Manuel Viera Flores*
Las autoridades políticas a cargo de las finanzas de los últimos 30 años han privilegiado, con mayor o menor énfasis, el crecimiento económico por sobre la recaudación tributaria inmediata, siendo muy acertada esta decisión. Chile ha sido un ejemplo por su modelo de desarrollo económico, y con mayor relevancia por su minería de clase mundial.
Varios países han copiado el Código de Minería, el DL 600, la Enami y ahora el Royalty. De todos, el que mejor lo ha hecho ha sido Perú, que ha perfeccionado todos estos mecanismos logrando una ventaja competitiva respecto de Chile.
El Objetivo del Royalty es cobrar por la extracción de un recurso escaso, no renovable y valioso que se agota y que genera rentas Ricardianas (mineral de alta ley y mejor ubicado genera mayores rentas que otros de baja ley) o el principio de Hotelling (el valor presente de un recurso agotable homogéneo debe ser idéntico sin importar el momento en que ha sido extraído) con rentas intertemporales.
La ley 2026, llamada “Impuesto Específico a la actividad Minera”, es una regalía que debe pagar toda empresa o explotador, que hace uso de un recurso no renovable de un país. Si no es un impuesto, es un derecho que se paga para poder extraer minerales, que se hace extensivo a todos los chilenos a través de los pagos al Estado.
El país debe entender la importancia de la minería dentro de la economía, de ella depende en gran medida el potencial de crecimiento y desarrollo social. La actividad extractiva representa cerca del 60 % de las exportaciones nacionales, siendo nuestra historia minera reciente extraordinaria, pues pasó de 1 millón de ton cobre fino a 5.8 millones en 20 años.
La renta minera es un constructo técnico, económico financiero que debe ser analizado de manera amplia con todos los actores relevantes, incluyendo la opinión técnica, para no desincentivar la inversión y el desarrollo socioeconómico de las regiones. Nadie en el mundo tiene el cobre que tiene Chile, cerca de 209 millones de ton cobre fino como reservas, que representa el 29% del total del mundo. Es impensado perder a Chile como distrito minero de excelencia que atrae inversiones, genera empleo, aporta divisas al fisco, derivadas de los constantes cambios en la Ley de Royalty.
La Ley llamada Royalty II hizo cambios en las reglas deL juego, sin consultar a todos los actores relevantes, por ejemplo, nunca se consultó al IIMCH o al Colegio de Ingenieros, solo a economistas embebidos en aureolas de conocimientos que nunca han pisado una mina, por eso sale incompleta o con fallas. De volver a estudiar esta ley, debería hacerse sobre la base de la renta de Hotelling o renta intertemporal, en conjunto con el constructo Depletion, para fomentar la exploración minera a partir de beneficios tributarios, como lo hace Canadá, y así dejaría a todos felices.
Hacer minería en Chile no es lo mismo que hacerlo en otro lugar: hay riquezas, hay buena institucionalidad, un país serio a pesar de las excesivas reformas exprés que ponen nervioso a todo el mundo. Siempre se puede perfeccionar la ley, pero sobre la base de un criterio.
Hasta el 2005 el Estado chileno no cobró Royalty, algunos críticos hacen cálculos de que entre el periodo 1985 al 2004, con una recaudación anual promedio de US$ 461 millones, se hubiese recaudado cerca de US$ 4.000 millones. El peso del royalty en los aportes de la minería es relevante y llega al 8,1% de la recaudación total que hacen al fisco. Según los datos del Consejo Minero, entre 2006 y 2014 la industria minera ha aportado al fisco cerca de US$ 81.899 millones. De ese monto, solo por concepto de royalty, el país ha recaudado US$ 6.600 millones.
Debemos recordar que el objetivo principal de esta ley fue crear un fondo para la innovación y desarrollo tecnológico para Chile. Este objetivo no se ha cumplido para nada, las platas son de destino desconocido y eso tiene a las mineras muy molestas, además la decisión de cerrar el CIMM no solo fue mala, sino también irracional, quizás por ignorancia o por intereses mezquinos, y dejó al país sin su principal centro de I&D.
La ley en sí es buena en su concepción, lo dice la economía minera moderna, pues a un recurso valioso no renovable debe aplicarse un Royalty justo y equitativo. Los fondos del Royalty deben ser asignados a la I&D en minería, y a la exploración geológica, que es vital para seguir manteniendo la posición dominante en el mundo, y aquí estamos muy mal, pues se invierte poco en exploración. En esto Perú y México están ya superando a Chile. En caso de perfeccionar la ley, sugiero hacer un estudio técnico con expertos en economía minera y todos los actores relevantes de la Industria Minera sobre la base de:
• Equilibrio sobre crecimiento económico y recaudación fiscal.
• Solucionar el tema de la depreciación acelerada que impacta a la renta minera.
• Precio de transferencia de empresas relacionadas, existe una cierta práctica tendiente a subvalorar los concentrados de cobre que se venden a empresas relacionadas. Bajo este esquema las empresas podrían reducir sus ingresos por ventas y, por ende, reducir sus utilidades tributarias.
• El pago de interés con la casa matriz: un gran endeudamiento significa importantes gastos de intereses, lo que conlleva una disminución de la base de ingresos tributables.
• Pérdidas en Mercados de Futuro: para rebajar las utilidades tributables algunas empresas mineras extranjeras venden, en los mercados de futuro del cobre, una cierta cantidad de opciones de cobre a un precio determinado, comprando posteriormente esas mismas opciones a precios superiores.
• Fomentar las exploraciones mineras sobre la base de beneficios tributarios.
El tema es muy sensible y demasiado importante para el país, porque Chile aún es dependiente de su cobre, la coyuntura política no está para iniciar un estudio para modificar la ley de Royalty, y sobre todo una ley en la que no se les consulta a los ingenieros de minas y geólogos, pues mientras el país no industrialice su minería seguirá dependiendo de la inversión extranjera.
Como decía Benjamín Franklin: “En este mundo no se puede estar seguro de nada, salvo de la muerte y de los impuestos”.
*Ingeniero Civil Minas; Doctor en Economía Minera; CEO Metaproject; Director Escuela de Minas; Universidad de Las Américas