Empresas Sutil y Sociedad del Canal de Maipo rechazan la iniciativa. Enel Generación y Aguas Chañar valoran que se priorice el consumo humano por sobre usos productivos. Minera San Gerónimo destaca el castigo al acaparamiento, pero pide más certezas. Ministro de Obras Públicas responde a las críticas.
La afirmación de que “las guerras del futuro serán por agua” se ha convertido en un lugar común. Pero no hay que esperar muchos años para comprobarlo: basta observar el conflicto que existe en el Congreso y en el sector productivo chileno por la reforma al Código de Aguas que, tras cinco años de discusión legislativa, aún genera profundas divisiones.
Cinco empresas, de distintos tamaños, sectores productivos y localización geográfica enjuician la iniciativa e intentan aterrizar sus efectos en sus operaciones. Hay dos rechazos rotundos, de Empresas Sutil y Sociedad del Canal de Maipo; mientras el proyecto tiene el apoyo de Aguas Chañar y un respaldo más tibio de Enel Generación, ex Endesa Chile. Minera San Gerónimo destaca que se castigue el acaparamiento, pero pide más certezas, sobre todo en temas de administración del recurso hídrico y del derecho de propiedad.
El punto más polémico es el relativo al derecho de propiedad. El proyecto establece que los nuevos derechos serán por 30 años como máximo, lo que ocurre cuando se trata de derechos consuntivos, que implican agotamiento del recurso (consumo), pero el plazo es menor para las eléctricas, que poseen derechos no consuntivos, donde el agua se devuelve al cauce. Y si no hay obras de aprovechamiento, estos caducarán. Según Juan Sutil, esto implica una expropiación porque “la tierra sin agua pierde en 90% su valor”. Mario Jofré, de Minera San Gerónimo, admite que ahí hay una incerteza que puede complicar la inversión.
Otro de los aspectos conflictivos es la priorización de uso: primero es consumo humano, el segundo es servicios básicos (como saneamiento) y en tercer lugar, la utilización productiva. Aquí la división es por industria: la sanitaria y la empresa eléctrica aplauden, el resto no.
Y un tercer elemento en discrepancia son las facultades de la Dirección General de Aguas (DGA), que para varias de las empresas implica más discrecionalidad, menos certezas y menos eficiencia.
Otro punto polémico es que la DGA puede definir -con efecto retroactivo- un caudal ecológico o nivel mínimo de agua en un cauce, lo que afectaría a derechos de aprovechamiento ya constituidos, pudiendo la autoridad limitar su uso o suspenderlos temporalmente si existiera riesgo para el acuífero. El ministro de Obras Públicas, Alberto Undurraga, responde a las principales críticas, explica el objetivo de los cambios introducidos y detalla qué hace el Ejecutivo en materia de gestión hídrica.