El Tribunal Constitucional declaró inadmisible, con un contundente 5 a 0, el recurso de inaplicabilidad presentado por la Asociación Gremial de Mariscadores y Pescadores de Los Choros que buscaba revertir el veredicto del Tribunal Ambiental de Antofagasta que resolvió que el proyecto minero portuario Dominga debía volver a ser evaluado por la Comisión de Evaluación de Impacto Ambiental.
Según se desprende del fallo de 3 páginas, «que, del examen del requerimiento interpuesto, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, al concurrir en la especie la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional de esta Magistratura.
Conforme se tiene del expediente constitucional, el conflicto que plantea el requirente está referido a materias que deben ser resueltas por el sentenciador ordinario de la instancia competente, en este caso, la Corte Suprema conociendo los recursos de casación accionados contra la sentencia que, a su turno, dictara el Primer Tribunal Ambiental».
Además, la resolución establece que lo dictaminado por el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta «no aparece aprobando el Proyecto Dominga, ni dispone que éste haya de quedar sin evaluación ambiental. Su parte resolutiva IV únicamente ordena retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental a la etapa posterior al Informe Consolidado de Evaluación, de manera tal que se proceda a una nueva votación, esta vez ajustada a derecho, de parte de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo».
Según informó la Región de Coquimbo. “no es admisible el efecto inconstitucional que le atribuyen los requirentes a la norma legal impugnada, siendo de agregar que las críticas que han dirigido contra el fallo señalado son materias a ser resueltas por los tribunales del fondo y no por el Tribunal Constitucional» concluye el fallo del TC.
Cabe recordar que el requerimiento de inaplicabilidad fue ingresado el pasado 14 de septiembre ante el organismo constitucional y buscaba revertir el veredicto del Tribunal Ambiental de Antofagasta, por considerar que infringe la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.
Lo anterior por considerar discriminatoria la decisión de declarar suficiente la línea de base marina presentada por la empresa, ya que no existe guía metodológica para ello.