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CUARENTENA
Tras acuerdo UIA-CGT, más suspensiones y recortes de salarios en Argentina
ENERNEWS/ MINING PRESS/Clarín
30/04/2020

ISMAEL BERMÚDEZ

Como se esperaba, el acuerdo CGT-UIA pasó a ser el piso y el impulsor de nuevos acuerdos sectoriales de suspensiones con recorte salarial que serán homologados por el Gobierno a través del Ministerio de Trabajo​ que propició el acuerdo sindical-empresario.

 
 
 

Así, de inmediato dos actividades claves, como metalúrgicos y comercio –que en engloban a más de 1,2 millón de trabajadores- firmaron acuerdos de suspensiones con características propias en cuanto a la duración y alcance de las suspensiones. Ahora, se aguarda la decisión de las empresas de cada sector de aplicar esos convenios.

En tanto, otros gremios como calzado, gastronómicos y hostelería están negociando acuerdos similares.

Ya antes de que la CGT y la Unión Industrial firmaran el acuerdo de suspensiones con una reducción salarial del 25% por los meses de abril y mayo, por las suspensiones parciales aplicadas, entre otros, en petroleros, metalúrgicos, comercio, textiles y gastronomía, más de 400.000 trabajadores tuvieron recortes salariales, según un Informe de CEPA (Centro de Política Económica Argentina).

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Si bien los despidos y las suspensiones están prohibidos durante abril y mayo, el decreto N° 329 dejó abierta la posibilidad de aplicar el artículo 223 de la Ley de Contrato de Trabajo que permite que, “por fuerza mayor” o “disminución de trabajo”, se acuerden de manera individual o colectiva suspensiones a cambio de una retribución no remunerativa inferior a las remuneraciones vigentes.

Precisamente, el Acta sindical-empresaria señala que en los acuerdos con un piso salarial del 75% o un porcentual mayor, “la autoridad de aplicación homologará en forma automática los acuerdos que se presenten, dando por cumplimentados los requisitos establecidos en el art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo”.

No obstante, dejó abierta la posibilidad que en el caso de que se fijen pisos salariales o un alcance y duración diferentes el acuerdo colectivo que presenten los sectores empresarios y sindicales sea sometido a consideración de la autoridad de aplicación, "a fin de evaluar su procedencia, de acuerdo con la situación del sector o de la empresa”.

A su vez, el acuerdo especifica que “los empleadores podrán disponer la aplicación de las suspensiones en forma simultánea, alternada, rotativa, total o parcial, según sus respectivas realidades productivas”. Pero no podrá comprender a los que realizan las tareas por medio del teletrabajo ni “a los trabajadores excluidos del deber de asistencia al lugar de trabajo por la dispensa contenida en la Resolución 207/20 respecto de las personas con riesgo en la salud (mayores o patologías preexistentes)”.

A su vez, las empresas que apliquen esas suspensiones acordadas “deberán mantener su dotación de trabajadores sin alteraciones durante un plazo igual a la vigencia de esta norma”.

Una excepción

Sin embargo, el acuerdo metalúrgico entre la UOM y tres cámaras empresarias del sector –que comprende a 60.000 trabajadores– es por 120 días desde el 1 de abril con el pago del 70% del salario bruto (equivale al 86% del salario de bolsillo) como prestación “no remunerativa” y renovable si se mantiene la cuarentena. Y extiende la suspensión a los trabajadores eximidos de concurrir a sus empleos por ser población de riesgo, ya sea por edad o por condiciones de salud, a pesar de que las Resoluciones del Ministerio de Trabajo fijaron que esos asalariados tienen derecho a percibir sus sueldos sin quitas, de modo integral.

Así, si el poder de compra salarial sufrió una reducción del 15% durante la gestión de Mauricio Macri, desde la aplicación de la cuarentena se agrega una caída adicional de los ingresos de una porción importante de los trabajadores registrados.

A su vez, el Acta CGT-UIA especifica que el salario complementario que pagará ANSeS y que recibirán los trabajadores del sector privado -que en ningún caso será inferior al valor del salario mínimo, vital y móvil ($ 16.875) ni mayor a dos salarios mínimos - será considerado parte de la prestación dineraria acordada, “de manera que el importe a cargo del empleador lo complementará hasta alcanzar el porcentaje establecido”.

En consecuencia, como el valor de la ayuda estatal se calcula sobre los sueldos de febrero, el salario de abril y mayo a cargo del empleador proporcionalmente se reduce porque complementa un ingreso laboral al menos un 25% más bajo.

Para Matías Cremonte, titular de la Asociación de Abogados Laboralistas, “la UIA y la CGT, con la participación del Ministerio de Trabajo, no pueden acordar una rebaja generalizada de los salarios, porque implicaría avanzar sobre la autonomía de los sindicatos. Pero la señal que envían con ese acuerdo, aún presentada como un "piso", es preocupante. Están avalando las reducciones salariales, siendo que los decretos se ocuparon de establecer el principio general de que la cuarentena, no debía implicar una rebaja de las remuneraciones". Y agrega: "No se puede poner en el mismo nivel a los trabajadores que a las empresas para enfrentar las evidentes consecuencias económicas de la pandemia. Los salarios deben ser especialmente protegidos en estas circunstancias, de lo contrario, no se cumple el objetivo de garantizar la salud de la población, cuya base es la alimentación adecuada”.


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