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POLÍTICA Y ENERGÌA
Tarifas: El seguro de cambio para gasíferas argentinas eleva el voltaje político. La norma
08/10/2018

Tarifas dolarizadas: distribuidoras de gas trasladarán a usuarios la diferencia cambiaria en 24 cuotas

ENERNEWS

La Secretaría de Energía resolvió un "mecanismo de recupero" a partir del 1° de enero de 2019 para compensar la "marcada variación del tipo de cambio"

El gobierno de Mauricio Macri dispuso que las distribuidoras de gas podrán cobrar a los usuarios un importe "extra" en 24 cuotas mensuales, para compensar el impacto de la "marcada variación del tipo de cambio".

Esta medida que encarecerá el servicio del gas a los usuarios se suma al incremento de entre 30% y 35% aplicado desde el 1° de este mes que confirmó el secretario de Energía de la Nación, Javier Iguacel.

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) resaltó que "se aprobaron los nuevos cuadros tarifarios de distribución de gas con vigencia a partir de la publicación en Boletín Oficial, los cuales reflejan una variación para el usuario promedio -R31- del 34,5% respecto de las tarifas vigentes desde el 1° de abril de 2018. La factura mensual promedio país correspondiente sería de $730 pesos mensuales en el presente semestre".

La decisión para "compensar" a las empresas gasíferas en una cifra estimada a los 10.000 millones de pesos comenzará a aplicarse desde el 1 de enero de 2019, según la oficialización de la resolución de la Secretaría de Gobierno de Energía, publicada este viernes en el Boletín Oficial, reseñó Infobae. 

 A raíz de la marcada variación del tipo de cambio, se han acumulado diferencias significativas por la compra de gas

"Dispónese, en forma transitoria y extraordinaria, que para las diferencias entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio reconocido en las tarifas de distribución, valorizadas por el volumen de gas comprado desde el 1º de abril y hasta el 30 de septiembre de 2018, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) instruirá a las prestadoras del servicio de distribución al recupero del crédito a favor de los productores en línea separada en la factura de sus usuarios, en 24 cuotas a partir del 1º de enero de 2019", según el texto oficial.

Además, Energía estableció que las diferencias diarias acumuladas y actualizadas al 31 de diciembre de 2018 "a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina, serán distribuidas por las prestadoras del servicio de distribución a cada usuario proporcionalmente, tomando en consideración los volúmenes consumidos por éstos durante el período abril-septiembre de 2018″.

El Poder Ejecutivo recordó que la Ley Nº 24.076 prevé que "las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladados a la tarifa final al usuario, de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al distribuidor ni al transportista bajo el mecanismo, en los plazos y con la periodicidad que se establezca en la correspondiente habilitación".

 Las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladados a la tarifa final al usuario

En consecuencia, indicó que "a raíz de la marcada variación del tipo de cambio, se han acumulado diferencias diarias significativas por la compra de gas en el marco de los contratos suscriptos entre los productores y las licenciatarias de distribución".

"Resulta necesario adoptar medidas específicas para proteger al usuario final, atenuando la incidencia del traslado a las tarifas de las diferencias diarias acumuladas por la compra de gas en el último período estacional, comprendido desde el 1º abril al 30 de setiembre de 2018″, añadió el texto oficial.

Y aseguró que "para este caso particular no contemplado y en forma extraordinaria, corresponde habilitar un mecanismo de recupero de las diferencias diarias acumuladas correspondientes al período estacional antes mencionado, que contemple su recupero en un período temporal más extenso".

El secretario de Energía relativizó el impacto de los aumentos en la tarifa del gas

Javier Iguacel comparó lo que se paga anualmente por el fluido con el precio de otros servicios. Y negó que el plus que vendrá en las facturas en 24 cuotas sea consecuencia de la devaluación.

En medio de los anuncios de recesión al menos hasta marzo, alta inflación y la volatilidad del precio del dólar, esta semana el Gobierno dio a conocer los nuevos aumentos en el gas, más altos de lo anunciado en un primer momento, y además autorizó una "compensación" a las empresas distribuidoras de gas que pagarán los usuarios desde enero.

En medio de la polémica, el secretario de Energía, Javier Iguacel, negó que la compensación sea por el precio del dólar, ratificó que el aumento será en promedio del 34,7 %, aunque reconoció que será mayor en los sectores de menos recursos, y señaló que "más de la mitad" de los que se quejan en las redes sociales del aumento del gas "son militantes kirchneristas". También comparó lo que se paga por año por el gas con lo que suman las factura del cable anuales.

El exministro de Energía —ahora secretario de Estado tras los cambios en el Gabinete— señaló: "El aumento promedio es 34,7 %, depende la categoría. Los consumidores pagaban en función del volumen del gas, el que consumía más, pagaba más, no sólo porque consumía más sino porque había un precio más alto que había puesto el kirchnerismo supuestamente para pagar el gas importado, que nunca terminó haciéndose así y lo terminó pagando el Estado". Lo que hicimos fue uniformizar para que todos paguen el mismo precio por el gas, señaló Iguacel, para que la diferencia se dé entre quienes consuman más y los que consuman menos, y no en el precio diferenciado del fluido. "(En los sectores medios y bajos) el aumento es un poquito mayor (al 34,7 %) y en lo más alto es un poco menor, pero el promedio da 34,7 %", aseguró.

"Es cierto que cuando uno recibe la factura del invierno, sobre todo si en una casa, no en un departamento, como son bimestrales el número es alto. En Argentina consumimos entre 4 y 6 veces más gas en invierno que en verano, que es una de las cosas que queremos corregir con el sistema de la factura plana previsible, a partir del invierno que viene", dijo Javier Iguacel en el programa Sábado Tempranísimo de radio Mitre.

Y agregó una comparación polémica: "Cuando mira el consumo anual, aún después del aumento del 34,7 %, con estos precios del gas para el año que viene el 70 % de los hogares por año va a pagar un promedio por mes $ 700 (al mes), que es la mitad de lo que pagan por el cable. Hicimos una correlación y casi todos (esos hogares) tienen el cable, muy pocos no lo tienen. Por ahí uno no se da cuenta porque en el verano no mira la factura de gas. Cuando uno lo prorratea y lo hace mensual, el 70 % de los argentinos, aún con el aumento incluido, pagan la mitad de lo que pagan en el cable todos los meses; el cable aumentó el 1.200 % en los últimos diez o doce años".

Segùn informó Clarín. al ser consultado por cómo afectan las subas, por ejemplo, a los panaderos, Iguacel contestó: En el caso de los comercios pequeños, P1 y P2, le pusimos un tope para que no le quede un incremento superior al promedio del resto y le estamos dando una ventaja a las Pymes y a los pequeños panaderos para que sigan pagando menos".

 La "compensación" polémica

Tras la publicación de la resolución en el Boletín Oficial que establece que los usuarios tendrán que hacerse cargo de una deuda contraída por las distribuidoras de gas con las productoras como consecuencia de la devaluación del peso, no sólo reaccionaron las asociaciones de consumidores sino todo el arco opositor, incluida la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, que en su cuenta de Twitter publicó: "Acabo de leer en el Boletín Oficial la resolución 20/2018 de la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda por la cual, para compensar a las empresas por la devaluación, le van a cobrar a los usuarios de gas un importe extra en 24 cuotas a partir del 1 de enero. Nunca vi nada igual en toda mi vida. Estos tipos no tienen límite. Ya es demasiado. Acabo de presentar un proyecto de ley para derogar esa resolución".

Iguacel salió a explicar la resolución con críticas para Cristina. "En realidad no es compensación por la devaluación. Eso es desinformación de la expresidenta que así lo pone como para poder seguir haciendo populismo y mintiéndole a los argentinos", dijo el funcionario.

Y luego expuso su argumento: "Durante el invierno los productores de gas facturaron a las distribuidoras el precio acordado, pero las distribuidoras le cobraron a los clientes el precio establecido semestralmente por el Enargas. El distribuidor de gas tiene el objetivo de llevar el gas hasta tu casa. Primero viene por el transporte que son grandes caños de distintas cuentas".

"Todo eso que es transporte y distribución está pesificado. (Esos valores) estaban dolarizados y en la renovación contractual se pesificaron. Tienen un aumento que no tiene que ver con el dólar sino con el aumento mayorista de precio. (...) Lo que dice la ley del gas del 92, que hoy está en plena vigencia a partir de la caída de Emergencia Económica en enero de este año, es que la distribuidora compra al precio más barato posible y se lo refactura al usuario en la tarifa. En el invierno no se hizo. La productora le pasaba al distribuidor el total del precio, pero el distribuidor no le pasaba el total del precio al consumidor", explicó Iguacel.

La misma reglamentación de la ley dice que esa diferencia que no se cobró en un período estacional (en este caso el invierno) se debe cobrar en el siguiente período, que sería el verano, detalló el sucesor de Juan José Aranguren.

Además, Iguacel argumentó que a partir de la mejora de la producción y de las inversiones que se están haciendo, los precios se podrán mantener en el tiempo y que con la tarifa plana la gente, a partir de enero, en pesos, estará pagando durante el año el promedio que pagó en pesos este año.

En otra definición que traerá polémica con la oposición, el secretario de Energía apuntó que gran parte de las críticas a los aumentos de gas en las redes sociales son fomentadas por el kirchnerismo. "Con total franqueza, porque me meto y las reviso personalmente, más de la mitad de lo que dicen son militantes que quieren asustar a la gente. Son mentiras. No digo todos, la mitad más o menos. Una gran cantidad, o por lo menos los que me ha tocado revisar a mí, después terminan reconociendo que tenían una fuga de gas o que era una casa de 350 metros cuadrados". 

Ante las repreguntas de Marcelo Bonelli, Iguacel reconoció las fuertes subas en el gas. "Es innegable que ha habido un aumento muy fuerte porque no había habido aumento en diez años y eso nos había llegado a una crisis energética. Si hoy el 70 % de los hogares en promedio mensual paga la mitad de lo que paga de cable", insistió Iguacel.

La resolución

VISTO el Expediente EX-2018-49397545-APN-DGDOMEN#MHA, la Ley Nº 24.076, los Decretos Nros. 1.738 del 18 de septiembre de 1992 y 2.255 del 2 de diciembre de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 37 de la Ley Nº 24.076 establece que la tarifa de gas a los consumidores será el resultado de la suma de: a) precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte; b) tarifa de transporte; y c) tarifa de distribución.

Que la reglamentación del artículo 37 del citado texto legal prevé en su inciso (5) que “las variaciones del precio de adquisición del Gas serán trasladados a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor ni al Transportista bajo el mecanismo, en los plazos y con la periodicidad que se establezca en la correspondiente habilitación”.

Que el artículo 38 de la Ley Nº 24.076 establece, entre los principios a los que deben ajustarse las tarifas de distribución de gas, que “el precio de venta del gas por parte de los distribuidores a los consumidores incluirá los costos de su adquisición”.

Que, asimismo, el citado artículo 38, en su inciso d), establece que las tarifas de transporte y distribución de gas “asegurarán el mínimo costo para los consumidores compatible con la seguridad del abastecimiento”.

Que mediante el Decreto Nº 2.255 del 2 de diciembre de 1992 se aprobó el modelo de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, que en el Punto 9.4.2. prevé los ajustes por variaciones en el precio del gas comprado por las Licenciatarias de Distribución.

Que el Punto 9.4.2.5. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución dispone, entre otras cosas, que “las diferencias diarias se acumularán mensualmente y hasta el último día hábil de cada mes del período estacional”, y que “Si en el transcurso del período estacional, la suma de los montos mensuales no difiriere en más de un 20% de las ventas acumuladas del período estacional, tal suma será incorporada, con su signo, al ajuste de tarifas determinado en 9.4.2. del período estacional siguiente”.

Que sin perjuicio de lo previsto en las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, a raíz de la marcada variación del tipo de cambio se han acumulado diferencias diarias significativas por la compra de gas en el marco de los contratos suscriptos entre los productores y las Licenciatarias de Distribución.

Que resulta necesario adoptar medidas específicas para proteger al usuario final, atenuando la incidencia del traslado a las tarifas de las diferencias diarias acumuladas por la compra de gas en el último período estacional, comprendido desde el 1º abril al 30 de setiembre de 2018, respetando el principio de neutralidad del precio del gas respecto de dichas Licenciatarias (conf. artículos 37 y 38 de la Ley N° 24.076, y su decreto reglamentario).

Que en tal sentido, teniendo en consideración lo informado por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), para este caso particular no contemplado y en forma extraordinaria, corresponde habilitar un mecanismo de recupero de las diferencias diarias acumuladas correspondientes al período estacional antes mencionado, que contemple su recupero en un período temporal más extenso.

Que ello no obsta a la aplicación de los mecanismos previstos en el numeral 9.4.2.5 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución para aquellas diferencias diarias no comprendidas en la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 14 del Decreto Nº 802/2018.

 

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese, en forma transitoria y extraordinaria, que para las diferencias entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, valorizadas por el volumen de gas comprado desde el 1º de abril y hasta el 30 de setiembre de 2018, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) instruirá a las prestadoras del servicio de distribución al recupero del crédito a favor de los productores en línea separada en la factura de sus usuarios, en VEINTICUATRO (24) cuotas a partir del 1º de enero de 2019.

Las Diferencias Diarias Acumuladas y actualizadas al 31 de diciembre de 2018 a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina, serán distribuidas por las prestadoras del servicio de distribución a cada usuario proporcionalmente, tomando en consideración los volúmenes consumidos por éstos durante el período abril-septiembre de 2018.

La financiación de dicho monto se efectuará según la tasa pasiva plazo fijo pizarra del Banco de la Nación Argentina aplicándose el método francés para el cálculo y la amortización de la deuda y el pago de intereses, incluyendo un plazo de SESENTA (60) días que compense la diferencia entre la fecha de facturación y el efectivo pago.

ARTÍCULO 2°.- El ENARGAS deberá definir el mecanismo de recupero e instruir a las prestadoras del servicio de distribución para su implementación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel


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