Asegurar la continuidad en la cadena de pagos, mediante un proceso totalmente digital
LUCERO CHÁVEZ
El Ejecutivo aprobó la creación del Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC). Así, las empresas podrán reprogramar sus deudas ante el Indecopi, evitar su insolvencia y asegurar la continuidad en la cadena de pagos, mediante un proceso totalmente digital.
Ello pues una vez que la entidad se acoja al PARC, le será aplicable un marco de protección patrimonial y la suspensión de exigibilidad de sus obligaciones, hasta el fin del procedimiento.
Las compañías de cualquier tamaño y las asociaciones (como colegios o clubes) impactadas por los efectos de la propagación del coronavirus se podrán acoger al procedimiento acelerado hasta el 31 de diciembre del 2020, resaltó José Jiménez, socio del estudio Rebaza. Cabe resaltar que las asociaciones no son comprendidas en los procesos concursales, por lo que se trata de una novedad, explicó.
Dado que muchas empresas, ante la falta de liquidez por la paralización de actividades, se verán interesadas en acogerse a este procedimiento. Por ello, un elemento clave será la rápidez con el que se realice el reconocimiento de los créditos y lograr aprobar el Plan de Refinanciación Empresarial (PRE), indicó Jiménez.
“La idea de este procedimiento es que con un límite de requisitos mucho más acotado sea mas rápido”, precisó Michelle Barclay, socia de CMS Grau.
Esto en comparación al procedimiento ordinario, el que puede demorar años en revisar si se aprobará o no la liquidación o restructuración de la empresa deudora, indicó Renzo Agurto, socio de Miranda & Amado.
“Mientras solicitan el proceso concursal y terminas acogiéndote, te demoras de tres a cinco meses. Indecopi tiene 90 días hábiles, y eso hace el proceso largo. Una vez acogido el concurso en el boletín, los acreedores con derecho se presentaran. Ese plazo dura entre seis meses y un año. Y recién ahí se llama a la Junta de Acreedores para ver si se estructura o liquida”, indicó sobre el procedimiento regular. Frente a ello, consideró que el PARC será propicio para capear los efectos del COVID-19 en las empresas.
No obstante, tanto los plazos del procedimiento concursal como los requisitos que deberán cumplir las empresas se informarán en el reglamento del decreto legislativo. Este podrá ser publicado en 20 días hábiles contados desde el 12 de mayo; es decir, hasta el lunes 8 de junio.
Asimismo, Barclay señala que el reglamento también deberá precisar cuál será la sanción si es que se constata la falsedad de las declaraciones efectuadas por la empresa durante el procedimiento. Cabe señalar que el decreto sí menciona que lo que procederá es declarar la nulidad del acuerdo.
Mediante una plataforma virtual, Indecopi deberá recibir las solicitudes de las empresas deudoras, usando herramientas tecnológicas para atender dicha demanda. No obstante, la entidad no demandará presupuesto adicional, se cuestionó Guzmán.
Otro punto pendiente de aclarar es si las empresas que solicitaron créditos de Reactiva Perú podrán acogerse a este procedimiento, apuntó Agurto.
“Haría mal el reglamento si condiciona a las empresas [en función] a si están en Reactiva Perú”, dijo Gerardo Guzmán, socio y jefe del área Financiera y Reestructuraciones de BBGS Saco-Vertiz & Landerer Abogados.
La razón es que los créditos con garantía del Estado son para financiar capital de trabajo (como la planilla de trabajadores) y no los exime de otras obligaciones de pago (que sí se pueden restructurar para facilitar el pago).
El BCR realizó la décimo segunda subasta de Repos con carteras garantizadas por el Estado en el marco de programa Reactiva Perú este martes.
En el caso que se acepte el acogimiento de empresas con créditos de Reactiva Perú, Jiménez indicó que carece de sentido que estos préstamos a tasas bajas se reprogramen en este proceso acelerado, dadas las condiciones de pago ya favorables de la deuda.
+ Los créditos laborales no tendrán voto en la Junta de Acreedores; es decir, no participarán en el Plan de Refinanciación Empresarial (PRE). Sin embargo, se exige que por lo menos el 40% de los fondos (es de 30% en los procedimientos regulares) que se destinen al año para el pago de los créditos deberán ser asignados para el pago de los créditos laborales.
+ Las entidades bancarias y financieras no tienen la obligación de cambiar por una calificación más baja a la de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” a las entidades que se acojan al PARC. Ello durante el tiempo en que estén cumpliendo el PRE.