Cosas de la polìtica. El proyecto tiene fecha del 15 de septiembre. Es decir, al dìa siguiente de que fuera suspendida la mina Veladero por el problema en su valle de lixiviación.
Pero recièn circuló con fuerza desde ayer en la prensa sanjuanina, cuando se difundió que dos actores de la política minera de la etapa kirchnerista promovían un pedido de informes sobre "el incidente acaecido" en la mina propiedad de Barrick Gold.
Surgieron críticas, como las de la diputada justicialista de extracción sindical Florencia Peñaloza quien criticó duramente al ex gobernador por su postura frente a un nuevo incidente en el proyecto minero. “¿Ahora sale a pedir un informe cuando en su momento reinó el silencio y el ocultamiento?”, dijo-
Gioja aclaró que apoya la suspensiòn de la mina dispuesta por Sergio Uñac y recordó que Tomas, ante el derrame del año pasado, también presentó un pedido de informes. Y defendió su actuación ante el hecho: "no se escondió nada el año pasado, se demostró que no hubo daño ambiental, fuimos controlados por organimos de la ONU. El año pasado hicimos todo lo que había que hacer y la empresa no cumplió con lo que le habíamos pedido, entre otras cosas, las cámaras de seguridad en el lugar”, aseguró.
FIRMANTES
TOMAS, HECTOR DANIEL, SAN JUAN, FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIOJA, JOSE LUIS SAN JUAN, FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
COMISIÓN DE MINERIA
6248-D-2016: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELATIVAS AL INCIDENTE ACAECIDO EN LA MINA VELADERO, DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN, EL 8 DE SEPTIEMBRE DE 2016.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 8 de septiembre de 2016 acaeció una falla en la Mina Veladero, sita en la Provincia de San Juan, operada por la empresa Barrick Gold.
La misma empresa reconoció el hecho y produjo un informe que ya es de público conocimiento.
En ese informe concretamente se afirma que el incidente involucró el desacople de una cañería con solución de proceso y tuvo lugar dentro del valle de lixiviación. Y que no hubo contacto con ningún curso de agua ni con canales de desvío. De acuerdo con las investigaciones preliminares, el desacople se habría producido por el impacto de un trozo de hielo.
No obstante, la comunidad local se encuentra francamente preocupada por el incidente y necesita esclarecer las implicancias de la falla para así resguardar su integridad.
Si bien las autoridades locales de la Provincia de San Juan ya estarían interviniendo, estimo pertinente que las autoridades nacionales actúen en el ámbito de su competencia y colaboren para recabar mayor información sobre lo sucedido.
A su vez, si a estos organismos les constase información sobre daños al ambiente, se les solicita que provea datos para revertirlos y prevenir futuros incidentes.
Este pedido de informes, pues, se enmarca en las facultades del Congreso de la Nación, del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y del COFEMA (Consejo Federal de Medio Ambiente), también en virtud de las disposiciones de la Ley 25831 - Régimen de libre acceso a la información pública ambiental, en aras de otorgar certeza sobre eventuales afectaciones al medio ambiente y a la salud de los habitantes de la Nación, en este caso, de la Provincia de San Juan. Dicha Ley 25831 prevé un acceso a la información ambiental libre e irrestricto.
Por último, cabe destacar que este pedido de informes retoma, lamentablemente, una iniciativa preparada por asesores de la Comisión de Minería de esta Cámara en el año 2015, a raíz de otro accidente producido en la misma mina.
Por todo lo expuesto, es que solicito el apoyo de mis pares al presente proyecto de resolución.
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
La Cámara de Diputados de la Nación Argentina resuelve solicitar al Poder Ejecutivo Nacional -a través del Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Minería, la Subsecretaría de Recursos Hídricos, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el Consejo Federal de Medio Ambiente y otros organismos competentes en la materia- que informe sobre las siguientes cuestiones relativas al incidente acaecido en la Mina Veladero, sita en el Departamento de Iglesia, Provincia de San Juan, el día 8 de septiembre de 2016:
1.- los detalles del incidente en la mina operada por Barrick Gold y sus causas, para lo cual se solicita que se precise la descripción técnica del desperfecto ocurrido;
2.- los pormenores del plan de contingencia o emergencia previsto para la mina, sus implicancias y si se aplicó de manera efectiva;
3.- el grado de cumplimiento de todas las normas de seguridad y ambientales y si existieron medidas que se podrían haber tomado para prevenir el incidente;
4.- las condiciones de uso de aguas y recursos hídricos por parte de la Mina Veladero y si ésta última respetó los parámetros de utilización;
5.- si se produjo derrame de soluciones cianuradas, cuál fue su volumen, en qué áreas se produjo y cuáles alcanzó o podría alcanzar;
6.- cuáles son las consecuencias y riesgos ambientales del incidente;
7.- si existe afectación a la salud de los trabajadores de la mina y de los habitantes de zonas involucradas;
8.- la realización de monitoreos o estudios sobre los recursos hídricos de las zonas involucradas y sus resultados;
9.- en caso de verificarse el derrame y afectaciones ambientales, se solicita se brinden precisiones sobre aquellos y sobre las medidas instrumentadas o a instrumentarse para remediar las consecuencias del hecho y para prevenir otro similar en este establecimiento y otras minas