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Código de Aguas: Diputados aprobaron la polémica reforma. Claves
23/11/2016
ENERNEWS/Diarios

La Cámara de Diputados aprobó la reforma al Código de Aguas con 63 votos a favor. La iniciativa fue ingresada hace cinco años y pasó su primer trámite constitucional. Con 63 votos a favor, 32 en contra y 3 abstenciones, los parlamentarios dieron el visto bueno a la propuesta legal que se tramita en el Congreso. El presidente de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, Daniel Núñez, destacó la medida como un avance ante el preocupante escenario de escasez hídrica en distintas regiones del país.

El ministro Alberto Undurraga dijo que "hemos dado un paso importante con un amplio apoyo, con una votación transversal unánime en muchos artículos, y en los que había diferencia con la Nueva Mayoría votando disciplinadamente".

La instancia contó con la presencia del ministro de Agricultura, Carlos Furche, del titular de Obras Públicas, Alberto Undurraga y el Director General de Aguas, Carlos Estévez, más otras autoridades de Gobierno y durante la mañana de este martes, los parlamentarios expusieron sus puntos de vista sobre la  reforma antes de votar.

Desde los sectores organizados por la defensa del agua, se critica que pese a que en la reforma se consagra al agua como "un bien de uso público", en el 90% de sus derechos de uso, ya asignados, se mantiene la figura de la propiedad privada.


 

La diputada socialista de la Comisión de Agricultura Denise Pascal indicó que en distintas comisiones se atendió a la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) y sus demandas, pero debido a que hay personas que especulan, opinó que se requiere de una protección al Código de Aguas.

“Me llama la atención cuando la Multigremial dice que no se le ha escuchado si los tuvimos varias veces en las diferentes comisiones. Dicen que este proyecto lleva a la expropiación de los derechos de agua, esta institucionalidad viene al revés, a hacernos cargo de los factores que justamente el cambio climático está llevando a nuestro país. Nos lleva a reconocer el derecho de agua como el derecho que tienen todos los seres humanos a tener agua potable en sus casas. Se estima a través del Ministerio de Obras Públicas, que hay 400 mil personas en nuestro país que hoy no tienen acceso para tomar ni siquiera un vaso de agua”.

En la misma línea, el presidente de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, diputado (PC) Daniel Núñez, apuntó al preocupante escenario de escasez hídrica en distintas regiones del país.

“Todos hemos sabido la verdadera guerra del agua que tenemos en la provincia de Petorca y uno de los elementos que ha incidido es que se ha permitido la inscripción de derechos provisionales que pasados cinco años pasan a ser derechos permanentes. Esto ha permitido que grandes propietarios agrícolas hayan usurpado el agua a pequeños campesinos. No pueden haber derechos de aguas en cuencas que no tienen aguas, cómo el Código de Aguas permite que se sobre otorguen derechos y en la práctica tengamos una ley del más fuerte”.

En la votación, a más de cinco artículos parlamentarios de oposición emplearon reserva de constitucionalidad sin descartar el recurrir al Tribunal Constitucional.

Al respecto se refirió el diputado UDI Ernesto Silva, quien además afirmó que el diagnóstico del Banco Mundial sobre las medidas que hay que aplicar en nuestro país son distintas a las que propone el proyecto de ley en discusión, ya que propone fortalecer la institucionalidad y mejorar las asociaciones de usuarios, entre otras ideas.

“Se debiera avanzar en mayor sustentabilidad y eficiencia en el uso del agua que muchas veces se pierde. Además la sociedad civil y canalistas lo hacen bien, hay que darles más espacio no quitárselos como lo hace este proyecto. Esta iniciativa no reconoce el derecho constitucional como está en nuestro ordenamiento jurídico, le guste o no a quienes hoy lo critican, así está establecido”.

Mientras, el diputado RN Germán Becker, sostuvo que el proyecto pone el foco en el lugar incorrecto y el debate se ha instalado desde la afirmación de que en Chile existe una concentración en la tenencia de derechos de agua, lo que a su juicio, es falso.

“El 80 por ciento de los derechos de agua consuntivos están en manos de agricultores, de los cuales el 80 por ciento son pequeños y medianos. Así, el cambio de un modelo de aprovechamiento definitivo a un sistema de concesiones a 30 años, prorrogables en determinados casos y siempre revisables, generará que tengamos derechos de primera y segunda categoría. Es decir, cuando un pequeño agricultor vaya a pedir un crédito al banco para una plantación de arándanos, tendrá problemas de acceso al financiamiento”.

La mayoría de los artículos del proyecto en particular fueron aprobados, ahora la propuesta legal  pasa a su segundo trámite constitucional al Senado.

Modatima: “Esta es una reforma cosmética”

En conversación con Diario y Radio Universidad de Chile, Rodrigo Mundaca, secretario y vocero del Movimiento por la Defensa del Agua, Protección de la Tierra y Respeto al Medio Ambiente (Modatima), calificó esta reforma como “acotada y profundamente incompleta”, ya que apunta a cambiar las categorías de entrega de este recurso, sólo al 10 por ciento de las fuentes que faltan por ser concesionadas.

En este sentido, Mundaca hizo énfasis en que antes de realizar reformas al Código de Aguas, el Parlamento debiera haber derogado el artículo de la Constitución que consagra la propiedad privada del agua. Entonces con esto se deja la puerta abierta para que sectores que tienen interés en mantener el carácter privado del recurso hídrico, puedan recurrir al Tribunal Constitucional.

“No hay la voluntad política para derogar el artículo 19, numeral 24, inciso 11 contenido en la Constitución Política de 1980 donde se consagra la propiedad privada del agua. Por tanto, ahí la pregunta que cabe es cómo hoy día se hace una reforma al Código de Aguas sin tocar la propiedad privada de la misma, en circunstancias que cualquier abogado va a sostener que la norma jurídica que se superpone siempre es la Constitución Política”.

Además, desde Modatima enfatizaron en que, a pesar que  la reforma plantea el aseguramiento del agua potable a los pequeños agricultores y habitantes de zonas rurales para beber, en la práctica no existe la infraestructura para aprovisionar a las personas del recurso, por lo que se continuará entregando el vital elemento a través de camiones aljibes: “Algo que está absolutamente naturalizado”, señaló Mundaca.

Otro punto que destacó el vocero de Modatima tiene que ver con que la reforma tampoco toca los intereses de las empresas sanitarias del país, siendo que un 99 por ciento de ellas están en manos privadas.

Por estas razones, Rodrigo Mundaca sostuvo que esta reforma es “cosmética” toda vez que, después de 35 años de vigencia del Código de Aguas impuesto en Dictadura, el proyecto sólo altera algunos artículos del cuerpo legal, pero se mantienen los perjuicios hacia la gente pobre que no tiene acceso corriente al agua potable.

“Han transcurrido 35 años y hoy día se discute una reforma que, a nuestro juicio, no aborda el fondo y que tiene que ver con haber enajenado y mercantilizado un bien natural común. Hoy día discute una reforma que es bastante cosmética, toda vez que hoy el pueblo pobre privado de agua toma agua desde camiones aljibes, tiene que bañarse por presas o tiene que hacer sus necesidades en bolsas plásticas. La casta política toma la decisión de reformar algunos artículos del Código de Aguas después de 35 años de lucro, usura y exclusión con el agua, y lo hace cosméticamente”.

LOS PUNTOS DEL PROYECTO SON LOS SIGUIENTES:

1) Intensificación del carácter público: En cualquiera de sus estados, son un bien nacional de uso público, incluidos los glaciares. Los derechos se pueden conceder y restringir en función del interés público.

2) Priorización usos de la función de subsistencia: Se consagra el derecho humano de acceso al agua potable y saneamiento. Y se prioriza el consumo humano, la subsistencia y el saneamiento, tanto para el otorgamiento de derechos, como para la limitación de su ejercicio en caso de escasez.

3) Protección de áreas de importancia patrimonial y ambiental: Se prohíbe la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas en glaciares, áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad y acuíferos que alimenten vegas, pajonales y bofedales andinos desde Arica a Coquimbo.

4) Fortalecimiento de las atribuciones de la Administración (DGA): En aguas subterráneas si la explotación de éstas produce una degradación del acuífero que afecte su sustentabilidad, la DGA limitará a prorrata las extracciones; y en aguas superficiales, se faculta a la DGA para ordenar una redistribución de aguas cuando el río esté seccionado.

5) Precaver y sancionar la tenencia ociosa de derechos de aprovechamiento: Si los titulares no realizan las obras de aprovechamiento se aumenta el cobro de patentes por no uso de las aguas, duplicando su valor cada cuatro años. Y pasado un plazo, si los derechos no se inscriben en el Conservador de Bienes Raíces, caducarán.

6) Regularización de usos consuetudinarios y derechos provenientes de predios CORA: Se concede un plazo de cinco años para presentar la solicitud y se permite regularizar ante la Dirección General de Aguas y de modo colectivo por las Organizaciones de Aguas.


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