JORGE LAPEÑA*
El Gobierno de Alberto Fernández explicitó en la última quincena de marzo su política tarifaria de alcance nacional para el sector energético. Esa política tendrá un lapso de implementación de dos años a partir de ahora. Es decir que llega hasta la finalización del mandato del actual presidente de la Nación.
El anuncio se hizo en cuatro Audiencias Públicas: dos para el gas natural realizadas el 15 y el 16 de marzo y dos para la Energía Eléctrica realizadas el 29 y 30 marzo. Los interventores de los Entes Reguladores de la Electricidad (ENRE); del Gas (ENARGAS) y la Subsecretaria de Hidrocarburos dependiente del Ministerio de Economía fueron las autoridades convocantes y fijaron en los discursos de apertura los lineamientos de la política.
Para hacer un encuadre del problema tarifario argentino debemos puntualizar que el sector energético realiza la prestación de servicios públicos en un contexto general de alta pobreza que según las últimas mediciones asciende por ingresos al 42 % de la población y en donde la inflación anual se ubica entre las más altas del mundo, en el orden de un 45 % anual. Las tarifas están congeladas desde hace 24 meses y muchas de las empresas se encuentran en cesación parcial de pagos, con deterioro de la calidad y la economía de sus prestaciones por falta de ingresos suficientes.
A causa de ello, el funcionamiento del sector energético presenta una situación de déficit crónico. Para sostener la actividad el Tesoro Nacional aportó en forma de Subsidios Energéticos 129.000 millones de US$ en el lapso de la década que finaliza en 2020. El Estado ha tenido en ese período un comportamiento dual: por un lado, validó precios exorbitantes para la producción doméstica de gas natural muy por encima de los precios internacionales, pactó altos precios para el gas importado de Bolivia y satisfizo las expectativas de la comunidad petrolera de tener precios altos precios para la producción nacional de crudo. Pero por otro lado, el mismo Estado congeló tarifas reguladas lo que es insostenible en un sistema de alta inflación.
La fórmula aplicada tiene una falla conceptual. Liberar precios del gas natural no existiendo un mercado abierto y competitivo genera precios del gas altos; e impagables para la mitad de la población como mínimo. Por otro lado congelar tarifas para que el usuario no note el problema, obliga al gobierno a incrementar los subsidios energéticos tornándolos insostenibles para la economía nacional. Aclaremos además que el precio del gas natural –mal fijado en Argentina- es el que determina el 40% del precio total de la factura de Gas y de la factura de Electricidad del consumidor promedio.
Las Audiencias Públicas en donde se explicitó la política tarifaria tuvieron un denominador común: los funcionarios oficiales omitieron nada menos que hacer una descripción precisa del contexto en el cual se prestan los servicios públicos energéticos en la actualidad. Omitieron explicitar el objeto de la Audiencia que era -ni más ni menos- que establecer un mecanismo de transición tarifaria para salir del congelamiento. Los participantes de la Audiencia y el público en general deberían haber sido anoticiados por los Entes Reguladores desde cuando están las tarifas congeladas; también cual ha sido el incremento de la canasta de costos de cada empresa estimada por el Regulador, cual ha sido la calidad del servicio y si esa calidad se ha modificado; cual es la morosidad medida sobre las cobranzas, cuales los incrementos de costos de las empresas reguladas. Los funcionarios debieron demostrar que tenían un conocimiento real de esos valores después de 15 meses de intervención de los ENTES.
En el mismo contexto la Subsecretaría del Hidrocarburos de la Nación, debió haber informado cual es valor estimado del costo de producción de gas natural en cada una de las cuencas argentinas, de forma de saber si este costo transferido a los usuarios está correctamente calculado. Debió informar con detalle porqué el costo del gas argentino es mucho mayor que el precio internacional.
En el sector eléctrico, la interventora del ENRE en la apertura de las audiencias públicas, lejos de ceñirse a su función específica en lo relativo a la fijación de Tarifas del Servicio Público de Electricidad que están fijadas en el artículo 56 de la Ley de Marco Regulatorio Eléctrico N° 24.065 realizó un discurso donde definió criterios de fijación de tarifas reguladas no previstos en la legislación vigente y además opinó que la parte de los gastos de las empresas no cubierta por las tarifas debería ser cubiertas por subsidios del Tesoro Nacional, que no son resorte del ENRE y que ya están fijados en el Presupuesto 2021 sancionado por la Ley de Presupuesto. Llamó también poderosamente la atención que ningún funcionario del Ministerio de Economía haya estado presente en las Audiencias.
Contrariamente a lo que hubiera sido esperable, en la Audiencia Pública ningún funcionario del ENRE hizo mención a los efectos del congelamiento de tarifas de Transporte y Distribución de jurisdicción nacional que lleva 24 meses desde que se implementara en marzo de 2019, durante ese lapso las empresas tuvieron que soportar en incrementos de precios mayoristas del 130 %, y una inflación a precios del consumidor que superó el 100%.
No sólo eso: el ENRE ignoró olímpicamente que el incremento de la canasta de costos internos de las Distribuidoras de la Ciudad de Buenos Aires y Gran Buenos Aires que abarcan al 30 % de los consumidores argentinos en ese período de congelamiento tarifario estuvo comprendido entre en un valor muy cercano al 150 % y que la nómina salarial de Edenor y Edesur en el lapso de congelamiento tuvo un incremento del orden de 65 %. Haber omitido esa información que estaba en poder de la interventora fue un fraude a todos quienes asistieron a las audiencias.
Un congelamiento de 24 meses con una inflación del 100 % es mala praxis política y económica y eso no puede ser ignorado por la intervención del ENRE.
Era de esperar que en una audiencia en que se convocada para establecer tarifas de transición la intervención del ENRE hubiera expuesto los criterios a aplicar para actualizar los componentes de los costos reconocidos en la tarifa (dotación de personal; remuneraciones; costos de operación y mantenimiento e inversiones obligatorias a cargo de cada concesionaria) cosa que no ha ocurrido. También hubiera sido importante explicitar los criterios que utiliza en ENRE para evaluar si en el Mercado Eléctrico Mayorista de electricidad existen conductas anticompetitivas o discriminatorias tal como lo establece el art.56 de la 24065.
Un último comentario: no es conveniente que los entes reguladores resuelvan estos temas de alta administración al margen de un enfoque más integral compatible con un Plan Económico nacional.
* Ex secretario de Energía. Presidente del Instituto Argentino de Energía General Mosconi