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GNLgate: falta de mérito para De Vido y la liberación de Baratta
09/03/2018

Causa gas licuado: falta de mérito para Baratta y De Vido

ENERNEWS/MINING PRESS/Cadena 3

Lo resolvió la Sala II de la Cámara Federal. El ex ministro de Planificación seguirá detenido porque se le dictó la prisión preventiva en la causa Río Turbio.

La Sala II de la Cámara Federal dictó este jueves la falta de mérito para el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y del ex secretario de Coordinación de esa cartera Roberto Baratta, quien recuperó la libertad.

La decisión la adoptó el tribunal por dos votos contra uno en una causa en que se investigan presuntas irregularidades en la compra de gas licuado.

Los jueces Jorge Ballestero y Martín Irurzun dictaron la falta de mérito de los dos ex funcionarios, y el tercer juez, Leopoldo Bruglia, votó en disidencia.

De Vido continuará detenido porque tiene prisión preventiva en otra causa, en la que se investiga un presunto caso de corrupción en la mina de Río Turbio.

De esta manera, la Cámara por mayoría revocó el fallo de primera instancia del juez Claudio Bonadio, quien había procesado a los ex funcionarios tras un peritaje que estableció que se aprobaron compras, entre 2008 y 2015, con sobreprecios de US$ 7.000 millones.

La compra de gas líquido era a través de Enarsa y el fluido era regasificado en las plantas de Ingeniero White, en la zona de Bahía Blanca.

Los ex funcionarios están acusados de haber participado en una "maniobra defraudatoria llevada a cabo en el marco de la importación de gas natural licuado realizada durante los años 2008 a 2015, ambos inclusive, por el Ministerio de Planificación Federal", a través de la cual "se generó un perjuicio económico a las arcas del Estado" de aproximadamente 6.995 millones de dólares, "pues el precio por el que se abonó fue superior a los valores de mercado", sostuvo Bonadio.

Aunque ahora la Cámara le pidió profundizar la investigación y el voto en mayoría cuestionó el peritaje que realizó el experto David Cohen.



"Comparó el precio del gas natural en estado gaseoso, seco – tal como fluye por los circuitos instalados en Estados Unidos, o sea, el Henry Hub-, con el del gas en su estado líquido –el único que, al ser trasportado por buques, puede ser importado hasta estas latitudes" y "si bien su composición puede ser la misma, su diferente estado y la incidencia de los procesos para arribar a él, determina que no pueda existir comparación posible", señaló en su voto Ballestero.

También dijo que comparó los precios del gas licuado una vez efectuada las compras con aquel período temporal en que la materia llegó a la Argentina: "La compra de un producto de por sí costoso, de alto riesgo, de vital significación y de importante demanda, para cuya adquisición se requiere de la evaluación de diferentes variables", dijo el camarista.

"Por un lado, varias defensas demostraron ante el Tribunal – luego de una minuciosa exploración del mundo virtual- que muchos de los pasajes del informe de David Cohen eran copia literal de diferentes documentos obtenidos de Internet y no me refiero con ello a sitios web de revistas especializadas que la comunidad científica consulta y que atesora con mezquindad. Me refiero a páginas de libre acceso y consulta, dirigidas al público en general, con el rigor académico que ello supone", dijo Ballestero.

El voto al que adhirió Martín Irurzun concluyó en la falta de mérito para De Vido, Baratta, el exsecretario de Energía Daniel Omar Cameron, Roberto Nicolás y José Dromi, Exequiel Omar Espinosa, Walter Rodolfo Fagyas, Jorge Alberto Samarín, Jorge Alberto O’Donnell, Alexis Guillermo Zuliani, Rodolfo Alejandro Luchetta, Stella Maris Babilani, Juan José Carbajales, José Ramón Granero, Gastón Ghioni, Nilda Clementina Minutti, Tamara Natalia Pérez Balda, Fernando Omar Salim, Roberto Tulio Vázquez, Alejandra Marcela Tagle, Mónica Edith Bisconti, Karina Noemí González, Flavia Analía García, Martín Ignacio Busti y Haydeé Justa Fernández,.

Por su parte, Bruglia sostuvo que se acreditó "la existencia del perjuicio efectivo para el erario público provocado por la administración fraudulenta llevada a cabo –con distintos roles- por los imputados en autos, desconociéndose el destino que se le dio a fondos no registrados".

"Sin perjuicio de no contar por el momento con una pericia idónea que demuestre el menoscabo concreto al erario público, lo cierto es que el informe referenciado demuestra categóricamente que efectivamente se ha generado un detrimento económico, el cual se encuentra determinado por la observación referida al progresivo aumento de los precios de los cargamentos, a pesar de que los valores de mercado se hubieren mantenido estables e incluso disminuyeron en el período analizado", concluyó.

En 2014 se inició la causa con el requerimiento del fiscal Carlos Stornelli para investigar "las presuntas irregularidades en la adquisición de gas licuado natural en el período comprendido entre el año 2008 y la actualidad".

En total, fueron tres las denuncias hechas: dos de un abogado particular y otra de entonces opositores del PRO como el senador Federico Pinedo, la actual ministra de Seguridad Patricia Bullrich y la titular de la Oficina Anticorrupcion Laura Alonso.


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