El Ministerio Público presentó una acción de grupo solicitando que reconozcan y paguen todos los perjuicios, con la correspondiente indemnización, a los ciudadanos, residentes y trabajadores en áreas de influencia del pozo 158 del campo La Lizama.
La Procuraduría General le pidió a Ecopetrol que responda por los daños y perjuicios causados por la emanación de hidrocarburos y gases del pozo 158 del campo La Lizama, en zona rural de Barrancabermeja. Por eso, este martes, presentó una acción de grupo ante el Tribunal Administrativo de Santander para que se declare responsable a la empresa colombiana y repare a los ciudadanos, residentes y trabajadores en las áreas de influencia del pozo, ubicado en el corregimiento La Fortuna.
La indemnización, de acuerdo con el organismo de control, también deberá cubrir a los habitantes de inmediaciones de las quebradas Lizama y Caño Muerto, y el río Sogamoso, ubicados en área rural de los municipios de Barrancabermeja, San Vicente de Chucurí y Puerto Wilches, en el departamento de Santander. La petrolera, según la petición, habría ocultado información para evitar el derrame de crudo y subdimensionó la magnitud real del desastre.
“Se trata de una afectación colectiva tanto a los ecosistemas, como a las personas, que condujo a la afectación de una gran variedad de elementos necesarios para la producción de alimentos, fundamentales para la población de esa región del país, haciéndose intuitiva la necesidad que se imponga una reparación incluso mayor, pues razonablemente se prevé que a futuro aumenten los daños,dada la posibilidad que los efectos causados con la contaminación trasciendan a largo plazo y que aparezcan posteriormente nuevas afectaciones”, precisó el organismo de control.
La altísima emanación de petróleo y gases del pozo 158, según el Ministerio Público, podría ocasionar una alta probabilidad de nuevos efectos negativos luego de largos periodos de tiempo, especialmente, sobre la salud humana y el medio ambiente. En la acción de grupo piden, además, que se reconozcan y paguen todos los perjuicios causados, con la correspondiente indemnización, e intereses de mora hasta que se produzca el pago efectivo.