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RENOVABLES
Argentina impulsa venta de renovables entre privados
06/06/2017

El Gobierno impulsa un mercado para la venta de energía renovable entre privados

ENERNEWS/El Cronista

El Ministerio de Energía difundió un borrador de la resolución que permite la operación entre privados. Además, crea registros y organismos con el objetivo de equilibrar la oferta y la demanda, para que las empresas puedan cumplir con las cuotas exigidas por ley.

El Gobierno impulsa la creación de un mercado para la venta de electricidad producida a partir de energías renovables, en el que podrán operar privados y acordar términos, condiciones y precios de los contratos con libertad, aunque crea un organismo que dará el visto bueno en función de los niveles de demanda, entre otros puntos centrales del borrador de la resolución que difundió hoy la cartera que conduce Juan José Aranguren.

 Según apuntaron fuentes del Gobierno, se buscó poner a disposición del público y los interesados la normativa que regula y crea el mercado y abrir un período de tres semanas a partir de hoy para recibir comentarios, correcciones y sugerencias al primer borrador de la resolución, tras lo cual el Ministerio evaluará los mensajes recibidos y redactará la reglamentación definitiva del mercado, que será finalmente publicada en el Boletín Oficial.

En un documento, de un cuerpo principal de 14 artículo y un anexo  de siete capítulos y 41 artículos, el Ministerio de Energía crea el "régimen de mercado a término de la energía eléctrica de fuente renovable", que permite a Grandes Usuarios comprar electricidad directamente desde los productores verdes, habilitándoles la posibilidad de acordar entre las partes, con total libertad, las condiciones y precios del contrato.

Esta normativa, además, era la reglamentación que faltaba para que estos grandes usuarios (fábricas, empresas, pymes, entre otros) cumplan con la ley 27.191, que regula las proporciones obligatorias de consumo electricidad a partir de fuentes limpias. Según esa ley, el objetivo empieza en 8% entre 2017-2018 hasta llegar al 20% del total a partir de 2025.

Juan Bosch, presidente de la empresa SAESA (trader de energía), aseguró que "esta resolución demuestra que se viene una gran oportunidad para el mercado entre privados” y que derivará en una mayor "cantidad de inversiones en el país". 

Regulador

Uno de los puntos centrales de la normativa es que crea, en el artículo 6°, el Organismo Encargado del Despacho (OED), que informará a través de Internet "la capacidad de transporte efectivamente disponible, consignando la información de que disponga sobre las solicitudes de acceso ingresadas y en trámite".

Este organismo, además, será quien dé el visto bueno final en la operación entre privados, ya que tiene entre sus capacidades la regulación de la oferta y la demanda de este tipo de electricidad.

En caso de congestión del sistema de transporte, que cause problemas en el suministro, el OED asignará prioridades en la distribución, para lo cual la normativa presentada hoy también crea un registro especial (llamado "Registro Para la Asignación de Prioridad de Despacho").

Registro

Además de este organismo, el Ministerio creará, en la órbita de la Subsecretaría de Energías Renovables, el Registro Nacional de Proyectos de Generación Eléctrica de Fuente Renovable, en el que estarán inscriptos todos los proyectos de generación, cogeneración y autogeneración de energía eléctrica a partir de fuentes limpias que se integren en el Sistema Argentino de Interconexión (SADI). Con este registro, el Ministerio de Energía registrará efectivamente cuál es la oferta de energía limpia en la matriz energética del país.

En el artículo 31° del capítulo IV, el Ministerio estableció que "las condiciones contractuales -duración, prioridades de asignación, precios y demás-, podrán ser pactadas libremente entre las partes" aunque aclara que "los volúmenes de energía comprometidos estarán limitados por la energía eléctrica de fuente renovable producida por el Generador o aportada por otros Generadores o Comercializadores con los cuales aquel posea acuerdos de comercialización".

La normativa también fija un cargo por comercialización, que será progresivo desde los u$s 4 por Megavatio hora en 2017-2018 hasta los u$s 20 por Megavatio hora a partir de 2025, y un cargo de administración, fijado en 0,1 uds por cada megavatio hora a partir de este año y sin modificaciones en el tiempo. 


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