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POLÍTICA, MINERÍA Y AMBIENTE
Corte argentina y Glaciares. El fallo completo y la respuesta de San Juan. Hensel, Carolina y CMSJ
05/06/2019

Tras la sonada sentencia del alto tribunal argentino, que convalidó la constitucionalidad de la Ley de Glaciares, diversas voces se manifestaton desde la actividad minera.


 

El ministro de Minería de San Juan,  Alberto Hensel junto al fiscal de Estado Jorge Alvo explicaron los términos del fallo de la Suprema Corte de Justicia y su relación con la actividad minera en San Juan.

 
Interpretación del fallo de la CSJN con relación a Ley de presupuestos mínimos de protección de glaciares
 

En la sala de situación del Ministerio de Minería Alberto Hensel junto al fiscal de Estado Jorge Alvo explicaron los términos del fallo de la Suprema Corte de Justicia. 

Hensel abrió la conferencia contando que "en principio, el fallo en ninguna manera afecta el normal desarrollo de la actividad minera en San Juan. Es un claro reconocimiento a las atribuciones y derechos de las provincias sobre sus recursos originarios y una mención alnecesario funcionamiento del sistema federal", dijo el ministro.

La rueda de Hensel y Alvo (Gentileza Canal 13 San Juan)

El fiscal de Estado dio los detalles técnicos:

El fallo rechaza la demanda de inconstitucionalidad de la ley de protección de glaciares ( 26.639)  planteada por las empresas mineras Barrick Exploraciones Argentinas S.A. y Exploraciones Mineras Argentinas S.A. concesionarias del emprendimiento Pascua Lama y  Minera Argentina Gold S.A. del emprendimiento Veladero.

El fallo sostuvo que las empresas mineras no han acreditado, ni demostrado que la ley impugnada les generase algún tipo de daño en sus derechos de explotación minera. La Provincia de San Juan, que había adherido al planteo de las empresas para obtener la inconstitucionalidad de la ley, tampoco acreditó en qué medida la existencia de la misma le generaba agravio alguno.

Que a tenor que no se cumplen los recaudos formales de acreditación de  afectación de derechos por parte de las empresas mineras y  de la Provincia respecto de la ley de glaciares,  como tampoco la existencia de un caso judicial concreto, la Corte no ingresa a resolver sobre el fondo de la cuestión, es decir si es constitucional o inconstitucional dicha ley.

Posteriormente, la Corte  hace una revalorización del sistema federal de gobierno, afirmando que la protección de los glaciares en un estado federal como el argentino, implica una compleja tarea política que deben cumplir conjuntamente el Estado Nacional y las provincias, ninguna interpretación es constitucionalmente admisible si vacía de contenido el modelo federal del Estado.

Por lo tanto el fallo de la CSJN  de modo alguno pone en peligro la actividad minera como se está diciendo en medios nacionales, que pareciera no han leído el fallo. Si lo leyeran se darían cuenta que la Corte nada expresa con relación a la constitucionalidad o no de la norma por motivos de incumplimiento de recaudos formales y sólo sería objeto de análisis ante un caso concreto de afectación de los derechos de las partes y una causa contenciosa que amerite la intervención de la propia Corte.

"Quiero que el mensaje quede claro para la sociedad sanjuanina, seguiremos adelante con el cumplimiento de la ley de glaciares, con el inventario y niveles establecidos en la ley respecto del estudio. Sinceramnete, a nadie se le puede ocurrir realizar actividad alguna arriba de glaciares. Lo compartimos", reiteró Hensel.

Carolina: Brinda seguridad y garantiza federalismo

Secretaría de Política Minera

El fallo de la Corte Suprema de Justicia brinda certeza sobre la ley de protección de glaciares

Buenos Aires, 4 de junio de 2019 - La Secretaría de Política Minera del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación considera que el fallo de la Corte Suprema de Justicia, respecto de la constitucionalidad de la Ley de Glaciares, brinda certeza al definir la cuestión que se venía discutiendo desde hace largo tiempo.

La secretaria de Política Minera, Carolina Sánchez, resaltó que “es política de Estado la protección del medio ambiente y el desarrollo de la minería en la Argentina”, y destacó: “La minería es una oportunidad hacia el desarrollo equilibrado de la Nación”.

Del fallo surge que la implementación de la ley vigente exige fortalecer las definiciones técnicas y el trabajo articulado por parte de nación y provincias, mecanismo que ya se está llevando adelante, entre los órganos de ambiente y minería de la Nación, junto con las autoridades provinciales.

“Trabajamos con las provincias para potenciar el sector minero, muy incipiente aún en nuestro país, cuidando los recursos naturales”, sostuvo Sánchez.

“Coincidimos con el fallo sobre la necesidad del federalismo de concertación”, resaltó Sánchez. Y recordó que “esta metodología de trabajo se viene implementando a través  del Consejo Federal Minero (COFEMIN) y el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA)”.

CMSJ apela al federalismo y a precisar definiciones del Inventario

CÁMARA MINERA DE SAN JUAN / Comunicado

La industria minera en San Juan siempre ha buscado desarrollarse sin perder de vista la indispensable protección de los recursos hídricos en cualquiera de sus formas, inclusive las geoformas glaciares, aportantes estratégicos del sistema hídrico, dentro de un paradigma ecocéntrico y sistémico porque es propio de nuestra cultura.

Hemos tomado conocimiento por diversos medios de prensa que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha rechazado la demanda de inconstitucionalidad de la Ley Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares (26.639) ya que no se ha “demostrado que el sistema de preservación de los glaciares les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera” a los proyectos Veladero y Pascua-Lama. También, junto a las demoras en el Inventario Nacional de Glaciares, dijo que en virtud del sistema previsto por la Ley, el desarrollo de su implementación exigirá de definiciones técnicas y de un esfuerzo hermenéutico por parte de otras autoridades” (pg. 23). Además, remarcaron la utilidad del diálogo constructivo de Nación y Provincia al que alude el federalismo concertado (pg. 30).

Por eso, entendemos que queda un gran camino por delante en todo el país y, especialmente, dentro de nuestro territorio sanjuanino.

Por un lado, es necesario avanzar en las definiciones técnicas y el esfuerzo hermenéutico que propone como necesarias la CSJ, consideraciones que siempre han sido foco de atención de parte de la Cámara Minera de San Juan.

Por otro lado, que todos los sectores de la sociedad, público y privado, empresas, instituciones y estado apoyen en lo que resulte necesario a fin de que se completen todos los pasos del Inventario de Glaciares, que permita precisarlos así como sus aportes hídricos estratégicos al sistema hídrico de todo el territorio nacional, sobre todo en zonas de potencial producción minera.

Finalmente, adherimos plenamente a la urgencia de construir un federalismo concertado mediante un diálogo constructivo entre Nación y Provincia, que dé contenido al modelo federal del Estado y al proyecto ambiental de la Constitución.

La Argentina crece por el respeto de sus leyes e instituciones, así como por el protagonismo activo de sus empresas y organizaciones democráticas. Las leyes deben promover el desarrollo integral de los recursos propios de cada territorio, sin cercenar sus riquezas, ni las oportunidades de crecimiento de su pueblo, como tampoco su biodiversidad sistémica. Creemos en eso y seguiremos trabajando por el bien integral de nuestra casa común.


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