La Cámara Federal de Apelaciones revocó la medida cautelar que frenaba el offshore en Mar del Plata y autorizó los trabajos de sísmica y perforación a poco más de de kilómetros de la costa atlántica. Dias atrás Equinor frenó la llegada de su buque para comenzar las tareas frente a la gran incertidumbre.
Se dejó sin efecto la sentencia del juez de primera instancia de Mar del Plata Santiago Martín, que había detenido las tareas previas a la perforación del primer pozo, aunque se fijaron condiciones para retomar los trabajos en busca de gas y petróleo.
Equinor se asoció con YPF y Shell se asociaron para la primera perforación en aguas profundas en la costa argentina en el Proyecto Argerich, la Cuenca Argentina Norte (CAN 100) que debería comenzar en el primer trimestre de 2023.
El área CAN_100 podria producir más de 200.000 barriles diarios de petróleo, equivalente a casi al 40% del petróleo que hoy produce Argentina, durante 4 a 6 años, a US$ 7.000 millones anuales (en referencia a un valor actual) equivalentes a casi el 8% de exportaciones argentinas y el 20% de las exportaciones bonaerenses
La Cámara consideró que el Gobierno y Equinor cumplieron con los requisitos que le habían sido requeridos, y revocó parcialmente la medida dictada por el juez Santiago Martín.
Concretamente, se resolvió “dejar sin efecto la medida cautelar oportunamente trabada en autos, y autorizar, en consecuencia, la continuidad en las actividades de prospección que involucran al presente proyecto, en los términos dispuestos por esta sentencia”.
Asimismo, los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez de la Cámara de Apelaciones establecieron una serie de “condiciones esenciales” para la ejecución de la exploración petrolera, según informó La Capital de Mar del Plata
En ese sentido, dispuso que deberán incluirse como “observadores permanentes” a miembros del equipo “Pampa Azul”, en el número de integrantes que la autoridad administrativa considere adecuado, quienes “deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades”.
Otra de las condiciones fijadas es que las actividades de prospección sísmica “no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta 50 kilómetros” del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul”.
En tercer lugar, la exploración “deberá suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución”.
La Cámara de Apelaciones, por otro lado exhortó a las autoridades administrativas a que “propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control” sobre las tareas de exploración, a fines de “cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente, y para velar por el cumplimiento de cualquiera de las condiciones antes establecidas, debiendo articularse la inmediata suspensión de las actividades del proyecto en caso de incumplimiento”.
Según un informe de la consultora Ecolatina, dirigido por Daniel Dreizzen, Milagros Piaggio y Paula Gosis, en un promedio anual entre 2025 y 2052 si se avanzara en diez descubrimientos en la Cuenca Argentina Norte (CAN) el aporte al Producto Bruto Interno (PBI) seria del 1,88%. Si se suma el 1,62% proyectado para la Cuenca Malvinas Occidental (MLO), se llegaria al 3,5% del PBI, con una suma por recaudación tributaria de US$3.603 millones y US$3.106 millones respectivamente.
El informe agrega que con un descubrimiento en esta cuenca se alcanzarían los 80.000 barriles diarios (15% de la producción actual total del país), mientras que con cinco descubrimientos se alcanzaría los 400 barriles diarios (73% de la producción actual total del país)