luego de ello, la compañía deberá obtener los permisos ambientales y demás autorizaciones o permisos sectoriales que corresponda.
Con un acuerdo entre las partes suscrito el pasado 26 de abril, la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) y Albemarle Ltda. Resolvieron, de manera amistosa, el Juicio Arbitral que mantenían desde 2021 ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI).
Este avenimiento, que contempla el pago de US$15.158.993 por parte de Albemarle y la renuncia de ambas partes a ejercer acciones futuras sobre el cálculo y pago de comisiones que generó la controversia, incorpora también modificaciones al contrato de explotación (denominadas “Anexo 2024”) que mejoran su funcionamiento y operación regular en aspectos muy relevantes para el futuro del Salar de Atacama.
“Los ajustes en los contratos reflejan los acuerdos alcanzados para perfeccionar los mecanismos de cálculo de las comisiones que la empresa norteamericana debe pagar a la Corporación por la explotación del litio, sin que ello implique cambiar el esquema de rango de precios y tasas progresivas y marginales ya definido en 2016. Pero junto con ello se establecen también una serie de cláusulas que permiten proyectar una producción con estándares más altos de sostenibilidad en el Salar de Atacama, en línea con las definiciones de la Estrategia Nacional del Litio (ENL), presentada en abril del año pasado por el Presidente Gabriel Boric”, destacó el vicepresidente ejecutivo de Corfo, José Miguel Benavente.
El “Anexo 24”
Entre las modificaciones más relevantes contenidas en el “Anexo 2024” se cuentan la incorporación de auditores contractuales y ambientales que reporten a las partes respecto del adecuado cumplimiento en materia de pagos y de obligaciones ambientales.
Esto último se refuerza con una nueva cláusula sobre cumplimiento ambiental que contempla la implementación de un sistema de monitoreo en línea; la colaboración de Albemarle en el desarrollo de estudios que lidere Corfo; la entrega de información técnica, productiva, geológica, hidrogeológica y ambiental; y el compromiso de la compañía de participar y trabajar conjuntamente con Corfo y/o con otros actores de la cuenca del Salar de Atacama en el desarrollo de un modelo hidrogeológico integral y/o el monitoreo integrado del conjunto del Salar, entre otros aspectos.
En línea con los objetivos de avanzar en la sostenibilidad de la industria que promueve la Estrategia Nacional del Litio, se agregan también dos nuevas cláusulas que comprometen los mejores esfuerzos de la compañía para la utilización de energías limpias y para disminuir los requerimientos de agua industrial en sus procesos productivos hasta su total reemplazo por soluciones alternativas.
Opción de cuota asociada a nuevas tecnologías
Corfo y Albemarle acordaron también una nueva cláusula que establece una opción que permitiría a la empresa ampliar su cuota de producción en 240.000 toneladas de Litio Metálico Equivalente (LME), en la medida que pruebe y valide el uso de nuevas tecnologías ambientalmente más sostenibles (como por ejemplo la extracción directa o DLE). Para ello, una vez que la compañía manifieste su intención de hacer uso de la opción, Corfo deberá llevar adelante un proceso de Consulta Indígena y la empresa deberá cumplir otras exigencias previas para acceder a esta nueva cuota adicional a la pactada en el año 2016.
“Entre las condiciones acordadas con Albemarle se cuenta el desarrollo de pilotajes que confirmen que la implementación de las nuevas tecnologías de extracción permite alcanzar niveles de eficiencia de a lo menos un 60% en la recuperación de litio. Y todo ello debe estar acompañado de la obtención, por parte de la empresa, de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) y las autorizaciones de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN), además de la entrega a Corfo de un plan de inversiones asociado al proyecto”, explicó Benavente.
El vicepresidente ejecutivo de Corfo añadió que “previo al cierre definitivo del acuerdo que pone término al arbitraje se informó también sobre las principales mejoras contractuales al Consejo de Pueblos Atacameños (CPA)”.
I+D y valor agregado
Si bien se mantienen los montos comprometidos en el contrato del 2016 como Aportes para Investigación y Desarrollo (I+D), en el reciente acuerdo se amplían las temáticas para el uso de estos recursos, incluyendo entre ellas la conservación ambiental. Albemarle se obliga también a hacer sus mejores esfuerzos para vender a entidades de I+D productos de litio u otros productos, a precio y condiciones de mercado, y se compromete a cooperar y colaborar en materias de desarrollo de nuevas tecnologías, desarrollo de conocimiento, transferencia tecnológica, pilotajes y todas aquellas iniciativas tendientes a generar espacios de intercambio con Corfo u otra entidad que ésta designe, como puede ser el futuro instituto tecnológico de Litio y Salares.
En el Anexo 2024 se ajusta también la cláusula sobre “Precio Preferente” pactada en 2016, con el objeto de mejorar su implementación. Así, una vez que entren en vigencia las modificaciones, empresas chilenas y extranjeras establecidas en Chile (“Productores Especializados" de productos de litio) podrán pactar de mejor manera y con mayor flexibilidad con Albemarle un suministro de largo plazo de carbonato de litio (hidróxido de litio y cloruro de litio en la medida que estos 2 últimos productos la compañía los produzca) y que permita el desarrollo de proyectos de mayor valor agregado en el país, otro aspecto muy relevante en el marco de la Estrategia Nacional del Litio.
El resto de los compromisos de Albemarle pactados en 2016, tales como, los pagos sobre precio de mercado consumidor final fuera del grupo, el plazo de vigencia contractual hasta 2043, las opciones de compra sobre los activos en el Salar de Atacama y las causales de terminación anticipada de contrato, se mantienen inalterables.
Otros antecedentes
La Corporación de Fomento de la Producción es titular de pertenencias mineras ubicadas en el Salar de Atacama, parte de las cuales son actualmente explotadas por Albemarle Ltda. en virtud de un contrato de explotación suscrito por Corfo el 13 de agosto de 1980 con la empresa norteamericana “Foote Minerals Company”, hoy Albemarle US Inc., modificado el 25 de noviembre de 2016.
Con fecha 19 de febrero de 2021, Corfo presentó una solicitud de arbitraje ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por las diferencias entre las partes respecto del cálculo de pago de comisiones, solicitando el pago de las diferencias que a juicio de la Corporación se habían producido en 2020 y todas las que se produjeran durante el transcurso del juicio, además de todos los demás derechos e indemnizaciones.
El acuerdo recién alcanzado zanja estas diferencias y entrará en vigencia una vez que el tribunal arbitral dicte el laudo que pone fin al arbitraje y que la Contraloría General de la República tome razón de la resolución que apruebe el Anexo 2024.