Esto podría derivar en una eventual revocación del permiso ambiental del proyecto, o en aumentos de las multas.
El Tribunal Ambiental de Santiago, por unanimidad de sus Ministros, rechazó la reclamación interpuesta por Compañía Minera Nevada, titular de Pascua Lama, en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que no aprobó el Programa de Cumplimiento presentado por la minera.
La resolución reclamada, está asociada a un segundo proceso sancionatorio llevado a cabo por la SMA contra el proyecto minero, a través del cual se le formularon diez cargos asociados a flora y monitoreos sociales y de glaciares, entre otros. Una infracción fue calificada como gravísima, dos tienen carácter de graves, y siete son leves. Frente a lo anterior, la minera controlada por Barrick Gold presentó en mayo su Programa de Cumplimiento Ambiental, el cual fue rechazado por la SMA, situación que derivó en una reclamación ingresada al Tribunal Ambiental de Santiago, el 28 de agosto de 2015 y admitida el 3 de septiembre del mismo año.
En el fallo, el tribunal concluye que “la SMA no incurrió en el vicio de desviación de poder y aplicó correctamente el criterio de integridad, razón por la cual las alegaciones de la reclamante se rechazarán”.
El fallo explica que el criterio de integridad exige que el programa de cumplimiento incorpore todas las infracciones contenidas en la formulación de cargos, y que la SMA rechazó dicho programa justamente por no cumplir con el mencionado criterio, ya que no incorporó todas las infracciones detalladas en los cargo.
Este revés, según explican expertos, podría derivar en una eventual revocación del permiso ambiental del mega proyecto minero, o en aumentos de las multas. Todo lo anterior, a discreción de la SMA.
Cabe recordar que este proyecto se encuentra paralizado desde 2013 por problemas ambientales y en 2014 Barrick solicitó a Sernageomin la suspensión temporal del mismo. Este permiso se le otorgó por dos años.