La respuesta del Colegio Argentino de Ingenieros de Minas al fallo de la Ley 7722
Desde CADIM hemos seguido atentos este tema que culminó con un fallo que, desde nuestro punto de vista, no cambia nada.
Preguntamos lo siguiente: ¿Está bien que una ley provincial sólo prohíba el ácido sulfúrico para la industria minera (empleado en circuito cerrado) y sí puede usarse en otras industrias como, por ejemplo, en el agua para riego (para bajar el PH y evitar precipitaciones de carbonatos que tapan las mangueras) en la vitivinicultura?
Lo mismo con el cianuro, que no es factible para la industria minera pero sí para la vitivinicultura como elemento para precipitar el hierro. En San Jorge, una parte del proceso de beneficio requerirá xantatos, pero en otra etapa, se lixiviará el mineral de mena con ácido sulfúrico. Es decir, inutiliza medio yacimiento, que es la parte superior que contienen cobre en forma de óxidos.
Somos un país no viable desde el punto de vista fiscal, pero también técnicamente, ya que, en provincias como Mendoza, donde según los fallos de las Cortes, la declaración de Utilidad Pública para el ejercicio de la actividad minera No Existe. Tampoco es viable el desarrollo de un país donde sus jueces divorcian las leyes de la ciencia. Donde un Relato (fallo), mata a la Verdad (ciencia).