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OPINIÓN
Namuncara: El mal llamado "conflicto mapuche”
EL MOSTRADOR/MINING PRESS/ENERNEWS
04/02/2022

DOMINGO NAMUNCARA *

 

Los reiterados casos de violencia en la denominada "Macrozona Sur" de Chile, con ribetes étnicos, es apenas el inicio de un proceso que se viene muy difícil y complejo para el Estado, sus instituciones y para el nuevo Gobierno de izquierda (Apruebo Dignidad). Resolver la situación no implica tan solo un tema de "seguridad ciudadana". Los ministerios del Interior, de los últimos años, han perseverado en una estrategia que no logra resultados y genera un círculo vicioso.

Y es comprensible, puesto que el llamado "conflicto mapuche" tiene una data muy extensa (más de 40 años) y no se trata tan solo de un problema focalizado, sino que abarca a un pueblo indígena que está desplegado en todo el territorio nacional.

Los orígenes del conflicto están muy ampliamente documentados en el valioso e histórico Informe de la Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato con los Pueblos Indígenas, entregado a conocimiento público en abril del 2004, es decir, hace 17 años. Por tanto, y agregándose una casi infinita cantidad de todo tipo de documentos, informes y propuestas, ya no es necesario agregar nuevos "diálogos", "comisiones presidenciales" de buena voluntad ni organizar "comitivas de ministros" al sur, etc., para abordar lo que ya está comprometido pero incumplido por el Estado desde el Acuerdo de Nueva Imperial de 1989.

En efecto, si tan solo tomásemos en consideración el Informe Oficial del Estado de Chile sobre las injusticias cometidas por el país en contra de los pueblos originarios y se implementaran las más de cien medidas recomendadas en el 2004, es altamente probable que el escenario fuese diferente. En consecuencia, es necesario apuntar a la responsabilidad política y gubernamental en estas décadas recientes en cuanto a no adoptar las medidas necesarias. Pero dejemos atrás (y después, en otra ocasión, podremos volver sobre esto) lo que no se cumplió y abordemos el presente y el futuro de este tema.

 

LAS DEMANDAS HISTÓRICAS NUNCA CONSIDERADAS CON UNA VERDADERA VOLUNTAD POLÍTICA

Una de las más importantes demandas de los Pueblos Indígenas (PPII) ha sido el reconocimiento constitucional de su existencia y derechos ancestrales. Esto ha sido débilmente impulsado por los gobiernos democráticos y muy fuertemente combatido por la derecha en Chile, la que normalmente alega que el país es una sola nación y no una diversidad con otras naciones, ignorando que los PPII –de acuerdo a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, del 2007–, reconoce a los pueblos originarios como las primeras naciones constituidas antes de la formación de los Estados nacionales. Y no puede ser de otra forma: el Estado de Chile tiene tan solo 212 años de historia. El pueblo mapuche, más de 3 mil años. Y esto es un dato de la causa.

Hoy, sin embargo, y gracias al estallido social del 18 de octubre 2019 se abrieron las puertas y ventanas de Chile para abordar –finalmente– un ansiado cambio constitucional que permitirá al nuevo Estado democrático –ahora sí– reconocer plenamente la existencia de los PPII y de sus derechos políticos, sociales, culturales y territoriales por tantos años negados por el Estado nacional. Un avance de este reconocimiento es la Ley 21.298, de escaños reservados en la Convención Constitucional, que permitió la incorporación de los PPII como sujetos plenos de derecho.

La Comisión de Sistema Político ya ha aprobado por mayoría en la Convención la propuesta de declarar a Chile como un Estado plurinacional y, por tanto, reconocer constitucionalmente a los PPII. Y esto abre nuevos caminos para un mejor entendimiento entre el Estado y las primeras naciones. Y, de hecho, despeja el camino al nuevo Gobierno, por cuanto ya no tendrá que lidiar en el Congreso con los sectores conservadores (tanto de derecha como otros) que normalmente dilataron esta definición.

Un segundo aspecto a considerar es que el llamado "conflicto mapuche" no tiene solo un correlato regional. Durante la gestión de Huenchumilla como intendente de La Araucanía (2014-2016), se pensó que aquello sería contribuyente a la búsqueda de soluciones. Pero, y bien lo señaló varias veces el intendente, el tema mapuche "es un tema de país" y no solo regional y no es suficiente creer que, si se resuelven los conflictos del sur en la región, entonces se acaban las tensiones. Y los datos estadísticos hay que tomarlos en cuenta: más del 72% de la población mapuche de Chile radica en ciudades como Santiago, Temuco, Concepción y Valparaíso, además de otras ciudades, como resultado de la migración campo-ciudad desde fines del siglo XVIII. Y las políticas públicas destinadas a los mapuche-urbanos han sido limitadas, si no escasas y sin recursos significativos.

La historia reciente provee antecedentes que indican la existencia de un piso adecuado para avanzar: en 1993 se aprobó la Ley Indígena 19.253, que ya cuenta con 28 años de vigencia, y se creó un modesto servicio público, la Conadi, con dos fondos centrales: el de tierras y aguas, y el de desarrollo y cultura. Esta ley ha logrado recuperar unas 260 mil hectáreas de tierras que han sido transferidas a comunidades indígenas, de un total de 500 mil que fueron sencillamente usurpadas durante la dictadura militar. Este problemático antecedente no es un dato menor del conflicto. ¿Por qué desde 1993 a esta fecha no se han logrado cumplir los compromisos sobre demandas de tierras? Porque el Estado no ha destinado los recursos necesarios.

Muchas de las tierras indígenas demandadas por el pueblo mapuche tienen carácter ancestral y provienen de antiguos títulos de merced que durante la dictadura militar fueron enajenados por el Decreto Ley 2.568, que impulsó la división de la propiedad comunitaria de la tierra indígena y parte importante de ella fue entregada a colonos, familias de agricultores y, sobre todo, a las nacientes compañías forestales que tomaron posesión, legal y no, de grandes extensiones de tierras pertenecientes a comunidades mapuches. Y en casi todos los casos sin indemnizaciones adecuadas. En otros ámbitos, como en Santa Bárbara, Los Ángeles, corporaciones eléctricas (Endesa) tomaron posesión del río Bío Bío y construyeron dos represas, siendo Ralco (1995-1999) el proyecto más emblemático, que fracturó las confianzas entre pueblos indígenas y Estado desde el Acuerdo de Nueva Imperial. Recordemos que 100 familias pehuenches fueron obligadas a emigrar de sus tierras ancestrales para construir la represa Ralco.

 

Estos hechos, históricos y de reciente data, no habrían sido posibles del todo si se hubiese contado con un reconocimiento constitucional y la Ley Indígena no hubiese sido el único instrumento legal e incipiente para defender los derechos del Pueblo Pehuenche. Cuando los consejeros presidenciales de Conadi y directivos de la institución constituyeron una mayoría para rechazar las permutas de Ralco, el Gobierno simplemente los destituyó de inmediato para luego, en enero de 1999, hacer aprobar la central Ralco solo con los votos de consejeros de Gobierno en la Conadi.

¿Se justifican entonces las tensiones derivadas de estos y muchos otros actos del Estado, desde sus inicios en 1810, en contra del pueblo mapuche? Por cierto que sí. Y, sin embargo, las autoridades ancestrales siempre han mantenido una postura de diálogo con el Estado, pensando en lograr mejores respuestas y esa disposición se mantiene, aun cuando otros sectores indígenas se cansaron de esperar respuestas políticas y, a través de acciones de fuerza, desde los dos primeros camiones forestales quemados en Lumaco en diciembre de 1997, dieron una señal de no estar disponibles para diálogos, acuerdos y compromisos que finalmente no se cumplen.

Las demandas indígenas tienen una identidad muy concreta: reconocimiento constitucional de su existencia. En la actual Constitución pinochetista no existen ni se les menciona, a diferencia de lo que ocurre en otras 15 constituciones de países de América Latina. Se suman las demandas de derechos políticos para abordar y superar la exclusión y se plantea la valoración de la rica cultura indígena. Y en materia de tierras y territorios, hay un horizonte muy claramente establecido desde los acuerdos de Nueva Imperial (1989): las tierras ancestrales, provenientes de los títulos de merced, que fueron principalmente usurpadas por el Decreto Ley 2.568 de 1979, en plena dictadura militar, deben ser devueltas a sus legítimos dueños.

La recuperación de tierras ancestrales es una parte de un proceso más amplio y complejo. Desde tiempos ancestrales los PPII han sabido administrar con sabiduría su propiedad comunitaria y han desarrollado por siglos una estrategia de buena relación con el medio ambiente y sus recursos naturales y han desarrollado, también, una cultura del Kómen mongen (un buen vivir en comunidad), cuyos principios y prácticas se han mantenido por décadas. Por tanto, el tema del territorio y la autodeterminación, que en nada tiene que ver con alguna forma de separación del Estado, es un aspecto esencial de los acuerdos que ya se están debatiendo en la Convención Constitucional.

 

EL NUEVO GOBIERNO QUE ASUME EL 11 DE MARZO NO PARTE DE CERO

En consecuencia, el dato virtuoso para el nuevo gobierno entrante, es que ya no necesitará "negociar" con el Congreso los temas del reconocimiento constitucional y de los derechos ancestrales que de ahí emanan.

A la política pública indígena gestionada con el aval de la Ley Indígena 19.253 del año 1993, se sumó en abril del 2004 el reconocimiento oficial del Estado de Chile de las injusticias cometidas en contra de los indígenas. En septiembre del 2007, Chile firmó oficialmente la Declaración de Naciones Unidas en favor de los derechos indígenas en el mundo, y en marzo del 2008 el Congreso Nacional, después de 18 años de arduas gestiones, ratificó el Convenio 169 de la OIT, todo lo cual implica que en materia de jurisprudencia indígena el Estado y el Gobierno, hoy, cuentan con todas las herramientas necesarias para abordar eficazmente el llamado "conflicto mapuche" y sería delicado observar que volviésemos a prácticas ya realizadas antes: nuevos estudios, diálogos, comisiones presidenciales, visitas de ministros al sur, etc., todo lo cual dilataría, nuevamente, por meses una tarea que debe ser anunciada y emprendida de inmediato el 11 de marzo.

La política indígena de hoy en el Estado de Chile requiere una sola conducción principal: la del Presidente de la República, convocando en forma directa a los actores centrales del conflicto y conducir una negociación que permita poner fin a las tensiones actuales y, de paso, reforzar la opción dialogante del mundo indígena, mayoritaria, por sobre la alternativa de la fuerza. Sería incomprensible continuar, en este sentido, con la política de "delegar" esta tarea de país en otras autoridades.

Esta tarea, además, no es para un solo ministerio. La Ley Indígena 19.253 considera como entidades incumbentes a los ministerios de Desarrollo Social, Agricultura, Justicia, Educación, Bienes Nacionales y Secretaría General de Gobierno. Son cinco ministerios. E interior no está considerado en la ley y, sin embargo, ha llevado la política indígena de forma directa o indirecta y con resultados muy discutibles (la famosa "Operación Huracán", entre otras). Por Ley, además, corresponde al Ministerio de Desarrollo Social arbitrar la Ley Indígena y entre los servicios públicos a su cargo se encuentra, precisamente, la Conadi. Es, por tanto, el ministerio que por excelencia debe conducir la estrategia de Gobierno.

Si la Convención Constitucional, finalmente –y felizmente– resolverá las demandas históricas de los PPII referidas a sus derechos constitucionales marginados de la Constitución, corresponderá entonces al nuevo Gobierno colaborar para resolver el conflicto instalado, sin mejor promesa que coordinar a los actores del conflicto, por el tiempo necesario (estimable entre dos o tres años) para arribar a una solución negociada en el foco principal del conflicto: la propiedad comunitaria y la recuperación de tierras ancestrales y el territorio propicio para el ejercicio concreto de autodeterminación tal como otros países lo han resuelto, siendo el caso del Estado neozelandés-pueblo maorí el más emblemático.

Los tiempos son breves y transcurren rápidamente. A partir de todo lo que está ampliamente documentado, no es necesario invertir nuevos tiempos en nuevos estudios, nuevos informes, etc. Tan solo recogiendo todo lo acumulado y ya prácticamente priorizado por los Pueblos Indígenas de Chile, se cuenta a favor con las medidas necesarias para avanzar en un proceso paralelo con la Convención Constitucional, allanando los caminos. ¿Qué se necesita para esto? Perspectiva histórica y política. No pretender partir de cero. Voluntad y compromiso político. Equipos con experiencia y una adecuada interlocución con los actores del conflicto, principalmente las autoridades ancestrales de los Pueblos Indígenas de Chile.


* Ex director de la CONADI (Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad)


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