La electricidad se volvió protagonista de las políticas del gobierno argentino. La interventora del ENRE mandó una carta para definir una renegociación integral de las tarifas, subsidios, obras, inversiones y créditos. Se solicitó el avance con el acuerdo de transición de Edesur y Edenor y se actualizó la remuneración para centrales eléctricas con contratos pesificados.
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) informó acerca del estado actual en el que se encuentran las concesionarias de servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica del país, al tiempo que solicitó al Gobierno que avance con las pautas del acuerdo de transición para Edenor y Edesur para regularizar la situación de dichas empresas.
Esto incluye una renegociación definitiva de las tarifas (Revisión Tarifaria Integral, RTI) y acuerdos para canjear multimillonarias deudas cruzadas por inversiones prioritarias que sostengan la calidad del servicio.
Respecto de las transportistas, si bien estas no han presentado los planes de inversión solicitados a la fecha, "se observó, mediante el estado de los indicadores que sirven como parámetro para evaluar la prestación de cada una de ellas, que hay una tendencia de mejora en la calidad", indicó el ente regulador en un comunicado.
Y señaló que "esto implicaría que la continuidad del mismo nivel de inversiones no debería afectar la calidad del servicio en el corto plazo".
Sin embargo, alertó que debería preverse la realización de inversiones a largo plazo, a los efectos de continuar y mantener el sendero de mejoras, en referencia a las transportistas Transnoa, Transener, Transba, Transpa, Distrocuyo, Transnea, Transco y EPEN, informó Télam.
Por otro lado, el ENRE se refirió al estado de situación de las distribuidoras de energía eléctrica circunscriptas en el AMBA, Edenor y Edesur, y evaluó que "se observó que la evolución de los indicadores Saifi (de la frecuencia de interrupción media por usuario) y Saidi (de la duración de interrupción media por usuario), a nivel total de las distribuidoras han resultado inferiores al límite del sendero".
En cuando a los senderos por partido, "tanto en el caso de Edenor como Edesur, la calidad en algunos de ellos se ha mantenido estable en los últimos dos semestres, y en algunos casos ha desmejorado".
En este sentido, el ENRE consideró que, "con el objetivo de avanzar en la regularización de la situación de las concesionarias, esta intervención solicitó al secretario de Energía (Darío Martínez) que arbitre los medios necesarios para que el poder concedente avance en la negociación de las actas acuerdo de transición de Edenor y Edesur".
El organismo de control recordó que "los lineamientos generales del régimen de transición fueron puestos a consideración del Ministerio de Economía en junio de 2021”.
De esta forma, "la definición sobre este régimen permitirá avanzar con los objetivos establecidos por el decreto 1020/2020 entorno a los regímenes de transición y la suscripción de las actas acuerdo de transición", concluyó el ente.
LOS SUBSIDIOS A CAMMESA
Según un cálculo de Econviews, “lo que se gastó en asistir a Cammesa sólo en el primer trimestre superó el costo fiscal estimado ($250.000 millones) del anunciado bono a jubilados ($12.000 en una cuota) e informales ($18.000 en dos), para paliar la aceleración inflacionaria”.
Además, es una suerte de círculo vicioso: la aceleración inflacionaria es producto de la emisión para financiar al Tesoro, que debe pagar, entre otras cosas, la factura de subsidios.
“Para adelante la situación es apremiante porque la llegada del invierno exigirá una mayor generación térmica (que usa gas, carbón, fueloil y gasoil), que a su vez requerirá de un mayor consumo de fueloil y gasoil, puesto que la disponibilidad de gas se reduce (se prioriza el abastecimiento de gas residencial en los meses más fríos), y cuyo precio, ligado al del petróleo, se disparó 80% interanual”, señala el informe.
“Los aumentos ya anunciados en las tarifas de gas y electricidad serán insuficientes, ya que se ubican en promedio por debajo del 50%, para corregir de manera sustantiva el crecimiento persistente de las erogaciones”, agregó el informe y no dudó en catalogar a la política de subsidios energéticos como el “talón de Aquiles de la política fiscal”.
CAMBIOS EN REMUNERACIÓN A CENTRALES ELÉCTRICAS
A través de la Resolución 238/2022 de la Secretaría de Energía (ver completa abajo), el Gobierno reconoció una mayor remuneración a los generadores eléctricos como Pampa Energía, AES, Enel, Central Puerto y Orazul Energy con plantas térmicas e hidroeléctricas con una antigüedad superior a los 10 años, para financiar inversiones en mantenimientos y garantizar disponibilidad de energía "de base", no intermitente.
La suba retroactiva a febrero es del 40% en dos fases para la centrales con contrato pesificado con Cammesa. El aumento, fue en febrero de 2020, a través de la resolución 31/2020, que la la Secretaría de Energía, dirigida por Sergio Lanziani, había pesificado las tarifas a este segmento.
La desdolarización y posterior congelamiento de la remuneración permitió al Estado ahorrar subsidios pero también golpeó las finanzas de los privados mencionados, que ajustan en la inversión para no deteriorar sus cuentas. Por otra parte, el Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE) informó a la secretaría de Energía y al Ministerio de Economía la situación de las concesionarias del servicio público y solicitó que se avance en la definición del período de transición tarifaria.
Así lo detalló la interventora María Soledad Manin, cercana al subsecretario de Energía Eléctrica, Federico Basualdo, a través de un comunicado tras el informe sobre el estado actual de las empresas de energía eléctrica enviado al ministro de Economía Martín Guzmán y al secretario de Energía Darío Martínez. Allí detalló el estado de las concesionarias de servicios públicos de Transporte y Distribución de Energía Eléctrica, informó El Cronista
El regulador evalúa que el mismo nivel de inversiones no debería afectar la calidad del servicio en el corto plazo. "Sin embargo, debería preverse la realización de inversiones a largo plazo", advirtió el ente a cargo de Manin.
LA RESOLUCIÓN
Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-28020803-APN-SE#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.065 tiene como objetivo asegurar el suministro de energía eléctrica de largo plazo, incentivar el abastecimiento y uso eficiente de la electricidad fijando metodologías tarifarias apropiadas para garantizar el abastecimiento eléctrico en condiciones de seguridad al mínimo costo posible para el Sistema Eléctrico Argentino y para los usuarios finales en particular.
Que la Resolución N° 31 de fecha 26 de febrero de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, entonces dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, teniendo en consideración que la remuneración de los generadores se encontraba dolarizada a partir de la Resolución N° 19 de fecha 27 de enero de 2017 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y que la variación del tipo de cambio fue significativamente mayor a la variación de los costos de producción de energía eléctrica; reestableció la relación entre ellos y adaptó los criterios de remuneración a condiciones económicamente razonables y eficientes.
Que la Resolución N° 440 de fecha 19 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, adecuó la remuneración de la generación no comprometida en cualquier tipo de contrato establecida en la Resolución N° 31 de fecha 26 de febrero de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, entonces dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que, a fin de asegurar la confiabilidad y sustentabilidad del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA TIERRA DEL FUEGO (MEMSTDF), resulta necesario actualizar dichas remuneraciones, a condiciones económicamente razonables y eficientes, con vigencia a partir de las transacciones económicas correspondientes al mes de febrero de 2022.
Que además, resulta oportuno establecer una actualización en los valores de remuneración que se disponen en el presente acto, a partir de las transacciones económicas correspondientes al mes de junio de 2022.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico Pertinente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 15.336, los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyense los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución N° 440 de fecha 19 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMIA, por los correspondientes a los establecidos en los Anexos I (IF-2022-28549243-APN-DNRYDSE#MEC), II (IF-2022-28554999-APN-DNRYDSE#MEC), III (IF-2022-28558244-APN-DNRYDSE#MEC), IV (IF-2022-28561892-APN-DNRYDSE#MEC) y V (IF-2022-28564753-APN-DNRYDSE#MEC), respectivamente, que forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a CAMMESA a realizar la reliquidación de las transacciones económicas por la venta de energía por cada Agente Generador, en el marco de la Resolución N° 440 de fecha 19 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMIA, que ya hubiera realizado a partir de febrero de 2022 hasta la fecha con los nuevos valores de la remuneración.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a CAMMESA a dejar sin efecto a partir de la transacción económica de febrero 2022 la remuneración adicional y transitoria establecida en el Artículo 4° de la Resolución N° 1.037 de fecha 31 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA instrumentada mediante la Nota N° NO-2021-108163338-APN-SE#MEC de fecha 9 de noviembre de 2021.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA a dictar normas complementarias o aclaratorias que se requieran para la instrumentación de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia y será de aplicación a partir de las transacciones económicas correspondientes a febrero de 2022.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a CAMMESA y a los Agentes Generadores del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA TIERRA DEL FUEGO (MEMSTDF).
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Norman Darío Martínez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/04/2022 N° 25587/22 v. 21/04/2022
Fecha de publicación 21/04/2022