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Mendoza autorizó el fracking. Apoyo y críticas. La Pampa reclama
12/03/2018

El Gobierno dio luz verde al fracking, con apoyos y críticas

ENERNEWS/Los Andes

Se reglamentó la normativa que detalla los procesos administrativos y controles que deben haber para esta técnica de extracción.

Así como la minería, la explotación de hidrocarburos no convencionales a través de la fractura hidráulica, conocida como fracking, divide opiniones.

Los que están a favor destacan que traerá desarrollo económico para la provincia y que no contamina si se controla correctamente, mientras que los que están en contra afirman que pone en peligro el ambiente, principalmente un recurso estratégico como el agua, y que sólo enriquece a unos pocos.

Más allá de las discusiones, a partir de su publicación en el Boletín Oficial ayer, en nuestra provincia ya es una técnica autorizada y reglamentada. El decreto 248 detalla los procesos administrativos y los controles que deben haber.

El texto pasó previamente por una audiencia pública que se realizó en Malargüe en diciembre pasado. Si bien allí obtuvo más apoyo que críticas, la reunión en sí misma fue cuestionada por algunos sectores por haberse realizado en ese departamento.

A diferencia de la producción de petróleo convencional, el fracking extrae hidrocarburos líquidos o gaseosos de la roca madre donde se produce. Para lograrlo, se estimula la piedra a través de la inyección de agua a presión y distintos aditivos para darle permeabilidad.

 

Satisfacción oficial

“La ley nacional establece que las provincias pueden llevar procesos de estimulación hidráulica, pero no había reglamentación en el país para llevar adelante este proceso con estándares ambientales”, destacó el secretario de Ambiente, Humberto Mingorance.

Detalló que el proceso que culminó con este decreto se inició en julio de 2017 por un pedido de la empresa El Trébol para aplicar el fracking en una formación no convencional en el Puesto Rojas, Malargüe.

En ese entonces las autoridades provinciales decidieron autorizar la explotación y utilizarla a modo de prueba piloto de la técnica. “A partir de esta muestra que tuvimos el año pasado pudimos sacar conclusiones precisas de qué exigir a las empresas y lo pusimos en la reglamentación”, explicó.

Con respecto a la probable contaminación del agua, uno de los principales cuestionamientos a la técnica, Mingorance remarcó que los controles estarán a cargo tanto de la dirección de Protección Ambiental como de Irrigación. Como ejemplo, aseguró que el recurso hídrico que se utilizó en la prueba piloto fue un 70% de agua de la formación, que calificó como inservible, y sólo 30% de agua dulce.

En cuanto a las exigencias, el funcionario detalló que las nuevas áreas que se concesionen tendrán que cumplir con la manifestación general de impacto ambiental, pero que las que ya están en explotación deberán hacer un aviso de proyecto o un informe ambiental específico en los proyectos de escaso impacto o magnitud. “La diferencia es que la segunda no tiene audiencia pública, pero en las exigencias son exactamente iguales”, remarcó.

Por su parte, el subsecretario de Energía y Minería, Emilio Guiñazú, adelantó que esta reglamentación abre un nuevo horizonte productivo a la provincia. “Un desarrollo no convencional puede llegar a traer inversiones del orden de los mil millones de dólares y prácticamente duplicar el nivel de actividad de la provincia de Mendoza”, manifestó.

Consultado por los temores de algunos sectores ambientalistas por la falta de controles, los garantizó: “Entiendo que con algún tipo de gobierno la sociedad tenga el temor de que no se hagan las cosas bien, pero no es nuestro caso. Tenemos profesionales capacitados, una muy clara visión y la infraestructura necesaria para hacerlo bien”.

En representación de los empresarios mineros habló Mauricio Badaloni, presidente de la Unión Industrial de Mendoza (UIM). “Nosotros vemos en esta reglamentación una nueva oportunidad para que otras empresas se puedan radicar acá y verter en el resto de las industrias de la provincia”, manifestó, a la vez que remarcó que la actividad va a favorecer principalmente al pueblo malargüino.

Rechazo ambientalista

Para Carlos Benedetto, presidente de la Federación Argentina de Espeleología (Fade) y quien presentó un amparo contra el fracking que se realizó en Malargüe, este decreto desconoce el avance que están teniendo en la vía judicial.

A raíz del rechazo del amparo, el titular de la ONG presentó en febrero un recurso extraordinario en la Suprema Corte de la provincia. “Fue aceptado y estamos esperando que se resuelva, por lo que es extraño y desprolijo que se publique un decreto al respecto”, expuso. Recordó además que desde la organización impugnaron la audiencia pública y aseguró que en la resolución en la que se aprobó la audiencia se dejaron afuera importantes dichos.

En tanto, Marcelo Romano, abogado ambientalista y senador electo (Partido Intransigente), aseveró que este decreto no respeta la ley ambiental 5.961. “Lo que necesitamos ahora es que la Legislatura dé a luz un nuevo proyecto de ley que comprenda todos los presupuestos mínimos de protección ambiental que no se han tenido en cuenta”, dijo.

Asimismo, adelantó que junto con los abogados Enrique Viale, Marcelo Arancibia y Diego Seguí presentará próximamente una denuncia penal contra los funcionarios involucrados en esta reglamentación.

“Sabemos que viola la ley porque a los pozos que están en explotación no les va a hacer falta una manifestación, sino un aviso de proyecto que es un procedimiento mucho menos exigente”, explicó.

Para Romano, lo que está haciendo el gobernador con este decreto es “sobreponer intereses económicos y empresariales al cuidado del agua y del ambiente”.

Por su parte, Julieta Lavarello, integrante de la Asamblea Popular por el Agua de Mendoza, también apuntó contra el procedimiento de fractura hidráulica para la extracción de petróleo y gas porque es una de las actividades que “integran el modelo de saqueo, explotación y contaminación, como la minería y los agroquímicos”.

Denunció que “favorecen económicamente a unas pocas personas, en su mayoría empresas transnacionales, a costa de la destrucción total o parcial de los bienes comunes”.

Por otra parte, aseguró que el fracking es una actividad altamente contaminante y que en Argentina no existen los controles adecuados para que se lleve adelante.

“En Mendoza empezamos con un acto delictivo que fue la explotación en Malargüe disfrazada como experiencia piloto”, señaló y agregó: “Estamos hablando de estrujar el planeta para sacar dos gotas de petróleo. Es totalmente contrario a la política de Estado de cambiar paulatinamente a las energías renovables que decían sostener desde el gobierno”, cuestionó

 

“Es un tema que llevaremos a la CIAI”

La Arena

El gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, firmó un decreto que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales que se hacen mediante estimulación hidráulica o fracking, una actividad que representa un riesgo cierto de contaminación y que afectaría al río Atuel.

El Decreto Nº 248 se publicó ayer en el Boletín Oficial del gobierno mendocino y en la normativa se detallan los requisitos para las evaluaciones de impacto ambiental, los estudios que deberán presentar las empresas, el procesamiento de fluidos y los tipos de controles.

Según el medio digital sitioandino.com.ar, el decreto se elaboró en base a la información recogida en la audiencia pública del 28 de diciembre de 2017 realizada en Malargüe.

El objetivo de la resolución es “la reglamentación en materia de evaluación de impacto ambiental de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos sobre formaciones no convencionales” con el fin último de impulsar en la provincia los proyectos de extracción de petróleo y gas mediante estimulación hidráulica, comúnmente conocido como fracking.

Ante la noticia, LA ARENA se comunicó ayer con el procurador general de Rentas de La Pampa, Hernán Pérez Araujo, quien adelantó la postura que llevará la Provincia en la próxima reunión de la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior (CIAI), que será el 21 de marzo en Buenos Aires.

“Hay que recordar que la Corte Suprema sacó una resolución respecto a que estos temas se deben tratar en el ámbito de la CIAI. Una vez más Mendoza toma decisiones unilaterales así que puedo adelantar que éste será un tema que La Pampa llevará a la reunión del 21”, señaló Pérez Araujo.

El funcionario resaltó que la Provincia incluyó dentro de su demanda por el Atuel ante la Corte la cuestión del fracking al tiempo que lamentó que Mendoza no cumple con lo dictaminado por el máximo tribunal de justicia.

“Tenemos que mirar y estudiar el decreto que firmó Cornejo, pero sería una violación al fallo del 1 de diciembre en el cual la Corte dejó en claro que el ámbito a tratar estas cuestiones es la CIAI, ahí es donde llevaremos nuestra queja”, advirtió.

La postura pampeana respecto al fracking está en sintonía con los regantes del sur mendocino, especialmente de San Rafael y General Alvear. El año pasado, la Federación Argentina de Espeleología, los regantes del río Atuel y distintas asambleas por el agua presentaron un amparo en la Justicia para frenar la utilización de agua del principal afluente del Atuel (el Salado) para la extracción de hidrocarburos por el sistema fracking desde el lado mendocino de Vaca muerta.

Las organizaciones mendocinas cuestionan al gobierno de Cornejo porque no se realizó un estudio de impacto ambiental ni una asamblea pública, como establecen la ley nacional 25.675 y la provincial 5.961. La Fundación Cullunche denunció también el hecho ante la Fiscalía de Estado.

Las organizaciones también reclamaron en agosto a la Legislatura mendocina. “Es un atropello y una falta de respeto hacia los mendocinos. Esos pozos necesitan un nuevo estudio de impacto ambiental y audiencia pública”, comentó Mariano Nagalich, uno de los ambientalistas convocados.

Estudio de impacto.

En el decreto publicado ayer se aclara que todos los proyectos de exploración y explotación en formaciones no convencionales deberán contar con una evaluación ambiental previa a su ejecución y fija una vasta lista de requisitos a los que se debe ajustar esa evaluación aportando declaraciones juradas, datos de los pozos, del recurso hídrico a utilizar, de los aditivos que se usarán, del agua de retorno, de las medidas de prevención y mitigación y también de control.

Las principales críticas de los detractores del fracking apuntan al riesgo de contaminación del agua que tiene esta actividad. Frente a ello, la norma que entró en vigencia en Mendoza determina que “durante el proceso de Fractura Hidráulica se deberá adoptar un sistema cerrado de procesamiento de fluidos que utilice el concepto de ‘locación seca'”. Además dispone que se realicen controles para preservar aguas superficiales y subterráneas.

Prohibición.

En tanto, establece que el agua de fractura para el caso de yacimientos en producción deberá provenir preferentemente del agua de formación y que queda prohibido durante las etapas de perforación, explotación y terminación de pozos no convencionales, la utilización del agua subterránea con aptitud para satisfacer el abastecimiento a poblaciones y otros usos productivos.

Asimismo, el agua proveniente de retorno (denominada flowback), no podrá ser vertida sobre cuerpos de aguas superficiales, bajo ninguna condición, ni podrá ser almacenada previa y durante su tratamiento en receptáculos a cielo abierto.

También queda prohibido su vertido en piletas naturales o artificiales de infiltración y/o evaporación, pozos absorbentes, cavados, perforados, sumideros o inyectores, cualquiera sea su profundidad, que de algún modo puedan estar vinculados o conectados a acuíferos libres o confinados y que sean susceptibles de contaminar o alterar la calidad de las aguas subterráneas


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