Una semana después de enviar el proyecto a la Legislatura, el Ejecutivo destina ese dinero para el fideicomiso creado el año pasado
MARTÍN FERNÁNDEZ RUSSO
El gobierno de Mendoza destinó $400 millones para el desarrollo del Polo Logístico y de Servicios Pata Mora, emplazado a 300 km al sur de la ciudad de Malargüe. Se trata de un enclave estratégico para la actividad petrolera y minera de la zona.
Cabe destacar que la semana pasada el Ejecutivo envió a la Legislatura el proyecto que se complementa con estas acciones, para crear efectivamente el parque industrial que albergará a operadoras petroleras y mineras.
Anteriormente hubo otra aprobación legislativa para la expropiación del terreno de 3.500 hectáreas y también se realizaron diversos estudios necesarios para instalarlo allí.
El contrato del “Fideicomiso para el desarrollo de Malargüe y el Polo Logístico de Servicios Pata Mora” creado en diciembre pasado prevé la “administración, planificación, ejecución de estudios, de obras, prestación de servicios, comercialización y demás actos necesarios o convenientes” y por lo tanto habilita que el patrimonio pueda ser incrementado por aportes que determine integrar el Poder Ejecutivo, mediante decreto.
De esta manera, el gobernador Rodolfo Suárez a través del Decreto 912/22 publicado en el Boletín Oficial dispuso lo siguiente:
“Artículo 1° - Otórguese un aporte al FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO DE MALARGÜE Y DEL POLO LOGÍSTICO Y DE SERVICIOS “PATA MORA” por la suma de PESOS CUATROCIENTOS MILLONES ($ 400.000.000,00) de acuerdo con lo dispuesto en los considerandos del presente decreto.
Artículo 2° - El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior será atendido por Tesorería General de la Provincia con cargo a la Cuenta General C97001 52401 000 U.G.G. C00001 del Presupuesto vigente Ejercicio 2023.
Artículo 3º - Comuníquese lo dispuesto por el presente decreto a “MENDOZA FIDUCIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA” en carácter de Fiduciario del FIDEICOMISO DE FOMENTO Y SOSTENIMIENTO DE EMPLEO.
Artículo 4º - El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Economía y Energía y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 5° - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese”.