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ANÁLISIS
Experta: Paritarias petroleras
18/07/2016

Petroleros y sus paritarias

RIO NEGRO

Gabriela L. Almendra*

 

Llegó julio y para los petroleros viene con aumento, se liquidará el sueldo del mes con el incremento acordado en paritarias. Se acordó un incremento del 30% para el período 01 de julio de 2016 a 31 de marzo del 2017, el cual se aplicará en tres etapas: 18% a partir del 01 de julio del 2016, un 5% a partir del 01 de noviembre del mismo año y un 7% a partir de enero del 2017. Los incrementos se calcularán sobre los valores vigentes al mes de enero del 2016, es decir, no serán acumulativos. A los efectos de cálculo de los adicionales, se tendrán en cuenta los conceptos remunerativos y no remunerativos, convencionales y no convencionales, normales y habituales, excluidos los conceptos cuya naturaleza esté sujeta a facturación, y aquellos como “Adicional / Ayuda Vivienda”, “Asignación / Ayuda vehículo” y “Compensador del CCT”. Todas las actas ratifican el carácter no remunerativo y la continuidad de la exención del impuesto a las ganancias conforme la Ley 26.176 y sus normas reglamentarias y complementarias respecto de los conceptos “Viandas” y “Ayuda Alimentaria”.

Además los gremios lograron el pago de una suma extraordinaria, no remunerativa y por única vez, la misma goza de los beneficios frente al impuesto a las ganancias estipuladas en la Ley 26.176 y es distinta según el sindicato por el cual se encuentre representado el trabajador:

a) $15.000 para el personal encuadrado en: Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustible, Sindicato del Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa, Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Neuquén, Río Negro y La Pampa, Sindicato del Petróleo y Gas Privado de Salta, Jujuy y Formosa. El importe debía pagarse en una cuota hasta el décimo día hábil del mes de julio.

b) $20.000 para el personal encuadrado en: Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de La Patagonia Austral, Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Chubut, Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Santa Cruz, y Sindicato de Petróleo, Gas Privado y Químico de Cuyo y La Rioja. El importe deberá pagarse en dos cuotas de $10.000, la primera debía hacerse efectiva hasta el décimo día hábil del mes de julio y la segunda junto con la liquidación del mes de Octubre de 2016.

*Contadora de Chinni, Seleme Bugner y Asociados

 


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